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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una consulta prudente a la justicia europea que merece una respuesta ágil

Los jueces paralizan miles de ejecuciones hipotecarias a la espera de una decisión del Tribunal de Luxemburgo

CINCO DÍAS

Las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas de particulares han disminuido en España de forma radical –en torno a un 55%– en tan solo un año. Los datos revelan que solo una de cada 10.000 viviendas habituales se vio afectada por un procedimiento de este tipo en el segundo trimestre de 2018. Son cifras excepcionales que no se explican por una resolución mágica y espontánea del importante problema que suponen los deshaucios (las ejecuciones son el primer paso antes de estos), sino por la decisión de muchos jueces de suspender las ejecuciones a la espera de que la jurisprudencia europea se pronuncie sobre una consulta elevada por el Tribunal Supremo en febrero de 2017 y todavía pendiente de respuesta.

El Supremo ha planteado a los jueces europeos el tratamiento juriprudencial que debe darse a las ejecuciones propiciadas por cláusulas declaradas nulas –por abusivas– en el contrato de hipoteca. La duda que debe responder el Tribunal de Luxemburgo es cuál debe ser el tratamiento juriprudencial dado a esos casos: si los jueces deben considerar la claúsula abusiva como no puesta en el contrato y con ello eliminar la posibilidad del deshaucio en todo caso (al no fijarse ningún umbral de impago) o si deben sustituir el texto nulo por otro aceptable. Esta última parece la solución más razonable para optimizar con mayores garantías para los particulares el funcionamiento del mercado hipotecario.

Son numerosas las sentencias en España que han eliminado la posibilidad de iniciar los deshaucios con una sola cuota impagada o con tres desde 2013, y que han exigido que la deuda tenga un montante significativo. Se trata de una cuestión que la nueva reforma hipotecaria pretende abordar, pero que de momento está en manos de los jueces. En un escenario como ese, la paralización de las ejecuciones a la espera de la respuesta de Luxemburgo constituye una decisión prudente, como también lo es la consulta del Supremo. Pero también es necesario que la justicia europea haga su trabajo con celeridad y rigor y desbloquee cuanto antes los miles de casos que se acumulan en los juzgados españoles.

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