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Las herencias de más de 800.000 euros, las grandes beneficiadas de la batalla fiscal del PP en Sucesiones

Los nuevos Gobiernos de la Comunidad Valenciana, La Rioja, Baleares y Canarias anuncian nuevas bonificaciones en el ISD

Impuesto de sucesiones
Belén Trincado Aznar
Pablo Sempere

Las elecciones autonómicas del pasado 28M tiñeron de azul la práctica totalidad de España y dieron paso a un aluvión de rebajas fiscales en aquellas comunidades en las que el PP y Vox lograron arrebatar el poder al PSOE y Unidas Podemos. El impuesto de sucesiones y donaciones (ISD), uno de los más polémicos del país, ha sido el elegido por los nuevos Gobiernos para ilustrar cómo será la nueva legislatura en materia tributaria. En concreto, La Rioja, Comunidad Valenciana, Canarias y Baleares se han sumado a las bonificaciones casi totales en esta figura puestas en marcha previamente por regiones como Madrid, Andalucía o Galicia, librando de tributar a los beneficiarios de las herencias más cuantiosas, a partir de los 800.000 euros.

Así lo refleja una simulación del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), perteneciente al Consejo General de Economistas. Los asesores parten del caso de un soltero de 30 años que hereda bienes de su padre por un valor de 800.000 euros, de los que 200.000 corresponden a la vivienda del fallecido.

Se escoge esta cifra, detallan, porque el impuesto, al ser cedido y estar gestionado en su totalidad por las autonomías, opera en cada territorio de una manera diferente en función de la cantidad heredada, de la composición del legado y de los grados de parentesco. Los 800.000 euros, por así decirlo, conforman la cifra mínima que permite establecer comparaciones reales y efectivas entre el diseño del impuesto de cada territorio, ya que, además, las herencias de cuantías menores suelen estar siempre exentas de tributar.

A partir de aquí, y siempre bajo este supuesto, las dos comunidades que ya han regulado la rebaja fiscal (Canarias y Baleares) y las dos que la han anunciado (Comunidad Valenciana y La Rioja) rebajarán notablemente la cuota a pagar del heredero. El beneficiario de los 800.000 euros en el archipiélago del Mediterráneo pasará a pagar cero euros frente a los 5.950 que habría tenido que abonar antes del cambio. Un ahorro casi anecdótico si se compara con los 30.754 euros que se dejarán de pagar en la Rioja, los 31.614 euros de Canarias y los 61.929 euros de Comunidad Valenciana.

Con el nuevo esquema, siempre bajo el mismo supuesto, únicamente los sucesores de cinco comunidades tendrían que seguir abonando cuotas relativamente elevadas. Son Navarra, con 17.000 euros, Castilla-La Mancha (31.759 euros), Cataluña (44.569 euros), Aragón (55.466 euros) y Asturias, en donde el heredero tendría que afrontar una cuota superior a los 100.000 euros.

Cabe recordar que el común de las herencias, en las que se reciben cantidades mucho más bajas o incluso más deudas que activos, no suelen estar sometidas a tributación. Lo normal es que haya una batería de exenciones, reducciones y bonificaciones que dejan tipos inferiores al 1% a efectos de control administrativo.

El REAF recuerda que, dentro de los descendientes de mayor cercanía, hay dos grupos diferenciados. Por un lado están los sucesores del grupo uno, formado por hijos menores de 21 años, ya sean biológicos o adoptados. En este caso, los beneficiarios “solo pagan importes simbólicos” en Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia, así como los territorios forales. En el resto de zonas pagan en función de la cuantía recibida, siempre a partir de varios centenares de miles de euros y, en el caso de Aragón, con una reducción del 100% hasta el máximo de 3 millones de euros.

Después está el segundo grupo, en el que se encuentran los cónyuges, ascendientes y descendientes de 21 años o más. Según el documento Panorama de la fiscalidad autonómica y foral en 2023, elaborado por el REAF antes de que se produjesen los últimos cambios normativos, las comunidades que prácticamente liberan de tributación a este grupo son Andalucía, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Madrid y Murcia.

En el resto, de nuevo, el pago depende de las cuantías. En Asturias, por ejemplo, estas herencias no se gravan cuando la base imponible no supera los 300.000 euros, una cifra a partir de la cual se establecen unos tipos que van incrementándose a medida que lo hace el legado. En Galicia hay una reducción inicial de un millón de euros y en Castilla-La Mancha, una bonificación de hasta el 100% para bases que excedan los 300.000 euros.

Las cuatro comunidades que han anunciado recientemente cambios legales también tenían a comienzos de 2023 una serie de bonificaciones y reducciones para las herencias menores de este grupo. Por ejemplo, en Baleares la tarifa oscilaba entre el 1% y el 20%, aplicándose el primer tipo hasta bases de 700.000 euros. Fuera de estos grados de parentesco, por ejemplo en el caso de tíos y sobrinos, las herencias suelen estar gravadas a tipos más elevados.

El ISD, por todo ello, tampoco suele reportar grandes ingresos a las autonomías, algo debido a que la mayor parte de las herencias o no tributan o lo hacen de manera simbólica. Según los últimos datos publicados por el Ministerio de Hacienda, las 15 comunidades de régimen común (todas salvo País Vasco y Navarra) ingresaron en 2021 unos 15.800 millones por impuestos cedidos. De esta cifra, el 20%, con poco más de 3.000 millones, correspondía a esta figura. Las mayores cifras se anotaron en Cataluña (870 millones), Madrid (687 millones) y Comunidad Valenciana (333 millones).

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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