El crédito para formar a empleados en ERTE será de entre 320 y 425 euros por persona
El BOE publicó ayer el detalle de los nuevos requisitos de los nuevos expedientes de regulación de empleo, entre los que están los incentivos a la formación de empleados
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer el real decreto que recoge las nuevas condiciones para los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) al amparo de la crisis del Covid que estarán en vigor desde el 1 de noviembre al 28 de febrero de 2022. Todas las empresas que ahora tienen uno de estos ERTE, además de las que quieran acogerse a uno nuevo, tendrán que volver a solicitarlo durante todo el mes de octubre. Como novedad en estas prórrogas las empresas que formen a sus trabajadores tendrán exoneraciones del 80%; mientras que si no dan formación dicha exención de cuota baja al 50% en empresas de menos de 10 trabajadores y al 40% en las de tamaño superior.
Este texto publicado en el BOE despeja algunas de las dudas sobre cómo deberán ser estos cursos formativos, que fueron además una de las cuestiones que más rechazó la patronal para sellar el acuerdo al considerar imposible llevarlos a cabo. Igualmente los sindicatos han reconocido la dificultad de su puesta en marcha.
Estas son algunas aclaraciones para la gestión de estos cursos conocidas ayer:
¿Qué empresas deberán formar a sus trabajadores para recibir mayores exoneraciones de cuotas?
Todas las que soliciten en octubre la autorización de prórroga de los expedientes de regulación temporal de empleo vinculados a la crisis pandémica y aquellas que presenten y aquellas que presenten un ERTE por impedimento o por limitaciones a la actividad normalizada y tránsito entre ambos.
¿Qué tipo de formación deberá facilitar la empresa?
La empresa podrá escoger cualquiera de los tipos de formación profesional para el empleo en la Ley 30/2015. Esto es formación bonificada en la empresa o programas de oferta diseñados por patronales y sindicatos.
¿Quién y cómo se van a costear los cursos?
La financiación de estas acciones formativas correrá a cargo de una aportación extraordinaria del Servicio Público de Empleo Estatal. Las empresas deberán canalizar este coste a través de “un incremento del crédito para la financiación de acciones en el ámbito de la formación programada”. De esta forma, a las compañías en ERTE que formen a sus trabajadores se les aumentará el crédito que ya tienen anualmente –según lo que pagan por la cuota de formación– en las siguientes cantidades: En empresas de 1 a 9 trabajadores, 425 euros por persona; en las que tengan una plantilla de 10 a 49 personas, 400 euros por trabajador; y en las de más de 50 empleados, 320 euros por cada uno que se forme.
¿La formación debe estar relacionados con la actividad de la empresa o del trabajador?
No. Pero sí se priorizarán las acciones formativas para atender las “necesidades reales” de la empresa y los trabajadores incluyendo las orientadas a la capacitación digital y la empleabilidad del trabajador, “aunque no tenga relación directa con la actividad desarrollada en la empresa”, indica la norma.
¿Hay un plazo para realizar los cursos?
Sí. El plazo para la impartición de estas acciones finaliza el 30 de junio de 2022.
¿Cómo sabrá la Seguridad Social si la empresa ha formado a sus trabajadores para aplicarle una exoneración u otra?
Transcurrido el plazo máximo para la ejecución de las actividades formativas (30 de junio de 2022), la Tesorería de la Seguridad Social comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal la relación de los trabajadores por los que las empresas se han aplicado las exoneraciones del 80% entre el 1 de noviembre y el 28 de febrero. Posteriormente el SEPE “verificará” que la formación se ha realizado. Y si detectara que no han existido las acciones formativas, la Seguridad Social se lo comunicará a la Inspección de Trabajo para que ésta inicie los expedientes sancionadores y liquidatorios para aplicarles la diferencia con las exoneraciones más bajas que les corresponderían. No obstante, si la empresa puede acreditar que sí facilitó los cursos a sus trabajadores podrá cobrar la mayor exoneración, aunque el trabajador no haya asistido al curso.
¿Hay un mínimo de horas de formación de que deba cumplirse?
Sí, pero solo para empresas a partir de 10 trabajadores en plantilla. Aquellas de 10 a 49 trabajadores tendrán que hacer cursos de, como mínimo, 30 horas; y las compañías con 50 empleados o más, acciones formativas de al menos 40 horas.
El SEPE pierde 1.500 efectivos pese al aumento de su carga de trabajo
Los representantes de la función pública de los sindicatos CSIF, UGT y CC OO se han puesto en pie de guerra estos días ante el inminente cese de otros 500 trabajadores del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) hoy, 30 de semptiembre, después de que ya cesaran 500 el pasado 30 de julio. Además está previsto que otros 500 empleados de este organismo sean cesados también el próximo 30 de diciembre.
En total, el SEPE perderá 1.500 efectivos solo en el segundo semestre de este año, dedando su plantilla total en unos 6.500 trabajadores, una cifra inferior incluso que la que existía cuando estalló la pandemia.
Los sindicatos advierten que esta pérdida de trabajadores cualificados y expertos en tramitar expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) y prestaciones podría causar un colapso del SEPE aún mayor que el sufrido durante algunos meses de la crisis. Esto ocurrirá porque se abre una nueva etapa en la que todas las empresas con ERTE deberán volver a solicitarlo en octubre y a partir del uno de noviembre los trabajadores del SEPE tendrán que participar también en la gestión de la formación de los trabajadores afectados por un expediente de regulación.
El pasado 30 de julio cesaron a 500 trabajadores, la misma cifra que se cesarán mañana 30 de septiembre y el próximo 30 de diciembre. Se trata de 1.500 personas altamente cualificadas y especializadas en el reconocimiento de los ERTEs Con esta nueve sangría de personal, el organismo se quedará con con 6.500 efectivos, cifra menor que la existente cuando estalló la pandemia. La escasez de personal, el cansancio y la desmotivación de la plantilla ante la falta de soluciones hace muy difícil que se puedan realizar jornadas de diez y doce horas diarios. En estas circunstancias no se podrá gestionar la prórroga de los ERTES firmada por los agentes sociales y el ministerio de Trabajo y Economía social.