Luces, sombras y muchos desafíos regulatorios en la era de la ‘uberización’ del trabajo
El uso masivo de webs y ‘apps’ que ofrecen empleo a demanda provoca situaciones de precariedad e inseguridad en los trabajadores. El reto es conseguir que estas plataformas digitales brinden unas condiciones dignas que garanticen el respeto a los derechos laborales


Hace apenas dos décadas, una carta podía tardar días en llegar a su destino; consultar una enciclopedia requería abrir varios tomos, y para ver una película había que ir a una sala de cine. Hoy, todo eso –y mucho más– suena a prehistoria. Más que una simple evolución tecnológica, la digitalización ha transformado a fondo la forma en que vivimos, nos relacionamos y hasta pensamos. Esta revolución silenciosa y profunda ha desdibujado fronteras entre lo físico y lo virtual, y ha cambiado todos los ámbitos de la vida.
Todo ello ha reconfigurado las bases de la economía global, y cada sector productivo ha experimentado transformaciones amplias. Las nuevas tecnologías no solo han modificado los modelos de negocio tradicionales, sino que han generado nuevos mercados y han redefinido el papel del trabajo y las empresas en el siglo XXI.
Ocurre con las plataformas laborales digitales. Estas herramientas tecnológicas, desarrolladas a través de aplicaciones móviles y páginas web, permiten que las personas que se conectan a ellas puedan prestar sus servicios profesionales a clientes o empleadores. Además, ejercen de intermediarias para organizar y distribuir el trabajo, que suele ser por encargo o por proyecto.
¿Cómo funcionan?
En los últimos años, millones de personas en todo el mundo han empezado a ganarse la vida a través de Uber, Glovo, Rappi, Meituan o Amazon Mechanical Turk, por citar algunos nombres. Ya sea para entregar comida a domicilio, transportar a pasajeros en un vehículo o realizar tareas como freelance, estos trabajadores conforman un incipiente segmento de la economía: el trabajo para plataformas. Su crecimiento en las últimas décadas ha creado nuevas oportunidades de empleo e ingresos. Sin embargo, su irrupción desafía de forma honda los marcos tradicionales del derecho laboral.
Globalmente, este modelo basado en plataformas digitales alcanzará los 350.000 millones de dólares en 2025, según la consultora DataHorizzon Research. Otra proyección de Research and Markets augura que este mercado moverá 455.000 millones de dólares en 2030. Estas cifras superan la suma de la industria de la música, el cine o el videojuego a escala global, lo que demuestra el peso que supone esta nueva fórmula.
El negocio moverá 455.000 millones de dólares global en 2025, según una consultora
Para comprender el alcance de esta uberización, el primer paso es saber cómo funcionan estas compañías nacidas en internet. “Lo que hacen es dividir el servicio que ofrecen en microtareas de muy corta duración”, explica la directora del Instituto de Estudios Laborales y profesora del Departamento de Derecho en Esade, Anna Ginès. La segunda característica de este modelo de negocio es que “se externaliza cada una de estas microtareas para que las lleven a cabo personas que no son contratadas por la empresa”. Para ello, recurren a trabajadores autónomos y evitan así incorporar personal a sus plantillas. “De este modo, garantizan que exista un número suficiente de gente dispuesta a acceder al servicio para poder atender los encargos que haya en todo momento”, prosigue Ginès.
Gracias a la tecnología, cada una de estas microtareas se estipula a demanda: en cuestión de segundos, un algoritmo permite identificar el momento exacto en el que alguien realiza la petición de un producto o servicio, y se le asigna a uno de los usuarios que están conectados a la herramienta. “Como a las personas se les contrata por la ejecución de servicios individuales, se sustituyen las relaciones de trabajo más o menos estables por fórmulas de muy corta duración”, argumenta la profesora de Esade.
Incertidumbre
El impacto de este modelo de negocio desde un punto de vista laboral es inmenso. La consultora McKinsey revela que entre el 20% y el 30% de la población activa en Estados Unidos y Europa, 160 millones de trabajadores, ya participan en este modelo laboral.
