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Hacienda planea recurrir la sentencia que ordena recalcular el valor de Rumasa 40 años después de su expropiación

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid aún no es firme, ya que se puede impugnar ante el Tribunal Supremo

El empresario fallecido José María Ruiz-Mateos, fundador del grupo Rumasa
El empresario fallecido José María Ruiz-Mateos, fundador del grupo RumasaEfe
Nuria Morcillo

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ha ordenado al Ministerio de Hacienda determinar el justiprecio del grupo Rumasa, expropiado por el Gobierno presidido por Felipe González el 23 de febrero de 1983, aún no es firme. Contra ella cabe presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, que tendrá la última palabra sobre si procede hacer el recálculo de las acciones del holding y si cabe indemnizar a los herederos del fundador de la compañía, el fallecido José María Ruiz-Mateos, por la pérdida de bienes y derechos expropiados. Todo ello dependerá de si la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Hacienda, presenta dicha impugnación ante la máxima instancia judicial.

Según han informado fuentes jurídicas a CincoDías, lo previsible, atendiendo a lo ocurrido en otros casos similares, es que los servicios jurídicos del Estado recurran esta sentencia ante el Alto Tribunal. Por ello, las fuentes consultadas han apuntado que los abogados del Estado ya estudian los fundamentos del fallo judicial para decidir si presentan dicho recurso y cómo argumentar dicho escrito.

En el marco de la sentencia del TSJM conocida este viernes, la Abogacía del Estado se opuso a la petición que la viuda de Ruiz-Mateos, Teresa Rivero –actuando en su nombre y en el de los socios de Rumasa–, planteó sobre la necesidad de fijar definitivamente el justiprecio de Rumasa, y que abriría la puerta a una eventual indemnización en caso de obtener una estimación positiva. Entre sus argumentos, la institución que defiende los intereses estatales destacó que la sentencia del Tribunal Constitucional de 1991, que avaló la ley de expropiación de la compañía, fue “clara” al expresar “la situación negativa del patrimonio neto” del grupo. Asimismo, sostuvo que la Administración del Estado valoró la empresa en cifras negativas. En concreto, en -261.000 millones de pesetas (-1.568 millones de euros).

No obstante, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una sentencia del pasado 19 de junio, consultada por este diario, ha dado la razón a la familia Ruiz-Mateos, al estimar el recurso de Rivero contra la resolución de la Dirección General del Patrimonio del Estado, de mayo de 2021, en la que rechazó la mencionada solicitud.

El órgano dependiente del Ministerio de Hacienda desestimó la petición de revisión de las acciones y participaciones de Rumasa, al considerar que el asunto era “cosa juzgada”. Este hecho fue cuestionado por la defensa de la viuda de Ruiz-Mateos, que estimó que el precio del grupo empresarial es de cerca de 14.000 millones de euros, al destacar que no existe una “declaración judicial firme” sobre esta cuestión. Y así lo ha reconocido el TSJM.

Más de un centenar de reclamaciones

La discusión sobre la tasación del grupo Rumasa se remonta a los años 90, cuando la Administración del Estado hizo su estimación negativa y el Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Madrid declaró que el valor de cada una de las más de ocho millones de acciones expropiadas era de cero pesetas. Esto intensificó la presentación de reclamaciones, superando el centenar, por parte de los Ruiz-Mateos y accionistas minoritarios para exigir la revisión de los bienes expropiados.

El TSJM confirmó el criterio de la administración, si bien, en algunos casos, estimó parcialmente y ordenó el recálculo del precio de algunas de las empresas como Banco de Albacete, Banco Atlántico, Banco Condal, Galería Preciados, Hoteles Agrupados o la finca La Almoraima, entre otros. Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó estas decisiones judiciales parciales y en varias sentencias, dictadas a partir de 2001, señaló que debía tenerse en cuenta la “actualización y consolidación de balances”.

Y son estos pronunciamientos abriendo la puerta a actualizar el precio de las compañías pertenecientes al grupo desaparecido lo que ha motivado al TSJM a posicionarse en línea con la familia Ruiz-Mateos. Según explicó, tanto sus fallos anteriores como los del Supremo tienen una trascendencia jurídica y, por tanto, “resultaba correcto diferir a ejecución de sentencia la fijación del justiprecio habida cuenta la pendencia de otros procesos de cuya resolución depende la existencia de datos decisorios para la valoración consolidada del grupo”.

Tras conocerse esta sentencia, que previsiblemente será recurrida, la familia Ruiz-Mateos destacó en un comunicado que el Estado ha “vendido” algunas de las filiales expropiadas y “al día de hoy (...) no ha pagado un solo euro, antes tampoco una sola peseta” a los socios de Rumasa.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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