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El abogado general de la UE rechaza la limitación de licencias de VTC

Considera que la ratio 1/30 viola la libertad de establecimiento y que la viabilidad económica de los taxi no justifica su imposición.

Un VTC de Cabify.
Un VTC de Cabify.
CINCO DÍAS

La limitación de una licencia de explotación de vehículos de transporte con conductor (VTC) por cada 30 taxis viola la libertad de establecimiento. Esa es la conclusión a la que ha llegado el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Maciej Szpunar, que considera que la viabilidad económica de los servicios del taxi no permite justificar la regla 1/30 impuesta por la Autoridad Metropolitana de Barcelona.

La institución presidida por la alcaldesa Ada Colau no solo obliga a cumplir con la proporción de uno por cada 30; sino que también fuerza a que cada vehículo de alquiler con conductor cuente con una licencia extra concedida por el ayuntamiento de la Ciudad Condal, además de la otorgada por la comunidad autónoma. A todo ello se le sumó el cumplimiento de unos requisitos estrictos en materia fiscal, laboral y medio ambiente, así como la adaptación de los coches a personas con movilidad reducida.

En un informe (no vinculante) que se ha hecho público este jueves, el abogado general destaca que, aunque la Unión Europea todavía no ha llevado a cabo una armonización sobre el transporte local de pasajeros bajo demanda y, por tanto, cada Estado miembro tiene la libertad de regular este ámbito, se debe respetar la libertad de establecimiento. En España, en abril de 2018, el Gobierno aprobó un real-decreto ley, conocido como 'decreto Ábalos', recogiendo el nombre del entonces ministro de Fomento, que abría la puerta a las comunidades autónomas a denegar la concesión de nuevas licencias cuando la proporción fuera superior a un VTC por cada 30 taxis.

En principio, el abogado general no ve problema alguno en que la administración exija una autorización adicional para poder satisfacer a las especificidades de la región, como puede ser el tráfico o la contaminación. No obstante, avisa que este permiso no puede suponer un doble control. Así, entrando a valorar las razones por las que el Área Metropolitana de Barcelona justifica la proporcionalidad establecida, Szpunar destaca que no ve una "razón imperiosa de interés general" que le dé validez.

"Interés económico general"

Además de recordar que en los últimos 35 años las licencias de taxi se han mantenido estable, el abogado general cuestiona que el servicio del taxi pueda considerarse como "un servicio de interés económico general" y califica de "dudoso" que los operadores de dicho servicio "cumplan una obligación de servicio público".

En su opinión, el transporte privado local puede ayudar a subsanar una falta de servicio no cubierta por el transporte público local, a lo que añade que ampliar la oferta de servicios local contribuiría a contar con un sistema que funcionara mejor. Así, señala que el Área Metropolitana de Barcelona está en todo su derecho de tratar de garantizar la calidad, seguridad y accesibilidad de los servicios del taxi, siempre y cuando no se persiga con ello objetivos económicos, pero lo que no puede hacer es proteger a este colectivo bajo el argumento de que constituye un servicio de interés económico general.

Así, concluye que si la verdadera intención es establecer un sistema adecuado de transporte local privado, la ampliación de oferta a través de la admisión de más VTC sería de "mayor utilidad para solventar el problema".

Este dictamen del abogado general no es vinculante para la decisión del TJUE, aunque sí se suele seguir en la mayoría de los casos. La vista ante la Gran Sala de la corte con sede en Luxemburgo se celebró el pasado 5 de octubre, en la que no compareció la representación del Área Metropolitana de Barcelona. La sentencia se conocerá en los próximos meses y marcará jurisprudencia, lo que supondrá un antes y un depsués para el sector.

Desde plataformas como Uber y Cabify prefieren no hacer valoraciones a la espera de la resolución del tribunal con sede en Luxemburgo. Por su parte, José Manuel Berzal, el presidente de Unauto, la patronal de VTC, también pide "prudencia y moderación" hasta conocer el criterio final, pero aprovecha para destacar que la opinión del abogado general es un “paso más” para “hacer justicia hacia un sector” que no "quiere imponer nada, ni desbancar a la competencia". "Defendemos la libertad de los consumidores y usuarios a elegir el modelo que quieran utilizar", ha añadido en una conversación con este diario.

Regímenes jurídicos distintos

Por otro lado, el abogado general Szpunar se pregunta por qué los servicios del taxi y los servicios de los VTC siguen teniendo regímenes jurídicos distintos si satisfacen la misma demanda y compiten entre sí. En este punto, subraya que, mientras se han puesto trabas para poder acceder que los vehículos de alquiler con conductor puedan acceder al mercado, no se están abordando los problemas en el sector del taxi.

Según recuerda, en varios Estados miembros, la licencia de taxi se obtenía inicialmente por 100 euros y actualmente se está vendiendo en un mercado secundario por más de 100.000 euros. Así las cosas, propone una reforma de todo este sistema, pero buscando fórmulas para evitar que aquellos profesionales que pagaron caro una licencia, y pretenden recuperar el coste mediante elevadas tarifas fijas, se puedan ver perjudiciados.

Desde 2018

El asunto se puso en manos de la justicia en julio de 2018 cuando la empresa Prestige and Limousine, empresa que trabaja la plataforma Cabify en Barcelona, interpuso un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para pedir que se anulara el conocido como 'Reglamento VTC'. En dicho recurso, la compañía argumentó que la limitación de número de licencias de explotación de vehículos de transporte con conductor en función del número de licencias de taxi a una trigésima parte es contraria a la libre competencia.

Ante las dudas surgidas a la hora de revisar el asunto, el TSJC elevó una cuestión prejudicial al TJUE para preguntar el encaje de la regla 1/30 impuesta por la Autoridad Metropolitana de Barcelona con la normativa europea sobre competencia, así como sobre la exigencia de una doble autorización para prestar servicios de VTC.

El Tribunal Supremo avaló en 2018 la ratio de una licencia VTC por cada 30 licencias de taxis en los casos en los que este límite sea necesario y proporcional para "garantizar el equilibrio" entre estas dos modalidades de transporte y para asegurar el mantenimiento del servicio del taxi como un servicio de interés general, algo que ahora choca con lo manifestado por el abogado general del TJUE. No obstante, el pasado mayo, tras comenzar a estudiar un recurso de la empresa Maxi Mobility contra la Comunidad de Madrid, el Alto Tribunal también elevó una pregunta al máximo intérprete de las normas europeas sin dicha proporcionalidad es compatible con la libertad de establecimiento y con la prohibición de ayudas de Estado.

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