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Tribuna
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Políticas salariales contradictorias

La reforma laboral de 2012 tiene como principal objetivo el ajuste salarial como camino de salida de la crisis económica y ganancia de competitividad de las empresas, con resultados bien visibles en su aplicación. A través de la intensa transformación de la negociación colectiva para adaptar el precio del trabajo a las circunstancias coyunturales y la posible modificación unilateral de las mejoras contractuales de la cuantía salarial en razón de la competitividad empresarial, la aplicación de la reforma está protagonizando una devaluación interna probablemente inevitable en nuestro mercado laboral. El éxito técnico de estos cambios en el logro de dicho objetivo está reflejado en todos los indicadores de costes laborales.

Este profundo ajuste del salario tuvo como contrapeso el mantenimiento de los tradicionales incentivos fiscales y de cotización a la seguridad social de un conjunto de remuneraciones en especie y de percepciones extrasalariales, dentro de lo que se puede denominar, en sentido amplio, precio del trabajo de un sector o empresa. La congelación o reducción de dinero en metálico podía verse contrarrestada, en la negociación colectiva o en el acuerdo individual, por diversas formas de retribución flexible que, reduciendo gastos del trabajador, redujeran el impacto del ajuste en su poder adquisitivo real con el correspondiente ahorro fiscal de la empresa.

La exclusión, íntegra o limitada, de las bases de cotización de los vales de comida, los seguros, los planes de pensiones, los gastos de estudio, guarderías, plus de transporte, la entrega de productos de la empresa y otras mejoras sociales ofrecían un menú incentivado de fórmulas retributivas flexibles, colectivas o individuales, capaces de compensar la planeada devaluación. El trabajador que veía reducido su salario podía tener este ahorro de gastos, en beneficio de su patrimonio, mientras que la empresa que pagaba menos dinero en metálico podía retribuir el precio del trabajo con una menor cotización social, más allá de la naturaleza jurídica salarial o extrasalarial de estas percepciones.

La ecuación ajuste salarial y retribución flexible tiene la capacidad de lograr equilibrios sostenibles en el poder adquisitivo de los trabajadores y es una herramienta esencial en la negociación colectiva e individual. Pues bien, como es conocido, el Decreto-Ley 16/2013 introduce en las bases de cotización prácticamente todas estas retribuciones (artículo 109.2 LGSS), desincentivando el contrapeso de estas fórmulas flexibles en pleno proceso de ajuste salarial.

El resultado puede ser precisamente el contrario al buscado por la inicial política salarial porque, al no ser tan rentable para la empresa la alternativa de estas partidas, la negociación puede girar ahora hacia las compensaciones con dinero en metálico de su supresión, con incrementos directos salariales, dependiendo de la capacidad de presión sindical o individual en los sectores y empresas.

Cuando estas partidas se mantengan, seguramente se trasladará el nuevo coste social al trabajador y, en el peor de los casos, serán suprimidas sin compensación económica, de tal modo que este desincentivo puede ahondar en la pérdida de poder adquisitivo de numerosos trabajadores, agravando los efectos más negativos de la devaluación salarial, cuando el debate técnico estaba ya situado en intensificar los límites de esta política para no ahogar el consumo, del que tanto depende nuestra economía doméstica.

Esta incoherencia política tiene una finalidad claramente recaudatoria pues suben las bases de cotización, sin afectar, por cierto, a las rentas más altas que las tienen topadas. Pero este cálculo menoscaba los efectos colaterales de esta medida en sectores tan importantes como la hostelería, la educación, las guarderías, los seguros o las entidades que gestionan planes de pensiones, que indirectamente eran beneficiarios de estos incentivos, lo que puede frenar la recuperación del empleo, esencial para aumentar la recaudación de la seguridad social.

Es loable la implicación de este Gobierno en la reducción del déficit público, incluyendo por supuesto el de seguridad social, pero este objetivo no debería alterar con tanta intensidad otras políticas ni impedir acciones más directas dirigidas al crecimiento económico y a la creación de empleo. Sería conveniente recuperar la coherencia de la política salarial con este objetivo prioritario.

 Jesús Lahera es Profesor Titular de Derecho del Trabajo de la UCM y consultor de Abdón Pedrajas & Molero

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