Las plataformas solo pagan por la prestación de trabajo efectiva y no por el tiempo que los usuarios están conectados y disponibles a la espera de recibir un encargo. “No hay salario mínimo ni tampoco existe la jornada máxima ni mínima, lo que se traduce en relaciones muy precarias y una inseguridad enorme”, admite esta experta. El hecho de no saber cuánto se va a trabajar al cabo del día implica desconocer el dinero que se va a cobrar, lo que hace que la gente pase muchas horas conectada para poder alcanzar los suficientes niveles de ingreso.
Entre el 20% y el 30% de la población activa en EE UU y Europa participa en este tipo de modelo
En apariencia, esta fórmula es muy inclusiva y parece que todas las partes ganan. Apenas hay restricciones para acceder a estos entornos digitales y los procesos selectivos son laxos o ni siquiera existen. De ahí que para muchas personas, este modelo puede ser una buena manera de percibir un dinero necesario para poder salir adelante.
“Ahora bien, las relaciones de poder que se establecen entre plataforma y trabajador, sumado a la opacidad que caracteriza a la supervisión y el control algorítmico del trabajo, dejan poco espacio para la justicia social”, advierte la profesora de Economía Aplicada de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), María Ángeles Davia.
Esta dependencia conlleva, por un lado, amenazas económicas, derivadas de la incertidumbre sobre la carga de trabajo y, en consecuencia, sobre los ingresos. “A ello se le suman los riesgos sobre la salud mental”, argumenta Davia, debido a la imposibilidad del trabajador de planificar y ejecutar las tareas asignadas por la plataforma, y por la presión que produce el control algorítmico. La competencia atroz que existe entre quienes ofrecen sus servicios a través de estas aplicaciones, además, puede hacer en determinados momentos que caigan los precios de las tarifas debido a la sobreoferta.

Presión regulatoria
Conscientes de todos estos desafíos, países de todo el mundo y distintas autoridades han empezado a tomar cartas en el asunto para intentar regular la situación. En junio, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) debatió por primera vez sobre “el trabajo decente en la economía de plataformas”. El resultado es la aprobación de un convenio y una recomendación internacional que incluye una batería de propuestas encaminadas hacia la mejora de los derechos y condiciones de estos trabajadores.
En el documento se abordan temas como los principios y derechos fundamentales en el empleo, una remuneración justa, el acceso a seguridad social, el impacto de los sistemas automatizados en las condiciones laborales, la protección de los datos personales y la privacidad, y el acceso efectivo a mecanismos de resolución de conflictos.
La directiva europea sienta las bases para transformar el derecho laboral
La discusión continuará el año que viene con la intención de adoptar todas estas medidas. Los expertos coinciden en que este hito de la OIT establece un precedente internacional que reconoce la necesidad de adaptar los marcos regulatorios tradicionales a las realidades del trabajo mediado por plataformas digitales.
Para establecer estos estándares mínimos a escala mundial, la OIT ha tomado como referencia la directiva europea aprobada a finales de 2024. Este texto introduce importantes novedades. A nivel jurídico, se entiende que existe “una relación laboral” entre la plataforma y la persona que realiza un trabajo a través de ella “cuando se constaten indicios de control y dirección” de conformidad con las leyes vigentes. Para refutar esta presunción, los responsables de la herramienta deben demostrar que dicha relación contractual no es una relación laboral. Además, los trabajadores tendrán que ser informados sobre el uso de los algoritmos en la supervisión y toma de decisiones.
Nuevo paradigma
Asimismo, las firmas de entornos digitales no podrán tratar determinados tipos de datos personales (biométricos, relacionados con conversaciones privadas, actividades sindicales, sobre el estado emocional o psicológico de los trabajadores o relacionados con su origen, posiciones políticas, creencias religiosas, salud…).
En opinión de Gratiela-Florentina Moraru, profesora de Derecho del Trabajo de la UCLM, el modelo europeo sienta las bases para una transformación más amplia del derecho laboral en la era digital. “Reconoce que la protección de los trabajadores debe evolucionar, y no involucionar, para responder a las nuevas formas de organización laboral mediadas por algoritmos”, apunta.
