Rentas del capital: ¿vender ahora o esperar a 2021 para evitar un gravamen del 26%?
En una plusvalía de 300.000 euros, el impacto fiscal de vender en 2021 será de 3.000 euros
El alza de impuestos a las rentas más elevadas incluida en los Presupuestos es solo parte de la reforma fiscal que el Gobierno tiene en mente y que pasaría por un endurecimiento mayor de los tipos en los tramos más altos y por la recuperación del impuesto de patrimonio. Por lo pronto, ya lo hace indefinido, sin que haya que prorrogarlo año tras año.
El alza de tipos en rentas del trabajo y del capital es inferior a lo planteado por PSOE y Podemos en 2018, en unos Presupuestos que no llegaron a ver la luz, pero que apuntaban al endurecimiento que estaría por venir. ”Esperábamos algo más duro”, reconoce Juan Linares, responsable de Asesoría Fiscal de Banca Privada y de Negocio en Ibercaja, que añade que las novedades de los Presupuestos dejan margen de maniobra para tomar decisiones antes de que acabe 2020.
Para las rentas altas afectadas por el alza fiscal, el dilema está ahora en adelantar a este año las desinversiones que se tuvieran previstas para 2021, para así ahorrar los tres puntos de subida del gravamen. Tal dilema no existe para las pequeñas plusvalías ni apenas para las que excedan ligeramente de los 200.000 euros, ya que el tipo de 26% se aplica a la ganancia que exceda de esa cuantía. Todo lo demás sigue igual: al tipo del 19% para los primeros 6.000 de ganancia, al 21% para los siguientes 44.000 euros y al 23% de 50.000 euros en adelante, hasta el nuevo umbral de 200.000 euros.
Pero, por ejemplo, para la venta de una vivienda que genere una ganancia de 300.000 euros, la diferencia estará en pagar o no 3.000 euros más de impuestos. En la decisión pesará sin embargo no solo la fiscalidad sino la conveniencia o no de acelerar una desinversión, asumiendo el riesgo de una rebaja en el precio de venta.
En los patrimonios más elevados, la planificación fiscal requiere contemplar no solo el alza en el IRPF sino también el impuesto de patrimonio. Un cliente con varios activos financieros y con un patrimonio por el que tributar –el listón a partir del que pagar impuesto de patrimonio está en los 700.000 con carácter general, aunque hay notables diferencias y bonificaciones según las autonomías– tendrá mayor margen de maniobra. “La clave estará en ver si se pueden sacar tres puntos de rentabilidad a ese patrimonio”, explica Juan Linares.
Así, vendiendo este año se obtendría ese ahorro fiscal, pero dejando la venta para 2021 habría margen de tiempo para obtener esos tres puntos de rentabilidad con otros activos hasta el momento de pagar impuestos, ya en junio de 2022, y neutralizar por tanto el efecto del alza fiscal.
En la planificación influirá con mucho peso el lugar de residencia del contribuyente. En Madrid el impuesto sobre patrimonio está bonificado al 100%, lo que de hecho lo anula, y el tipo marginal máximo es del 43,5%, también con una ligera bonificación. En Cataluña, en cambio, el marginal máximo es del 48% y se paga impuesto sobre patrimonio a partir de los 500.000 euros. La subida del gravamen a las rentas del trabajo en dos puntos afectará más por tanto al contribuyente catalán, que pasará a tributar en su IRPF a un tipo del 50%.
Patrimonio: en el punto de mira y con nueva valoración para los inmuebles
El Gobierno pretende recuperar el impuesto de Patrimonio, aunque en su contra tiene las numerosas bonificaciones que se aplican en las comunidades autónomas. Por lo pronto, tendrá un carácter indefinido, según recogen los Presupuestos, y no será necesaria su renovación anual. Y para cuantías superiores a los 10 millones de euros el gravamen sube un punto, hasta el 3,5%.
Al margen de lo recogido en las cuentas públicas, el ejecutivo también ha tomado otras decisiones que van a influir en el impuesto de Patrimonio y también en el de Sucesiones y Donaciones (ISD) y en el de Transmisiones Patrimoniales. La reciente aprobación del Proyecto de Ley de lucha contra el fraude fiscal, en trámite parlamentario, incluye un cambio en la valoración de los inmuebles, con la finalidad de aproximarla en la medida de lo posible al valor de mercado, lo que supondrá previsiblemente una fuente adicional de ingresos. La intención del Ejecutivo es que se tome como referencia el valor que establezca la Dirección General del Catastro, entendida como el precio más probable por el que podría venderse el inmueble. Ese nuevo valor de referencia se basaría “en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas ante fedatario”, de modo que se calcularía a partir de los precios de las ventas facilitadas por notarios y registradores.
Herencias en vida. El proyecto de ley antifraude también establece que, en las herencias en vida, los bienes se registren a la fecha y valor original que tenían para el donante, no al del momento del pacto, lo que permitía al heredero vender a continuación sin generar plusvalías.
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