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El Gobierno regula las fusiones transfronterizas tras el caso Ferrovial

El real decreto traspone con retraso una directiva europea por la que Bruselas amenazaba con multa a España

El presidente del gobierno de España y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez.
El presidente del gobierno de España y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez.Joaquin Corchero (Europa Press)

A contrarreloj y en el último momento, el Gobierno se despide de la legislatura abordando uno de los temas más espinosos de los últimos meses: la fusión de compañías españolas con otras extranjeras. Estos movimientos, como ocurrió en el caso de Ferrovial, pueden conllevar el traslado de su sede social a otro país. El Ejecutivo, en el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros de ayer, ha adaptado una directiva europea para precisamente regular este tipo de movimientos societarios. Entre otras medidas, obliga a que el Registro Mercantil apruebe estos movimientos, pide contar con informes de auditores independientes y blinda los derechos de accionistas, acreedores y trabajadores.

El texto que será publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y al que ha tenido acceso este diario, fija una serie de reglas a adoptar por España relativas a la transformación, fusión y escisiones transfronterizas, es decir, aquellas operaciones estructurales en las que están inmiscuidas las sociedades participantes sometidas a la legislación de diferentes socios de la UE. El Gobierno delega en el Registro Mercantil el deber de analizar estas transacciones y emitir, si así lo considera, un certificado previo que valide que cumplen con la legislación. Para esto, este organismo cuenta con un plazo de tres meses, prorrogable por otros tres. Este mismo organismo también deberá vigilar las fusiones transfronterizas que tengan a España como destino.

En los casos más extremos, el Registro Mercantil podrá vetar la operación si determina que esta se ha llevado a cabo con fines abusivos o fraudulentos que eludan el Derecho de la Unión. “Si de esa valoración global resultara de manera clara que la operación se lleva a cabo con fines abusivos o fraudulentos o con intención delictiva, el Registrador Mercantil denegará el certificado previo e informará a la sociedad de los motivos de su decisión”, explica el texto preliminar de la norma, que todavía podría modificarse en alguno de sus puntos.

La directiva también obliga a la empresa a redactar un informe para los socios y trabajadores en el que se explique el proyecto transfronterizo, además de exigirle otro realizado por un experto independiente de cara a fijar la compensación ofrecida a los socios en caso de que ejerciten el derecho de separación.

El texto también deja negro sobre blanco este derecho, que permite a los accionistas que se opongan a la operación vender las acciones a la compañía. Para ello deberán votar en contra en la junta de accionistas. Esto mismo se aplicará también a quienes tengan derechos económicos en una empresa pero no políticos.

Aunque el texto garantiza a las compañías libertad para establecerse en cualquier territorio de un Estado miembro, la mudanza tendrá que estar justificada siempre por razones de interés general y adecuarse al objetivo perseguido. La directiva también establece salvaguardas materiales y procesales a favor de los acreedores que se puedan ver perjudicados por una operación que implique un traslado de domicilio de las empresas participantes, y por consiguiente, pueda poner en riesgo el cobro de los créditos. También regula que la compañía ofrezca garantías a los acreedores que se oponga a una operación transfronteriza.

Para poder materializar la fusión, la empresa en cuestión tendrá que encontrarse también al corriente de sus deberes fiscales. Así, recoge de nuevo el texto, el proyecto de fusión deberá incluir “la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante la aportación de los correspondientes certificados, válidos y emitidos por el órgano competente”.

España estaba obligada a adaptar a su legislación esta norma europea antes del 1 de enero. Pero no lo hizo a tiempo, por lo que durante el mes de marzo la Comisión Europea abrió un expediente sancionador a España y a otros socios europeos por no trasponer la norma. El Ejecutivo había decidido traducirla a la legislación española a través de un anteproyecto de ley, cuya tramitación ha decaído por la disolución de las Cortes. Ahora opta por el real decreto para agilizar su adaptación.

La decisión de Bruselas coincidió con el anuncio por parte de Ferrovial de ejecutar una fusión inversa de la matriz con una filial en Países Bajos, lo que conllevaba el traslado de la sede social a este país europeo. El movimiento de la constructora enfureció al Gobierno, que cargó con contundencia contra la empresa que pilota Rafael del Pino, al acusarla de que detrás de la decisión estaban motivos fiscales. En el foco de la norma también están las decenas de compras de empresas españolas por parte de fondos extranjeros, que tienen su sede en países como Luxemburgo y con estrategias para la elusión fiscal en el foco de Bruselas y de la Agencia Tributaria.

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