Liberalizar la estiba para reducir costes
La regulación actual ha propiciado un modelo escasamente competitivo y que vulnera la legislación europea
El pulso entre el Gobierno y los trabajadores portuarios de la estiba se ha acentuado con la convocatoria de una huelga los próximos 20, 22 y 24 de febrero por el rechazo de este colectivo a la reforma de su actividad. Un cambio que adaptará la normativa española a la legislación comunitaria, así como a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, que ha declarado que el régimen de la estiba en España contradice el artículo 49 del Tratado de la UE, porque obstaculiza el libre establecimiento empresarial. La razón que esgrime Bruselas es que la legislación española posibilita un régimen de monopolio en la gestión de esta actividad y restringe la entrada en el mercado de otras empresas.
La labor de carga y descarga de los barcos emplea a unas 6.200 personas en los 46 puertos españoles, que gestionan en su conjunto el 70% del flujo comercial con el exterior. La mayoría de estos trabajadores está empleado en las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (Segad), entidades participadas obligatoriamente por las empresas de la estiba y de la que estas deben contratar profesionales de forma prioritaria, además de cubrir por esta vía un mínimo del 25% de la actividad.
Es precisamente a este régimen cerrado, pactado por el PP y el PSOE, al que ha puesto veto Bruselas y el que el Gobierno pretende ahora reformar. La idea es hacer evolucionar las actuales Sagep –que funcionan de facto en monopolio como bolsas de empleo– hacia un modelo liberalizado y abierto, que eliminará la exclusividad y obligatoriedad que existe respecto a estas entidades y abrirá el mercado a otras compañías. La negativa del Gobierno a aceptar las demandas del sindicato mayoritario del sector para suavizar los cambios que supondrá la nueva normativa –como la creación de un registro profesional o la adopción de un periodo de transición para la ley de siete años– ha desencadenado la convocatoria de huelga.
El régimen legal actual de la estiba en España nació como solución a la eventualidad laboral que rodea la actividad de carga y descarga en los puertos. El problema fue resuelto, pero esa regulación ha propiciado un modelo escasamente competitivo y de costes laborales elevados –la estiba en España supone más del 50% del total de costes de manipulación mientras que en Europa equivalen al 38%– que las propias empresas del sector quieren modificar. A esa circunstancia se une el hecho de que, una vez que la UE ha declarado que el modelo vulnera la libertad de establecimiento empresarial, España está obligada bajo pena de sanción, a modificarla. Se trata de dos razones de peso para llevar a cabo un cambio regulatorio que hay que intentar adoptar con el menor conflicto social posible, pero que en ningún caso puede dejar de aplicarse tanto por razones económicas como jurídicas.