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Comercio

Las empresas pueden apelar a la directiva de morosidad aunque no esté transpuesta

Arantxa Corella|

El pasado 8 de agosto España agotó el plazo para adaptar la directiva de morosidad en los pagos comerciales. La norma comunitaria contempla que superado el periodo de pago la empresa acreedora podrá exigir un interés de demora de siete puntos por encima del tipo oficial del dinero fijado por el BCE -en este momento sería el 9,75%-. Pese a que aún no hay una ley que adapte la directiva, los expertos creen que una vez agotado el plazo de transposición, las empresas pueden acudir a los tribunales para exigir el amparo de la directiva en las deudas de la Administración.

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