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El Supremo anula la denegación de miles de licencias VTC en Madrid y ordena atender de nuevo la solicitud

La sentencia da la razón en parte a Maxi Mobility Spain (Cabify) y recuerda la jurisprudencia del TJUE sobre el ratio 1/30

Nuria Morcillo
Vehículo de Cabify en Madrid.
Vehículo de Cabify en Madrid.

El Tribunal Supremo ha revocado la decisión que la Comunidad de Madrid adoptó en 2018 de denegar miles de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), en base a la limitación de la concesión de una licencia por cada 30 de taxi. De este modo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado parcialmente un recurso que presentó Maxi Mobility Spain, la sociedad cabecera de Cabify en España, contra este acto denegatorio y ordena a revisar de nuevo esta solicitud.

En dos sentencias, con fecha del 15 de enero, a las que ha tenido acceso CincoDías, el Alto Tribunal recuerda la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en junio de 2023 dictaminó que la ratio 1/30 vulnera las normas europeas al ser contraria a la libertad de establecimiento, salvo que la administración demuestre que la medida es apropiada o idónea para gestionar adecuadamente el transporte, el tráfico, el espacio público, incluso las medidas para la protección del medio ambiente.

En este sentido, el Supremo considera que la denegación de Maxi Mobility “se sustentó exclusivamente en la norma que limita las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor a una de estas por cada 30 autorizaciones de transporte público de viajeros en vehículos de turismo”, la cual solo esta permitida si concurren “imperiosas razones de interés general que la justifiquen”.

Así las cosas, los magistrados concluyen que la Comunidad de Madrid no examinó los requisitos formales y materiales y, por tanto, los actos administrativos impugnados deben declararse nulos, “al acogerse sin más a la disposición legal que limita las autorizaciones, no adolece de un mero defecto formal de motivación”, sino que supone una infracción jurídica de la legislación europea, que determina su invalidez.

La resolución aclara que la estimación parcial del recurso no supone que se conceda directamente las licencias que pidió la compañía, sino que ordena la retroacción del procedimiento para que la Comunidad de Madrid resuelva dichas solicitudes (de 1.000 autorizaciones cada una), de conformidad con la normativa aplicable en el momento de las mismas (abril de 2018), sin aplicar la limitación del 1/30, prevista en el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.

En esta línea, el Supremo precisa que la modificación del sector aprobada el pasado 28 de junio, para adaptar las normas a la sentencia del TJUE, afecta a las solicitudes de autorización de VTC posteriores a su entrada en vigor y a los procedimientos pendientes de resolución, entre los que no se halla el presente. Por tanto, el Alto Tribunal señala que no es posible sujetar las autorizaciones solicitadas en este caso por Maxi Mobility a los requisitos impuestos en la nueva norma.

Según han informado fuentes jurídicas, el Alto Tribunal tiene pendiente de resolver otra decena de recursos de la sociedad con la que opera Cabify sobre este mismo asunto, cuya resolución se prevé que se notifiquen en los próximos días y en el mismo sentido.

Reacciones

Fuentes del sector precisan que si la administración dirigida por Isabel Díaz Ayuso finalmente otorga estas 1.000 licencias, les aplicaría el denominado decreto Ábalos, la norma exprés impulsada por el ministro socialista de Fomento, José Luis Ábalos, a finales de 2018 que habilitaba a comunidades autónomas y ayuntamientos para regular la actividad, que establecía una moratoria de cuatro años para que adoptaran la legislación estatal a sus propias normativas. Es decir, las VTC que se concederían, tras el mandato del Supremo, estarían habilitadas ejercer estos servicios durante, al menos, durante los próximos cuatro años.

Por su parte, Cabify señala que “los ciudadanos en particular y la sociedad en general son los principales beneficiarios de esta sentencia, puesto que la revisión de la solicitud de licencias presentada por la sociedad Maxi Mobility, ateniéndose a criterios objetivos y acordes a la legalidad, puede impulsar la oferta de alternativas de movilidad sostenibles y accesibles a su disposición y ayudar a cubrir la demanda desatendida en las ciudades”.

Añade que la Comunidad de Madrid es una de las regiones que “mayores garantías jurídicas” ha establecido en relación a las VTC en los últimos años, a diferencia de “otros territorios, que todavía mantienen en vigor normas contrarias al derecho europeo y al interés general”.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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