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La punta del icerberg
Opinión
Texto en el que el autor aboga por ideas y saca conclusiones basadas en su interpretación de hechos y datos

Reforma del subsidio de desempleo: hacia la normalización española

La medida ha sido presentada ante Bruselas y será crucial para desbloquear el cuarto pago de los fondos ‘Next Generation’

Desempleo
Una persona sale de una oficina del paro en Madrid.Gustavo Valiente (Europa Press)

Hace una semana, se conocieron las principales líneas que el Gobierno propondrá como lo que posiblemente será la largamente esperada reforma del sistema de prestaciones y subsidios por desempleo, resultado de un pacto con Bruselas. Esta reforma, crucial para desbloquear el cuarto pago con cargo a los fondos Next Generation, se fundamenta en cuatro líneas de acción que ya habían sido delineadas en los requerimientos del componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Estas cuatro líneas de acción buscan principalmente racionalizar y aumentar la eficacia del sistema de prestaciones y subsidios, reconfigurar la tasa de sustitución de estos beneficios, facilitar la compatibilidad entre subsidios/prestaciones y empleo a tiempo completo, y modernizar el SEPE con el objeto de mejorar el emparejamiento entre empresas y demandantes de empleo, así como fortalecer la labor de seguimiento de los potenciales beneficiarios.

Con esta reforma, las políticas pasivas de empleo en España, aquellas que se limitan a ofrecer un seguro para situaciones eventuales de no actividad laboral, se alinearían finalmente con las existentes para prácticamente todos los países del espectro europeo.

Y es que esta reforma es esperada desde hace tiempo. No en vano, la OCDE la ha recomendado en no pocas ocasiones. En particular, como he adelantado, resulta extraño que un país como España, que no solo registra el mayor de los índices de desempleo en Europa, sino que históricamente ha obtenido menor rentabilidad tanto de sus políticas pasivas como activas de empleo, quedara rezagada en la implementación de ciertas políticas que, cuando han sido evaluadas, lo han hecho con éxito. Es por ello por lo que el PRTR subraya la urgencia de estas reformas. Tras los esfuerzos enfocados en la reforma laboral y en la formación, ahora es el turno de abordar las prestaciones y subsidios por desempleo.

Las líneas presentadas que delimitará la reforma generaron, no obstante, cierto revuelo. Claramente bebiendo, acaso indirectamente, de iniciativas previas planteadas en el ruedo de la política económica, esta reforma cuenta con el respaldo de la evidencia y la lógica más básica. Pero para comprender mejor esta, es crucial analizar los principios fundamentales en torno al subsidio por desempleo y cómo su diseño puede generar ciertos incentivos que pueden no ser deseados y que es lo que, en principio, esta reforma trata de evitar.

Hasta el momento, cualquier individuo que pasara a la condición de desempleado tenía la opción de recibir una prestación, cuya cuantía y duración estaban sujetas a ciertas condiciones si en el empleo anterior cotizó al menos 360 días o si, no llegando a esa cantidad, lo hizo al menos tres meses. El acceso a estas ayudas, además, estaría condicionado a si el potencial perceptor carecía de otras rentas que supusieran, al menos, el 75% del SMI. En el caso en el que el ya perceptor optara por aceptar un empleo, perdería tanto la prestación o el subsidio al cambiar su condición a ocupado, pasando a percibir el salario correspondiente (esto es así dados ciertos detalles en lo que no vamos a entrar).

Sin embargo, al cruzar la línea entre el desempleo y el empleo surge un dilema si a ambos lados de esa frontera se obtiene un ingreso. Si el subsidio es “relativamente” elevado comparado con el salario al que se opta (más por demérito del segundo que por mérito del primero dada la escasa cuantía), es natural que la persona considere el coste de oportunidad entre aceptar o no el empleo.

Lo que sabemos por la evidencia es que un desempleado que obtiene cualquier tipo de prestación tiene una mayor probabilidad de mantenerse en una situación de inactividad por más tiempo. Esto se debe a que, posiblemente gracias a otros ingresos familiares o personales, o ingresos no regulados, mientras cobra la prestación o el subsidio la situación financiera básica estaría en cierto modo cubierta. Así, si la diferencia entre el salario ofrecido y la prestación o subsidio no es lo suficientemente elevada, incluyendo en la segunda otras “remuneraciones” no dinerarias por estar sin trabajar, como puede ser la valoración del ocio, el coste de la conciliación u otros costes asociados a estar empleado incentivaría el rechazo de la oferta de empleo.

El problema aquí es la naturaleza binaria de la decisión si se cobra el subsidio. La elección no permite medias tintas: lo tomas o lo dejas. Trabajar y recibir un salario o mantenerse desempleado y percibir el subsidio. Esta elección depende de ese “umbral” representado por la diferencia entre los costes o beneficios netos al aceptar un trabajo versus permanecer desempleado.

Pero la propuesta de la reforma busca una alternativa: un sistema en el que el subsidio no desaparecería al encontrar empleo, sino que se reduciría progresivamente en relación con los ingresos totales percibidos. Con este diseño, al que se une un cambio en las cuantías a cobrar en función del tiempo que se lleve cobrando el subsidio, se pretende eliminar esos incentivos que se crean y que se derivan en una mayor y más larga permanencia en una situación de inactividad, con todas las consecuencias que de ello se derivan.

El resultado, esperado, sería un estímulo a la participación en el mercado laboral, mejorando no solo la empleabilidad de los trabajadores, sino también reduciendo los costes asociados al desempleo, económicos y no económicos. Algunos trabajos consideran que, a pesar de mantener las prestaciones durante un período transitorio, habría una disminución total en las transferencias. Esto se combina con el propósito de incrementar los incentivos para la búsqueda de empleo, reducir el desempleo estructural y acercar las tasas de ocupación y desempleo a los promedios europeos. Podría elevar la productividad al aumentar la experiencia y, con ello, la formación de los trabajadores. Muy posiblemente ayudaría a elevar la actividad en colectivos donde estos incentivos son mayores, como mujeres en grupos vulnerables, facilitando por ello avances en numerosas direcciones. En definitiva, lo que la evidencia dice, es que podríamos mejorar en muchos aspectos.

Quedamos pues pendiente de conocer el diseño final de la reforma. Lo cierto es que, de llevarse a cabo en los términos descritos, esta “normalizaría” la situación de España, dejando de ser una excepción europea. Desde luego, sería un claro avance en el desarrollo y reformas de las políticas pasivas de empleo, algo que necesitamos urgentemente.

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