El Supremo resuelve decenas de casos sobre VTC y ordena a las CCAA a revisar miles de solicitudes
El alto tribunal recuerda que el TJUE obliga a las administraciones a justificar correctamente la ratio 1/30
La justicia ha marcado dos fechas clave para resolver el conflicto entre los taxis y los arrendamientos de vehículos con conductor (VTC) por las licencias de estos últimos. El primer día señalado fue el 8 de junio de 2023, cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) rechazó la limitación de un VTC por cada 30 taxis, salvo que la administración pública argumente la imperiosa necesidad de poner dicha restricción. El siguiente hito fue el pasado 15 de enero, cuando el Tribunal Supremo siguió la doctrina europea y advirtió a las comunidades autónomas de que la denegación de miles de licencias por la simple aplicación de la ratio 1/30 no era correcta. Desde entonces, el alto tribunal español ha instado a los gobiernos regionales a revisar miles de peticiones de vehículos que prestan servicios de transporte urbano bajo firmas como Cabify, Uber o Bolt y justificar si pueden o no salir a la calle.
Según ha podido constatar este diario, desde mediados de enero hasta finales de abril, el Supremo ha resuelto más de 30 recursos relacionados con la prohibición de las comunidades autónomas de nuevos VTC en base a la ratio 1/30 que el alto tribunal español avaló en 2018, si se acreditan criterios de proporcionalidad, y que abrió la puerta a que el Gobierno aprobara el conocido y polémico decreto Ábalos (bautizado así por el entonces ministro de Transportes, José Luis Ábalos), que otorgó a los ejecutivos regionales y ayuntamientos la regulación de este tipo de transporte.
Fue en ese contexto en el que surgieron numerosos pleitos ante las discrepancias de particulares, pequeñas y grandes empresas de VTC (como Maxi Mobility Spain, la principal sociedad con la que opera Cabify en España), o asociaciones del sector (como la mayoritaria Unauto), con las decisiones administrativas. De momento, el Supremo ha resuelto una primera oleada de recursos, sobre todo procedentes de Madrid y Cataluña, donde hay más licencias en juego, pero también algunas de Andalucía y Comunidad Valenciana.
No obstante, la cuestión no termina aquí, pues el Supremo aún espera otra avalancha de recursos contra las sentencias de tribunales superiores de justicia —órganos competentes de resolver en primer instancia las resoluciones de los gobiernos regionales—, que ya conocen el criterio del alto tribunal.
Apropiado para el tráfico y el medio ambiente
En sus sentencias, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo recuerdan que, pese a que en su día había dado el visto bueno a la ratio 1/30, fueron ellos mismos los que elevaron una cuestión prejudicial al TJUE para aclarar la validez o no de la restricción. La máxima instancia judicial europea dejó claro que la limitación de permisos de VTC tiene que acreditar que es una medida apropiada o idónea para poder gestionar adecuadamente el transporte, el tráfico, el espacio público, incluso las medidas para la protección del medio ambiente. En caso contrario, se puede entender que la denegación de autorizaciones vulnera las normas europeas al ser contraria a la libertad de establecimiento.
Aunque esta doctrina no se conocía en 2018, momento en el que las comunidades autónomas rechazaron las miles de licencias que a día de hoy se siguen reclamando, el Supremo asegura que las denegaciones son nulas porque se hicieron sin seguir requisitos formales y materiales. Únicamente, subraya el tribunal, se acogieron a la “disposición legal que limita las autorizaciones”.
Uno de los últimos casos resueltos por el Supremo es la solicitud de 10 VTC en Jaén cuando en dicho año no existía ninguna autorización frente a unos 100 taxis. El Supremo ha rechazado el recurso de la Junta de Andalucía al considerar que no se justificó la necesidad de aplicar una medida contemplada a nivel autonómico a “un ámbito territorial mucho más restringido”. Eso sí, el alto tribunal no entra a valorar el número de permisos y respeta la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que previamente reconoció cuatro licencias.
Solo en el área metropolitana de Barcelona se concentran más de 10.500 licencias de taxi y cerca de 2.000 autorizaciones de VTC, al tiempo que se encuentran en el aire otros 3.000 nuevos permisos de este tipo de vehículos, según indicó la Generalitat de Cataluña en varios escritos en los que solicitó la desestimación de los recursos, alegando que las restricciones ayudan a evitar un “impacto negativo sobre la gestión del tráfico” o en la protección del medio ambiente y la calidad del aire.
Normativa vigente en 2018
Así las cosas, las sentencias del Supremo no suponen una autorización automática de todas las licencias que estaban a la espera de que los tribunales se pronunciaran, sino que obliga a las comunidades autónomas a revisar dichas peticiones y les marca el camino a seguir. Por un lado, los magistrados insisten en la doctrina del TJUE y en justificar debidamente las limitaciones, lo cual, de acuerdo a fuentes jurídicas consultadas, abrirá nuevos frentes judiciales.
Por otro lado, apuntan que la modificación legal del sector aprobada en junio de 2023, para adaptar con urgencia las normas a la sentencia del TJUE, solo afecta a las autorizaciones de VTC posteriores a su entrada en vigor. Por ello, en relación a las miles de licencias pendientes desde hace años, el Supremo insta a las administraciones autonómicas a aplicar las normas vigentes en el momento que se realizaron las peticiones en cuestión, pero sin la aplicación automática de la limitación del 1/30.
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