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Los tribunales desoyen al Supremo y aprietan a la banca por las ‘revolving’

Las Audiencias Provinciales piden unificar criterios En general, consideran usura un tipo superior al 20%

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.

Choque judicial entre tribunales por las tarjetas revolving. Las Audiencias Provinciales consideran, en general, que un tipo superior al 20% en este tipo de productos financieros es usurario. De esta forma, están apretando a la banca, ya que aplican un umbral más estricto que el fijado por Tribunal Supremo en 2020 y ratificado el año pasado.

Las tarjetas revolving son uno de los productos financieros más controvertidos de los últimos años, porque conllevan ciertas peculiaridades que resultan complejas para algunos clientes. La modalidad revolving permite aplazar y fraccionar los pagos de las compras. Sin embargo, en lugar de pasar el cobro a mes vencido, como en una tarjeta de crédito tradicional, el abono se realiza en cuotas mensuales que generan intereses, generalmente altos, que rondan y superan el 20%.

El alto tribunal había determinado en sus últimas sentencias de 2022 que para resolver si un crédito revolving es usuario había que comprobar el precio normal del dinero (entendido como la tasa anual equivalente, TAE) en el momento de firmar el contrato. También consideraba que para créditos formalizados entre 1999 y 2009 eran habituales TAE que se movían en un rango de entre 23% y 26% por lo que tasas comprendidas en esa horquilla no eran usurarias.

A partir de ahí, las Audiencias Provinciales han ido resolviendo casos a cuentagotas, pero, en general, desoyen la línea marcada por el Supremo. Algunos tribunales, en lugar de tomar como referencia la TAE, tienen en cuenta el TEDR (tipo efectivo definición restringida) y otras el TIN (tipo de interés nominal), que reflejan tasas inferiores. Igualmente, estiman de forma general que un tipo superior al 20% sí es usurario.

Respecto a esta cuestión, las entidades han recibido recientemente un espaldarazo por parte del Banco de España. El supervisor ha aclarado en las tablas que publica mensualmente sobre los tipos de interés aplicados por los bancos que el índice TEDR no refleja el coste real para el cliente. “La finalidad de los tipos TEDR es básicamente proporcionar al Eurosistema información relevante para el análisis de la transmisión de la política monetaria, pero no son, a diferencia de los tipos TAE, una referencia adecuada ni comparable del coste total para los clientes de la financiación concedida”, detalla el Banco de España.

En ese sentido, las defensas de los bancos han celebrado esa aclaración del supervisor, ya que consideran que los jueces comenzarán a tener en cuenta las TAE y elevará las probabilidades de fallos favorables a sus intereses. De hecho, apuntan que lo más razonable es que el Alto Tribunal también haga referencia en sus futuras resoluciones a este nuevo inciso del Banco de España para despejar las dudas que han ido apareciendo al respecto, sobre todo, en los dos últimos años.

Tipos desproporcionados

Más allá del índice a tener en cuenta, existen más discrepancias en las sentencias. Cada Audiencia Provincial está adoptando un criterio diferente a la hora de determinar qué se considera un tipo de interés “notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado”, al que se refiere el Supremo para considerar usura. Así, algunos tribunales consideran que un crédito revolving es excesivo cuando supera en 2 puntos porcentuales el tipo medio, otros cuando se excede en 4,5 puntos y otros cuando es 5 puntos superior.

Tanto los tribunales como las entidades, juristas y clientes bancarios están en vilo ante un nuevo pronunciamiento del Supremo para establecer jurisprudencia y determinar cuándo una TAE es desproporcionada y se puede considerar usuraria. De hecho, algunos jueces reclaman que sea el legislador el que establezca un criterio claro sobre la usura, como ocurre en algunos países del entorno. Las fuentes jurídicas consultadas esperan un rápido pronunciamiento del alto tribunal. En Portugal está en la actualidad en un diferencial sobre el tipo medio del 25%; Dinamarca del 35%; Alemania superior a 12 puntos; Italia 25% más 4 puntos; Suecia 40%.

Se trata de una decisión clave para los bancos, ya que en los últimos años han recibido una avalancha de reclamaciones por este motivo. Las estadísticas del Banco de España reflejan que las quejas relacionadas con las revolving se han multiplicado por 50 en los últimos años, al pasar de 204 en 2018 a 10.132 en 2021 (último dato disponible). Según los datos del supervisor, la banca acumula un saldo vivo de 11.400 millones de euros en crédito revolving, por lo que se enfrenta a litigios millonarios en esta causa.

De hecho, fuentes financieras afectadas por los recientes fallos de las Audiencias Provinciales aseguran que recurrirán las últimas sentencias que van en contra de sus intereses.

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