Las marcas y la nueva normativa europea de servicios digitales
El texto introduce mejoras, pero se ha quedado corto respecto a ciertas medidas de protección al consumidor frente a los productos falsificados
El 15 de diciembre de 2020, la Comisión Europea anunciaba la propuesta de una “ambiciosa reforma de la esfera digital”. Comenzaba así a gestarse “un conjunto completo de nuevas normas sobre todos los servicios digitales, tales como las redes sociales, los mercados en línea y otras plataformas en línea que operan en la Unión Europea”. Se daba el pistoletazo de salida a la construcción de la norma sobre servicios digitales y mercados digitales. La que conocemos como Digital Services Act (DSA) actualiza, entre otras, la directiva de comercio electrónico de 2000 y se va a aplicar en toda la Unión Europea.
Aunque el consumo online era algo habitual para muchos de nosotros hace cuatro o cinco años, es innegable que la pandemia dio un gran impulso a esta forma de adquirir artículos y servicios. Mientras el comercio y la industria se adaptaban rápidamente a los cambios en los hábitos de consumo para dar respuesta a las exigencias del consumidor online, también lo hacían los falsificadores y aquellos que se aprovechan del esfuerzo y el trabajo de los demás a costa de vulnerar los derechos de propiedad industrial e intelectual.
Para los falsificadores, el comercio digital es un escaparate perfecto: si alguien busca una falsificación, el anonimato le permite adquirirla y recibirla en su casa sin problemas. Si la intención no es comprar un producto falso, el consumidor medio puede caer fácilmente en las redes de los falsificadores pensando que lo que está comprando –cuya foto y descripción suele ser del producto original y sacada de webs seguras– es un chollo que ha encontrado en el maravilloso comercio online. A consecuencia de esta situación, según un estudio elaborado por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo) y la Organización para Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), cerca del 60% de las incautaciones de artículos falsificados en las aduanas de la Unión Europea, están relacionados con el comercio electrónico.
El pasado mes octubre y tras dos años de gestación, la DSA ha visto la luz, lo que permitirá a los consumidores comprar en un entorno más seguro, mientras que las marcas podrán defenderse mejor contra las infracciones online de sus productos.Según señalaba el texto de la normativa recién aprobada por la Comisión Europea, “las nuevas normas protegerán mejor a los consumidores y sus derechos fundamentales en línea, y darán lugar a unos mercados digitales más justos y abiertos para todos. Un código normativo moderno en todo el mercado único fomentará la innovación, el crecimiento y la competitividad y ofrecerá a los usuarios servicios en línea nuevos, mejores y fiables.”
Hace justo dos años, en octubre de 2020 y antes de que se publicase la propuesta, nuestra asociación ponía sobre la mesa –tanto en consulta pública como en medios de comunicación– una serie de recomendaciones o sugerencias que considerábamos fundamentales para que realmente se protegieran los derechos de los consumidores, de las empresas, y se crease un entorno online seguro y justo para todos.
La máxima para nosotros siempre ha sido clara: lo que es ilegal offline tiene que ser ilegal online y, por ello, había algunas cosas que nos preocupaban. Por un lado, pedíamos que la DSA incorporase la obligatoriedad de acción proactiva de las plataformas de comercio electrónico contra los artículos y productos ilegales: como verificar los datos del vendedor o evitar que se vendan de nuevo productos anteriormente eliminados por ser ilícitos; proteger al consumidor introduciendo la obligación clara para las plataformas de informar a los consumidores de que han adquirido productos falsificados o ilegales; y facilitar a las empresas la forma de notificar la detección de ese tipo de productos.
Las entidades representantes de derechos también nos veremos beneficiados por esta nueva norma, ya que podemos ser considerados abanderados de confianza, Trusted Flaggers, en las plataformas, para notificar la presencia de productos ilegales en línea y, por lo tanto, contribuir a un entorno digital más seguro para todos. La lucha contra la falsificación es de interés público.
A pesar de que desde nuestra asociación estamos razonablemente satisfechos, pensamos que la normativa se ha quedado corta en lo que se refiere a ciertas medidas de protección del consumidor y de las empresas frente a los productos falsificados. El texto definitivo mantiene la exención a las pequeñas plataformas de adoptar procesos de notice and takedown, lo que hace que estas no tengan por qué disponer de un servicio por si una empresa o consumidor se percata de que uno de los productos que vende es ilegal o falso, no tengan obligación de controlar las falsificaciones y se les exima de responsabilidad si las venden.
Se trata de algo que consideramos injusto y peligroso, ya que las normas han de aplicarse a todas las plataformas y webs independientemente de su tamaño. Es muy común que en páginas webs o pequeñas plataformas se distribuyan falsificaciones y productos ilegales que después llegan a casa del consumidor a través de la paquetería postal, sin pasar ningún control de calidad ni de seguridad, y sin posibilidad de reclamar, por lo que el consumidor, además, pierde todos sus derechos. En ese sentido, estamos trabajando con Aduanas y en contacto con el sector de la mensajería para tratar de reforzar la trazabilidad de los pequeños paquetes que dan cobertura a los delincuentes profesionales del fraude.
Ahora, tanto España como el resto de los países de la Unión Europea, tendrán que trasponer la nueva directiva y solo el tiempo nos dirá si, efectivamente, hemos aprovechado la oportunidad que teníamos de crear un entorno online seguro y justo para todos.
Gerard Guiu Ribé es Director general de la Asociación para la Defensa de la Marca