Para que estas personas reciban una protección social adecuada, afirma Moraru, es necesario un reconocimiento jurídico de las relaciones laborales encubiertas y una mejora sustancial del sistema protector de las personas autónomas. “No puede permitirse que el entorno digital sirva como excusa para precarizar o excluir del sistema a quienes desarrollan su actividad bajo condiciones de control empresarial o inestabilidad económica”, insiste. Por eso, la transformación tecnológica debe ir acompañada de una evolución normativa y social que asegure la inclusión efectiva de todos los trabajadores y trabajadoras en el sistema de seguridad social.
Desigualdades
El director de coyuntura económica de Funcas, Raymond Torres, cree que lo que está en juego en este modelo de negocio es la capacidad de compartir los riesgos. Como las plataformas digitales diluyen la responsabilidad empresarial, desdibujan la distinción entre trabajo asalariado y no asalariado. “Toca refundar la arquitectura de las relaciones laborales para prevenir nuevas desigualdades o asimetrías perjudiciales para la propia economía”, razona.
Este economista añade otro matiz interesante al debate. Este tipo de empresas, dice Torres, plantean desafíos a las compañías que intentan asegurar los derechos laborales, por ejemplo, las que reconocen la relación de dependencia o cotizan como empleador a la Seguridad Social. “Esto encarece el coste laboral y deteriora la competitividad frente a compañías menos receptivas a favor de los trabajadores. La creación de normas internacionales puede servir para prevenir estas situaciones de competencia desleal”, reflexiona.
Las aplicaciones digitales cambian las relaciones estables por otras de corta duración
Coincide con esta idea el director general de la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital), César Tello. Sostiene esta patronal que la falta de un marco jurídico claro y estable dificulta que las empresas puedan diseñar modelos de relación laboral que combinen protección social, flexibilidad y sostenibilidad económica. “La imposición de una fórmula rígida puede excluir a ciertos perfiles del mercado o desincentivar la innovación”, avisa Tello.
La solución pasa por implementar fórmulas regulatorias que fomenten la seguridad jurídica, la innovación y la proporcionalidad. “El reto pasa por avanzar hacia un nuevo equilibrio que combine protección efectiva y flexibilidad en un entorno regulatorio claro, estable y adaptado al siglo XXI”, remacha.
El avance de la ‘gig economy’
Freelances. Un análisis de Global Growth Insights revela que las firmas digitales más utilizadas por los usuarios y que mayor cantidad de dinero mueven son las que ofrecen empleo online –como traducciones, etiquetado de imágenes, redacción, moderación de contenidos, programación y diseño de páginas web, entre otros– para profesionales freelance. Las empresas de delivery (reparto, comida, mensajería), al igual que las de transporte y movilidad, se reparten otra parte importante de los ingresos. Mención especial merecen las de limpieza y cuidados, muy feminizadas y con una demanda elevada.
Ley ‘rider’. Tres empresas dominan el negocio del reparto de comida en España: Just Eat, Glovo y Uber Eats. La primera viene operando con asalariados y la segunda acaba de completar la transición a ese mismo modelo, tras años defendiendo el sistema por cuenta propia. Obligada por varias sentencias judiciales. Después del cambio en Glovo, Uber Eats es la única de las tres que sigue desarrollando parte de su actividad con autónomos, una práctica en el punto de mira del Ministerio de Trabajo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado una investigación al sistema actual de autónomos de Uber Eats. Con la ley rider, aprobada en España 2021 con respaldo sindical y patronal, se decidió que la fórmula para el delivery es laboral. “Es el único posible. Te llames Glovo, Uber Eats, Just Eat o como te quieras llamar, no hay espacio para un modelo de falsos autónomos”, declararon públicamente en el Ministerio de Trabajo.
La IA. Para la profesora de Deusto Business School, Jaione Yábar, “la inteligencia artificial va a trasformar de manera profunda el ecosistema laboral”. Aligera de trabajo repetitivo y permite centrarse en la creatividad y pensamiento crítico, dice. Puede facilitar el nomadismo digital al permitir una mayor productividad desde cualquier lugar, gracias a herramientas que automatizan tareas como la creación de contenidos, el análisis de datos o la atención al cliente, detalla.
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