El BOE publica las normas que regulan la fase 0 desde este lunes
El Gobierno también publica las órdenes ministeriales para la fase 1 en las islas
El Boletín Oficial del Estado ha publicado este domingo las órdenes ministeriales que regirán la fase 0 a partir de mañana en el conjunto de España y la fase 1 en las islas de Formentera, Gomera, El Hierro y La Graciosa.
En una edición especial, el BOE ha publicado cinco órdenes para regular este paso en la desescalada del estado de alarma en que se halla España por la pandemia del coronavirus.
En la primera orden se dictan instrucciones sobre la utilización de mascarillas en los distintos medios de transporte y se fijan requisitos para garantizar una movilidad segura de conformidad con el plan para la transición hacia una nueva normalidad. Según la orden, se estima necesario en el momento actual fijar las condiciones de utilización de las mascarillas en los distintos modos de transporte, como medida transversal para asegurar la contención de los contagios, así como establecer los criterios de ocupación de los vehículos y concretar otras medidas dirigidas a asegurar el compromiso conjunto de la población. Según dicha orden, el uso de mascarillas que cubran nariz y boca será obligatorio para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo. En el caso de los pasajeros de los buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote. Asimismo, será obligatorio para los usuarios de los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
En otra orden, se levanta la suspensión de las obras y reformas que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en esta orden. Asimismo, mediante esta modificación se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.
La orden más extensa y de impacto más general es la que establece las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado. Es la que fija las condiciones de la fase 0 (se pueden consultar resumidas aquí).
Pero también se ha publicado la orden que regula la fase 1 en las islas de Formentera, Gomera, El Hierro y La Graciosa. En ella, se flexibilizan determinadas restricciones sociales y se determinan las condiciones de desarrollo de la actividad de comercio minorista y de prestación de servicios, así como de las actividades de hostelería y restauración en los territorios menos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Finalmente, Sanidad permitirá visitar a familiares y amigos vulnerables con “rigurosas medidas de protección” ya en la fase 1, según consta en dicha orden. Los nietos, por tanto, podrán visitar a los abuelos. No hay definición de "vulnerable" en la orden.
Por último, el BOE también recoge la orden por la que se regula el proceso de cogobernanza con las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla para la transición a una nueva normalidad. La disponibilidad de camas UCI y la de camas hospitalarias para enfermos agudos serán los únicos requisitos totalmente imprescindibles para pasar de fase. En el resto se hará una valoración global.
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