Reino Unido embarga de manera provisional más bienes de España por el recorte de las renovables
El Tribunal Superior de Londres autoriza el bloqueo del Instituto Español Vicente Cañada Blanch, un colegio con sede en un antiguo convento dominico
La Justicia británica ha comenzado a dar los primeros pasos para embargar bienes a España para poder ejecutar uno de los laudos más conocidos por el recorte de las primas de las renovables. Se trata del caso de Antin, fondo francés que vendió sus derechos en este litigio, que logró una indemnización de 120 millones de euros por las consecuencias de la reforma eléctrica llevada a cabo en 2013.
El Tribunal Superior de Londres ha dictado una orden provisional de embargo de un inmueble histórico propiedad del Estado español en la capital de Reino Unido, el Instituto Español Vicente Cañada Blanch, un colegio internacional que tiene como sede un antiguo convento dominico, con más de un siglo, según la resolución, con fecha del pasado 2 de agosto, a la que ha tenido acceso CincoDías.
Este centro educativo no es el único contra el que pesa una orden de embargo en Londres. La misma corte ya emitió una orden cautelar de embargo de parte de los 850 millones de euros de indemnización que la aseguradora del petrolero griego Prestige debe abonar por el hundimiento del barco en 2002 frente a las costas gallegas.
Por otro lado, el Tribunal Superior emitió el pasado mes de mayo otra orden provisional sobre el Instituto Cervantes situado en el centro de Londres, en relación al laudo dictado a favor de otro inversor renovable, Blasket Renewable Investments (caso Infrared), a quien se le reconoció el derecho a recibir una compensación de 28,2 millones de euros.
Rechazo de la inmunidad soberana
La autorización de embargo que se ha conocido este viernes tiene lugar después de que el pasado mes de mayo el juez de este mismo tribunal londinense Peter Fraser desestimara la petición España, basada en su inmunidad soberana, de anular el laudo que el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) -órgano dependiente del Banco Mundial- dictó en 2018 a favor de los titulares de este litigio. La decisión en contra para el estado español aún no es firme, ya que contra ella cabe recurso, si bien que abrió la puerta a iniciar los trámites de embargo.
De hecho, esta última resolución tampoco es definitiva, ya que el Tribunal Superior da dos meses de plazo a España, representada por la Abogacía del Estado, para solicitar la “modificación o anulación de esta orden”, que se ha adoptado sin darle la oportunidad de presentar alegaciones, ha admitido la corte.
La orden final de embargo se decidirá en una vista celebrada por el Tribunal de Comercio “en una fecha que se fijará no antes de los 21 días siguientes a la notificación de la orden” y “no antes de los 21 días siguientes a la expiración del plazo” dado a España para impugnar dicha resolución, según ha explicado el Tribunal Superior de Londres.
Desde 2021
España no ha pagado ninguno de los laudos que, de momento, se han dictado a favor de los inversores perjudicados por el recorte de las renovables. La Abogacía del Estado arguye que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha puesto límites a los arbitrajes de inversión cuando las dos partes implicadas residen en zona comunitaria; y que la Comisión Europea tiene que autorizar dicho abono tras comprobar que no se corresponde a una “ayuda ilegal de Estado”.
En el caso Antin, los trámites para bloquear cuentas y bienes del Estado español en el extranjero, a fin de salvaguardarlos para poder recibir la compensación millonaria correspondiente, se iniciaron en 2021 tras la sentencia del Tribunal Superior de Londres que confirmó el laudo del Ciadi, que condenó al Estado español a indemnizar con más de 120 millones de euros, más intereses, a los fondos oportunistas que compraron los derechos de Antin.
El fondo francés ya no tiene ningún tipo de vinculación con este litigio, si bien el pasado mes de junio volvió a mostrar sus intenciones de invertir en suelo español y, a través del vehículo GCE BidCo, lanzó una opa sobre la totalidad del capital del productor independiente de renovables Opdenergy Holding.
Con dicha sentencia vinculante, los titulares del laudo solicitaron en distintos tribunales internacionales la ejecución de la resolución arbitral. Uno de ellos fue el Tribunal Supremo de Australia, que tampoco aceptó los argumentos de los servicios jurídicos españoles sobre la inmunidad soberana para evitar pagar las indemnizaciones por el recorte de las renovables y dio luz verde a otros posibles embargos.
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