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DESESCALADA

Sanidad permitirá visitar a familiares vulnerables con “rigurosas medidas de protección” en la fase 1

Los habitantes de Formentera, Gomera, El Hierro y La Graciosa pueden reunirse desde este lunes

Jubilados en Madrid, en una imagen de archivo.
Jubilados en Madrid, en una imagen de archivo.PABLO MONGE

Los mayores también podrán participar bajo ciertas condiciones en las reuniones de un grupo reducido de personas que se permitirán en la fase 1 de la desescalada, según la orden ministerial publicada este domingo en el Boletín Oficial del Estado y que de momento afecta solo desde este lunes a las islas de Formentera, la Gomera, el Hierro y la Graciosa. Se espera que para numerosas provincias la fase 1 empiece el 11 de mayo. Está por ver en todo caso que el Gobierno mantenga la misma regulación de la fase 1 en el resto de España cuando llegue el momento.

Esas reuniones de la fase 1 pueden ser de hasta un máximo de 10 personas y en principio el Gobierno había señalado que se excluía de ellas a las personas vulnerables, pero finalmente también ellos podrán participar.

En otro ejemplo de técnica legislativa deficiente, en la exposición de motivos de la norma se asegura que con la orden "se flexibilizan determinadas restricciones sociales, lo que permitirá volver a mantener contacto social en grupo reducidos de no más de diez personas, siempre que no se trate de colectivos especialmente vulnerables a la enfermedad". Sin embargo, en los artículos de la norma no se incluye esa prohibición sino lo contrario, una autorización.

Así, el artículo 2, que señala el ámbito de aplicación de la norma indica que la orden será las islas de Formentera, la Gomera, el Hierro y la Graciosa. Y a continuación dice que "podrán hacer uso de las habilitaciones previstas en esta orden las personas vulnerables siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo rigurosas medidas de protección".

Curiosamente, la orden no define lo que se entiende por personas vulnerables, no especifica que se refiera a personas vulnerables al coronavirus, ni tampoco incluye en su ámbito de aplicación a las personas sanas o no vulnerables, pero aparentemente todo eso se debe a nuevos errores de técnica legislativa, pues el Gobierno en sus mensajes públicos sí ha dejado claro que las personas sanas pueden participar en esas reuniones.

En lo que sí es clara la norma es en que no podrán hacer uso de los nuevos permisos "las personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por Covid-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de Covid-19".

Además de exigir "rigurosas medidas de protección" a las personas vulnerables, también hay reglas para el conjunto de los habitantes: "En todo caso, durante estos contactos sociales con terceros no convivientes deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del Covid-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros o estableciendo medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria", dice la norma.

En la norma se autorizan las reuniones en las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración de hasta un máximo de 10 personas por mesa o agrupación de mesas. "La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal", dice la orden.

Uso compartido del coche

En la orden se permite el uso compartido de vehículos privados limitado a un conductor y a un ocupante, que deberá ir en la parte trasera del vehículo. No obstante, las personas que residan la misma vivienda podrán compartir un mismo vehículo con la única limitación del número de plazas autorizadas para el mismo.

Según la norma, se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo y que se cumplan las medidas generales de higiene y distancia física establecidas por las autoridades sanitarias.

En materia de movilidad, sin embargo, hay otra laguna legal evidente. Se permiten las reuniones, se permite abrir a terrazas, tiendas y establecimientos, pero no se ha cambiado la norma que impide usar las vías públicas para desplazamientos de primera necesidad cono ir a comprar comida o a la farmacia, salvo por lo que se refiere a paseos en un radio de un kilómetro y a la práctica del deporte dentro del municipio. Es decir, el Gobierno se ha olvidado de dar permiso para esos desplazamientos a reuniones de amigos o familiares, aunque parece otro fallo de técnica legislativa.

Comercios y terrazas

La orden también regula con un amplio grado de detalle las condiciones que deben cubrir los comercios y las terrazas de los restaurantes y bares para adaptarse a la nueva normalidad.

En el ámbito del comercio minorista y de prestación de servicios, se autoriza la reapertura de los locales y establecimientos minoristas de menos de 400 metros cuadrados, sin necesidad de adoptar cita previa, en contraposición con la medida más restrictiva prevista para el resto del territorio nacional en la fase 0, al tiempo que se establecen las condiciones en las que se debe desarrollar esta actividad, estableciéndose el aforo máximo y las distancias mínimas que es necesario respetar.

Se establece que se reduzca al 30% el aforo total en los locales comerciales. En el caso de establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción. En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente. Además, se debe establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. Se podrán establecer sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos, siempre que se garantice una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.

Igualmente, en este ámbito, se establecen las condiciones de seguridad e higiene aplicables al abastecimiento de productos alimentarios y de primera necesidad, a través de la red de suministro de venta ambulante (mercadillos).

Hay numerosas normas de higiene para los comercios que reabran sus puertas, para los establecimientos, para los trabajadores y para los clientes. Algunas medidas pueden ser problemáticas para el desarrollo de algunos negocios. Por ejemplo, en los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona, después de su uso se limpiarán y desinfectarán. En caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes que sea facilitada a otros clientes

Terrazas, hacia la nueva normalidad

Finalmente, con respecto al desarrollo de las actividades de hostelería y restauración se establece la reapertura al público de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración, permitiéndose las reuniones de hasta un máximo de 10 personas y limitándose al 50% el número de mesas permitidas con respecto al año inmediatamente anterior. Asimismo, se regulan las necesarias medidas de prevención e higiene a adoptar.

Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos. Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se evitará el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares. Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares. La ocupación máxima de los aseos por los clientes será de una persona,

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