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La punta del iceberg
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Complementar prestación y subsidio con salario: la normalización española

Es aconsejable combinar una prestación junto con unos incentivos rápidos para salir del desempleo

Complementar prestación y subsidio con salario
Un repartidor pasa por la oficina del paro de Paseo de las Acacias, en Madrid (España).Carlos Luján (Europa Press)

La salvaguarda contra el desempleo constituye un elemento crucial para proteger a los trabajadores y sus familias frente a fluctuaciones imprevistas en sus ingresos y para mantener la estabilidad de la demanda agregada durante períodos de contracción económica. Para entenderlo mejor debemos pensar que su función se asemeja a la de un seguro privado que cubre contingencias como accidentes de tráfico o enfermedades, en este caso la eventualidad de perder un empleo. Así pues, el propósito último de las prestaciones por desempleo o de los subsidios es principalmente prevenir, mediante la utilización de recursos provenientes de un fondo común de contingencia, alteraciones abruptas en nuestros estilos de vida, patrones de consumo, bienestar general y, por extensión, en la evolución de variables macroeconómicas como el consumo familiar o el producto interno bruto (PIB)

No obstante, este mecanismo de sostenimiento de seguridad financiera conlleva algunos costes en términos de eficiencia del mercado, particularmente en el ámbito laboral. Las cuantías de las prestaciones deben calibrarse de manera que sean capaces de mantener un equilibrio entre no limar en exceso los incentivos del desempleado para reincorporarse al mundo laboral, pero logrando unos mínimos garantizados en sus niveles de vida.

No hace mucho, previo a la presentación del Real Decreto Ley que no logró la convalidación en las Cortes, abordé precisamente las razones por las cuales una prestación por desempleo, incluyendo los subsidios, deberían poder combinarse con ingresos laborales durante un período determinado, siempre que los últimos no alcanzaran niveles lo suficientemente elevados. Aunque pueda parecer contradictorio para muchos, la disyuntiva a la que se podría enfrentar un desempleado en un momento determinado al elegir entre prestación-subsidio y empleo, en numerosas ocasiones terminaba por disminuir los incentivos para retornar al trabajo, en especial cuando la brecha entre salarios y prestaciones no era lo suficientemente amplia.

Para evitar esta posibilidad, o reducir la probabilidad de que esto sucediera, una alternativa lógica, y empleada en varias ocasiones en las últimas y diferentes reformas, sería reducir las prestaciones. Otra opción, adoptada por gran parte de los sistemas europeos, sería permitir la compatibilidad temporal entre prestación o subsidio y salarios. Y esto es precisamente lo que se amplía con la aprobación definitiva del nuevo Real Decreto.

Y es que lo que hay que combinar es una prestación junto con unos incentivos rápidos para salir del desempleo. La principal razón para evitar períodos prolongados de desempleo radica en los efectos particularmente nocivos que estos conllevan. La permanencia extendida en situación de desocupación repercute negativamente en la empleabilidad de los individuos. Con el transcurso del tiempo, las competencias de los desempleados tienden a erosionarse, y los empleadores suelen interpretar estos lapsos de inactividad como un indicador desfavorable sobre la calidad y aptitud de los candidatos. Este fenómeno perpetúa la condición de desempleo, generando un círculo vicioso difícil de quebrar. Por consiguiente, cualquier medida orientada a garantizar el sustento económico de estos desempleados debe, simultáneamente, asegurar incentivos robustos para la reincorporación laboral.

Y esto es lo que se busca con este tipo de reformas, que a su vez se construye sobre la base de la evidencia y experiencia de otros países que ya implementaron —de hecho, somos una excepción en Europa—, estas opciones. Así, la evidencia demuestra que la posibilidad de percibir ingresos mientras se recibe una prestación constituye una estrategia eficaz para promover el retorno al trabajo. En este contexto, el recientemente propuesto Complemento de Ayuda al Empleo (CAE) podría desempeñar un papel fundamental. Este complemento estaría concebido para estimular una rápida salida del desempleo hacia empleos de jornada completa, proporcionando un apoyo económico adicional que, para incrementar dichos incentivos, se reduciría gradualmente con el tiempo. De este modo, se recompensaría la pronta reintegración al mercado laboral y se respaldaría a los trabajadores en su transición hacia un empleo estable.

Hasta el momento, la normativa vigente permitía la compatibilización del subsidio y el salario bajo condiciones muy restrictivas, lo cual mermaba los incentivos. En el caso de la prestación por desempleo, esta no era compatible con empleos a tiempo completo. Respecto al subsidio, solo era compatible a tiempo completo si el trabajador superaba los 52 años, con contrato indefinido o temporal superior a tres meses. En cuanto a los contratos a tiempo parcial, la compatibilidad era generalmente posible, pero sujeta a la jornada laboral y a un nivel salarial sumamente limitante (el salario a percibir no podía exceder el 75% del Salario Mínimo Interprofesional).

Con la nueva reforma se introducen cambios significativos en este panorama. En primer lugar, se abre la posibilidad de que las personas que perciben un subsidio por desempleo o tienen derecho a una prestación por desempleo de más de 12 meses puedan compatibilizarla, a partir del decimotercero mes, con un empleo a tiempo completo o parcial. Desde el inicio de esta compatibilización y por el tiempo restante de derecho a prestación o subsidio, hasta un máximo de 180 días, los beneficiarios recibirán el CAE, que disminuirá gradualmente. Este complemento será más generoso cuanto antes se acceda al empleo y mayor sea la jornada laboral. Además, se han diseñado mecanismos para evitar desincentivos en aquellos casos donde el derecho de prestación por desempleo se extienda más allá de los 12 meses.

La reforma propone que la compatibilidad entre prestaciones y trabajo sea automática al inicio del contrato, eliminando la necesidad de que el desempleado la solicite, lo que agilizará considerablemente el proceso. Se plantea suprimir el requisito de que el contrato sea indefinido o temporal de más de tres meses, permitiendo la compatibilidad con cualquier tipo de contrato laboral. Además, se sugiere que la prestación por desempleo no se vea reducida por los ingresos derivados del empleo, fomentando así el retorno al mercado laboral. Sin embargo, el CAE solo se podrá percibir si el empleo al que se accede tiene una retribución bruta mensual que no supere el 375% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Y además de todo lo anterior, la reforma del subsidio de desempleo, que incorpora el CAE, no solo parece que pueda mejorar la empleabilidad de los desocupados, sino que también apunta a reducir los costes fiscales a largo plazo. Esto se lograría disminuyendo la dependencia de las prestaciones y fomentando una mayor participación en el mercado laboral. Este enfoque holístico no se limitaría, por lo tanto, a proteger a los trabajadores durante los períodos de desempleo, sino que además buscaría fortalecer el mercado de trabajo y trataría de contribuir a un crecimiento económico sostenido.

Finalmente, su aplicación será evaluada para conocer si realmente sus objetivos son alcanzados. Y para cerrar el círculo, incluso teniendo en cuenta las diferentes opciones contractuales. Por todo ello, sobre la mesa, muy buenas noticias.

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