La energía y la seguridad del suministro
El debate energético. La escalada de los precios del crudo es la principal incertidumbre que planea sobre la economía internacional, pero también sobre una economía española en fuerte crecimiento. Y la seguridad en el suministro es una de sus claves. Los autores profundizan en ambas cuestiones
Las fuentes de energía disponibles han estructurado el mundo en que vivimos, no sólo nuestros hábitos de vida, sino también las relaciones políticas y económicas internacionales, de manera que en el centro de todo proyecto nacional se encuentra el acceso a una energía segura, barata y limpia, y de ahí el asombro que produce la discusión sobre si la energía es o no un sector estratégico para España (recuérdese, entre otros ejemplos, que existe en nuestro país una corporación de reservas estratégicas que gestiona las de petróleo y gas natural).
Las leyes energéticas españolas aprobadas en los últimos cien años, sea cual fuere la ideología del Gobierno que las ha impulsado, incluyen entre los objetivos prioritarios la continuidad del suministro, una preocupación que se designa ahora, por influencia del derecho europeo, como seguridad del suministro, tanto la seguridad del suministro de cada consumidor, como la seguridad del sistema energético. Y esta no es sólo la suma de la seguridad de cada uno de los consumidores, sino que, partiendo de que el sistema es algo más que la mera adición de los elementos que lo componen, incluye la exigencia de que existan instalaciones o almacenamientos de energía que, aun cuando no sean necesarios para garantizar aquí y ahora toda la demanda, sirvan para suplir una eventual deficiencia, fallo o interrupción de las instalaciones.
El debate que debería entonces alimentarse es el relativo a qué consecuencias se derivan de la esencialidad de los suministros energéticos y, en particular, a qué medidas dirigidas a garantizar la seguridad del suministro son no sólo compatibles con el mercado interior europeo, sino también, por supuesto, exigidas por ese mismo mercado.
El espacio para el debate está delimitado por varios condicionamientos y exigencias, como el hecho de que no hay en la UE un auténtico mercado de energía debido, principalmente, a la inexistencia de conexiones gasistas y eléctricas adecuadas, como ponen de manifiesto las continuas demoras en la instauración de un mercado ibérico de la electricidad, sin perjuicio de que reconozcamos los grandes avances que se han dado en los últimos 20 años.
Las libertades económicas comunitarias despliegan su eficacia sobre contextos económicos variados, que han de ser atendidos a la hora de ser ejercitadas y defendidas, y en cuya aplicación se han de ponderar los intereses protegidos, de forma que haya equilibrio entre los mercados de empresas y los mercados en que esas empresas operan.
Han de distinguirse, en el seno de las instituciones europeas, los poderes de integración de los poderes de regulación, distinción subyacente en la nueva regulación cooperativa que tiene una de sus manifestaciones institucionales más claras en el Grupo Europeo de Reguladores de la Energía. En los últimos años ha quedado claro que la regulación de conductas es inoperante si no hay una regulación de estructuras.
Por último, la UE carece de una política energética común, incluso ante situaciones graves para todos sus miembros (recuérdese que cuando el petróleo se instaló en los 50 dólares fracasó el intento de la Comisión de elevar el número de días de consumo que debían cubrir las reservas), sin perjuicio de que nuestra compartida vulnerabilidad haya conducido, en algunos momentos dramáticos, como en 1973 y 1979, a coordinar algunas medidas. Se trata además de una situación que ni siquiera hubiese cambiado la entrada en vigor de la Constitución para Europa, pues aunque el proyecto dispone que la política de la Unión en el ámbito de la energía tendrá por objetivo, entre otros, garantizar la seguridad del abastecimiento, su apartado segundo aclara que tal cosa no afectará a la elección por cada Estado miembro entre distintas fuentes de energía y a la estructura general de abastecimiento energético. Es decir, que la seguridad energética seguirá siendo una responsabilidad nacional.
Más allá de esta situación, derivada del derecho en vigor y del estadio de la evolución hacia un mercado único, y más allá de la actual sociedad de los hidrocarburos, existirá una sociedad configurada por otras fuentes de energía y surgirá un mercado energético que conlleve, con naturalidad, una política energética europea común, incluida la seguridad.
Pero mientras esa sociedad llega, no sólo es legítimo, sino también exigible, que los Gobiernos velen por la seguridad nacional del suministro, no al margen o en liza con aquella parte del derecho europeo que establece las normas comunes para el funcionamiento del mercado interior del gas natural y la electricidad, sino, por el contrario, en aplicación de ese derecho y, en particular, de las previsiones sobre seguridad de los reglamentos y directivas en vigor.