Formas legales para rebajar los impuestos que debe pagar un autónomo
Los autónomos que obtengan una renta inferior a 15.000 euros pueden acogerse a la bajada de retenciones fiscales en el IRPF.
A lo largo de cada periodo impositivo, son diversas las cantidades a las que los autónomos han de hacer frente. Sin embargo, existen varias fórmulas legales que permiten rebajar los impuestos que deben pagar los miembros de este colectivo.
- La primera de ellas pasa por la revisión de módulos. En concreto, para 2017 la orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre, recoge una reducción del rendimiento neto calculado por método de estimación objetiva del 5% para los trabajadores autónomos. También está contemplado el aplazamiento y/o fraccionamiento de las cuotas, hasta 18.000 euros.
- Por su parte, los autónomos que obtengan una renta inferior a 15.000 euros pueden acogerse a la bajada de retenciones fiscales en el IRPF. Para ello, los ingresos han de representar más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente el ejercicio anterior.
- Además, se establece un porcentaje de retención para los administradores sociales del 37%, que se reduce al 35%. Dicho porcentaje será del 19%, respecto a aquellas entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros.
- Por su parte, aquellos que inicien el ejercicio de una actividad económica y determinen el rendimiento neto de la misma con arreglo al método de estimación directa, podrán reducir en un 20 % el rendimiento neto positivo declarado con arreglo a dicho método, en el primer período impositivo en que el mismo sea positivo y en el periodo impositivo siguiente.
- En relación a este beneficio, también hay que tener en cuenta que las prestaciones por desempleo reconocidas, cuando se perciban en la modalidad de pago único, estarán exentas de tributar al IRPF. Esta situación queda condicionada al mantenimiento de la actividad durante el plazo de cinco años.
- En cuanto a los trabajadores autónomos en edad de jubilación, se establece la posibilidad de compatibilizar la percepción de una pensión de jubilación y el trabajo por cuenta propia o ajena para favorecer el alargamiento de la vida activa con unas obligaciones de cotización limitadas. Así, la normativa reguladora del régimen del sistema de la Seguridad Social establece que quedarán sujetos a una cotización especial de solidaridad del 8%.
- Por último, las empresas que tengan menos de 50 trabajadores pueden concertar el contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores que contempla un abanico de deducciones y bonificaciones fiscales y en materia de Seguridad Social. Esta medida tiene la finalidad de fomentar la contratación indefinida de colectivos con especiales dificultades como jóvenes entre 16 y 30 años o mayores de 45.