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Los inspectores y técnicos de Hacienda descartan que el mínimo del 15% a las multinacionales recaude 10.000 millones

Los funcionarios del ministerio recuerdan que el resultado contable pactado en la OCDE no es similar al beneficio

Pablo Sempere
La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero.
La ministra de Hacienda en funciones, María Jesús Montero.Juan Carlos Hidalgo (EFE)

El acuerdo firmado hace dos semanas por PSOE y Sumar para dar continuidad al Gobierno de coalición promete una reforma fiscal que “asegurará que se alcanza el 15% efectivo de tributación sobre el resultado contable de las grandes empresas en el impuesto de sociedades en los términos acordados a nivel global y en la UE”, según el documento. Con esta medida, aseguró en su momento la vicepresidenta segunda en funciones, Yolanda Díaz, Hacienda podrá recaudar 10.000 millones de euros adicionales de las grandes multinacionales, una elevada cantidad cuya consecución, sin embargo, descartan de lleno en el departamento que dirige en funciones María Jesús Montero.

Los inspectores y técnicos de Hacienda, los altos funcionarios que controlan y gestionan las obligaciones tributarias de las grandes empresas, niegan rotundamente que se pueda lograr un volumen tan alto de ingresos con la medida, por mucho que se busque incidir en los beneficios reales de las empresas.

Da la sensación, explica Francisco de la Torre, inspector y autor del libro Y esto, ¿quién lo paga? (Debate, 2023), que para llegar a esta cifra se ha aplicado un tipo del 15% al resultado contable de los grandes grupos y se ha restado la recaudación actual. Una fórmula como mínimo “poco ortodoxa”, añaden varios de los asistentes al último Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado, celebrado hace unos días en Burgos.

Los funcionarios del departamento que dirige Montero exponen sus argumentos. De entrada, señala José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), el mínimo del 15% que se quiere implementar está vinculado a los acuerdos logrados en el seno de la OCDE, un pacto que no supone gravar directamente el beneficio de las multinacionales (en vez de la base imponible actual), sino que crea un concepto nuevo ajustado, que es la base imponible jurisdiccional.

Este término hace referencia a la parte del resultado contable (los beneficios) que la multinacional en cuestión atribuye a cada territorio en función de unas normas internacionales. Entre otros aspectos, permite a los grupos ajustar sus dividendos, bases imponibles negativas e intereses y rebajar sustancialmente la base finalmente gravada. Es decir, resume Mollinedo, esta base imponible jurisdiccional –sobre la que se aplicará al menos un 15%– será presumiblemente inferior al resultado contable efectivo, lo que minorizará los ingresos.

Pero no es el único factor a tener en cuenta. Los expertos consultados recuerdan que, una vez definida la parte gravable, el acuerdo global permite que las jurisdicciones que son sede de la multinacional graven el diferencial que las empresas no paguen en el caso de operar en un país que aplique un tipo inferior al 15%. Es decir, si un grupo español tributa a un 10% en otro territorio, Hacienda podrá reclamar esos cinco puntos adicionales hasta llegar a la base mínima

¿Qué significa esto? “Que por ahora no hay forma posible de saber cuánto dinero nos va a dar el mínimo del 15%, ya que dependemos absolutamente de lo que hagan el resto de territorios, igual que ellos dependen de nosotros”, apunta De la Torre.

Es de suponer, prosigue Mollinedo, que las más de 130 jurisdicciones que se han suscrito al acuerdo decidan aplicar directamente el 15% mínimo para no dejar escapar una recaudación que, si no, se iría a otros países. Sin embargo, se desconoce todavía qué harán los gobiernos de todo el mundo y el impacto que sus decisiones tendrá en España.

El propio secretario de Estado de Hacienda en funciones, Jesús Gascón, reconoció la semana pasada en un acto organizado por la Asociación de Periodistas de Información Económica (APIE) que “hacer números” es “prácticamente imposible”. También recordó que se ha diseñado un resultado contable ajustado basado en “un mínimo común denominador entre países”, que la tasa universal funcionará paralela al impuesto sobre sociedades e insistió en que el ministerio impondrá ese mínimo del 15% para que las multinacionales españolas tributen íntegramente en el territorio.

Solución global

En este punto, y teniendo en cuenta que algunos flecos del pacto global todavía tienen que confirmarse, cabe preguntarse qué pasaría si España decidiese imponer por su cuenta un tipo del 15% sobre el resultado contable de las multinacionales. Según desarrolla De la Torre, esta eventual medida fiscal tampoco reportaría ingresos por 10.000 millones. “El resultado contable se diferencia de la base imponible básicamente en los dividendos externos”. Es decir, continúa, “tú recaudas si las multinacionales repatrian los beneficios”. Por eso, si España fuese uno de los pocos países que tuviesen un 15% sobre los beneficios, estas multinacionales mantendrían en el extranjero estos remanentes.

El inspector de Hacienda recuerda el momento en el que Tim Cook tomó los mandos de Apple tras la muerte de Steve Jobs e inició su programa de dividendos y retribución a accionistas. El problema es que la mayor parte del beneficio de la multinacional tecnológica se encontraba en Bermudas, por lo que la repatriación tendría que tributar por Sociedades. “¿Cuánto se llevo la Hacienda estadounidense de Apple? Nada, porque Cook pidió un crédito para pagar los dividendos”. Por eso, añade, “es muy aventurado hablar de cifras de recaudación tan elevadas cuando es perfectamente posible una no repatriación de los dividendos”.

Directiva pendiente

El Pilar II de la OCDE, es decir, el acuerdo que impone un mínimo del 15% a las grandes multinacionales, “es una realidad y hay una Directiva europea pendiente de trasponer”, apuntó Gascón. Por ahora, la Dirección General de Tributos de Hacienda está trabajando en esta cuestión y se espera que el próximo Gobierno termine de plasmarla en la legislación nacional.

Cuestión distinta es la otra parte del acuerdo global, recogido en el conocido como Pilar I y que va mucho más retrasado. La reforma, pactada también entre más de 130 países, busca redistribuir las bases imponibles de las grandes multinacionales en aquellas jurisdicciones en las que generan negocio.

Tradicionalmente, los grupos han pagado impuestos en los países donde tienen presencia física a través de sedes o fábricas. Sin embargo, con la digitalización de la economía, muchas obtienen beneficios en jurisdicciones donde no tienen presencia física significativa. El Pilar I de la OCDE propone precisamente modificar las reglas para asignar parte de los beneficios a los países donde las compañías operan, incluso si no tienen una presencia efectiva allí.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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