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Tribunales

BBVA tendrá que aportar los correos del exdirectivo Béjar al 'caso Villarejo'

El juez ha estimado el recurso del exdirectivo del banco Antonio Béjar

Sede operativa de BBVA, edificio La Vela
Sede operativa de BBVA, edificio La VelaJUAN MEDINA (REUTERS)

La Audiencia Nacional ha estimado el recurso del exdirectivo del BBVA Antonio Béjar y ha dado el visto bueno a que la entidad tenga que aportar la correspondencia de sus correos corporativos

en la causa que investiga los servicios que el banco habría contratado al excomisario José Villarejo.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la sección tercera de la sala de lo Penal revoca la decisión del juez instructor, Manuel García Castellón, que el pasado diciembre rechazó conceder el acceso a los correos de Béjar en BBVA y su participada, Distrito Castellana Norte, de la que

fue presidente hasta su imputación en el caso.

El exdirectivo solicitó asimismo las agendas de sus secretarias en ambas etapas.

En su recurso de apelación, Béjar insistía en que no fue hasta febrero de 2020, coincidiendo con el levantamiento del secreto de sumario, cuando conoció "que su incriminación deriva de mensajes en su cuenta de correo electrónico corporativa, de la que solamente se ha aportado parte de la información que alberga".

Contra dicha petición se manifestó BBVA, que alegó que la prueba propuesta por el exdirectivo era "sumamente amplia" y "está almacenada en dispositivos de su propiedad".

La entidad, que también figura en el caso como investigada, reiteraba que incorporar tal información afectaría a sus derechos e intereses, "implicando secretos de empresas y derechos de terceros ajenos al procedimiento".

Tras esta oposición, Béjar modificó su pretensión inicial en dos escritos, el último de los cuales limitó la solicitud en lo referente a sus cuentas de correo corporativo en BBVA a las comunicaciones mantenidas con determinadas personas.

Ahora la sala recuerda que si el exdirectivo está siendo investigado ha sido "en virtud de un material probatorio traído al proceso" por el banco.

"Dicho material ha sido extraído por BBVA de sus propios archivos, con arreglo a criterios que -podemos razonablemente presumirlo- han estado guiados por su propio interés, aunque, en el momento de la aportación, no fuese investigada todavía", indican los magistrados.

Entienden así que no puede cuestionarse "la pertinencia, utilidad y necesidad" de la petición de Béjar, que "consiste en darle acceso al conjunto del que se realizaron las extracciones (...) puede poner en su contexto los indicios y tener como resultado, bien su confirmación, bien su desvanecimiento".

Por todo ello, atienden el recurso del exdirectivo y acuerdan el acceso a los correos corporativos de BBVA -con las acotaciones previstas-, excluyendo "cuanto sea irrelevante para la instrucción".

También a los de Distrito Castellana Norte, pues si bien la compañía no figura como parte de la causa "está suficientemente justificada la pertinencia por la prestación de servicios del señor Béjar y el interrogatorio (...) del también investigado señor Villarejo".

La "operación Trampa", novena pieza separada del caso Villarejo, gira en torno a los supuestos servicios de espionaje a políticos, empresarios y periodistas que el BBVA habría al excomisario desde 2004, cuando la constructora Sacyr inició un movimiento para tratar de tomar el control

de la entidad que finalmente no tuvo éxito.

A mediados de 2019, el juez acordó la imputación tanto de la entidad como de Francisco González en un procedimiento en el que figuraban como investigados otros exdirectivos del banco, como el exjefe de Seguridad Julio Corrochano; el ex consejero delegado Ángel Cano, y Béjar, como

exresponsable de riesgos.

A ellos y a otros cargos se les investiga por presuntos delitos de cohecho activo y descubrimiento y revelación de secretos.

En el auto del levantamiento del secreto, el juez consideró que los trabajos encargados supuestamente por BBVA a la empresa de Villarejo entre 2004 y 2017, supusieron una "reiterada injerencia" en los derechos de las personas "mediante el acceso a sus comunicaciones, seguimientos personales o el acceso a su documentación bancaria".

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