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Cuántos años debe cotizar un autónomo y cuánto pagar para mejorar su pensión

La decisión de elevar la base de cotización es importante a la edad en que empieza a ser incluida en el cálculo de la pensión

Cuánta cotización se debe hacer a la Seguridad Social es uno de los grandes dilemas de los autónomos. La peculiaridad de este colectivo (cada uno puede elegir su base entre un mínimo y un máximo) deja en manos del propio trabajador la difícil tarea de determinar la cuantía del ahorro para la jubilación que desea realizar. La disyuntiva es evidente: pagar más ahora para cobrar una pensión mayor en el futuro o bien ahorrar y confiar en una cobertura privada como complemento.

Dado que el sistema permite la libre elección individual de las bases de cotización, la decisión no es fácil: no solo cuánto (entre el mínimo y el máximo que cada año fija el Gobierno) sino también a qué edad se debería empezar a cotizar más para intentar maximizar el cobro futuro.

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Todas estas decisiones implican "un grado de incertidumbre muy elevado", según el informe reciente de Cunef y Fedea titulado Normativa de cotización y pensiones de trabajadores autónomos en España: ¿Se incentiva al ahorro de ciclo vital?. La elección de la cuantía, concluyen estos expertos, "exige una gran cantidad de información y la capacidad de predecir la evolución futura de numerosas variables individuales (ingresos y gastos futuros de la actividad) y agregadas (variables de pensiones, tipos de interés)".

Cobrar una pensión más alta: ¿a qué edad cambio la base?

Gran parte de los autónomos cotizan por la base mínima. Según el informe de Fedea "la base mínima de cotización es, con mucha diferencia, la base elegida de modo más habitual por nuestros trabajadores autónomos (independientemente de su sector de ocupación o características personales)". Datos del Ministerio de Trabajo apuntan a que el 86% de ellos elige la base mínima, que en 2019 se sitúa en 944,40 euros al mes. 

Hasta cierta edad, "no existe incentivo a cotizar por encima de esa base mínima”, constata el estudio de Fedea. Es decir, la decisión de cuánto cotizar empieza a ser determinante a partir de la edad en la que la base que elija el autónomo empiece a incluirse en la base reguladora para el cálculo de la pensión. Es lo que el informe de Fedea denomina "edad óptima de primera cotización". Pero ¿cuál es esa edad óptima para los autónomos? Depende de muchos factores, entre ellos, la edad actual del trabajador, cuándo se quiere jubilar y qué pensión pública aspira a cobrar. Y es por ello que esa edad es individual y será diferente para cada uno de los trabajadores (ver tabla). 

Según este estudio, "no hay nada que premie cotizar por encima de la base mínima en los años que no son tenidos en cuenta para calcular la pensión". Es decir, sería óptimo que todos los autónomos coticen por la base mínima en los años que no se incluyen en la base reguladora de la pensión (aquellos alejados de la edad de jubilación). Cotizar por bases mayores en esas edades “lleva a pagar cuotas sociales superiores pero no tiene ningún impacto en la pensión”. Así, si una persona planea jubilarse a los 67 años, esto supone que debería empezar a plantearse bases elevadas a partir de los 42 años.

Pero hay que tener en cuenta que desde 2011, la edad límite en la que el autónomo puede elegir libremente su cotización se sitúa en 47 años. Además, la edad legal de jubilación se va elevando gradualmente hasta que alcance los 67 años en 2027. Y también se va ampliando el número de años incluidos en la base reguladora, que se situará en los 25 años en 2021. Todo ello complica los cálculos del autónomo: teóricamente, entre los 42 y los 47 años es la edad en la que debe decidir cuándo elevar la base. 

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A modo de ejemplo, un trabajador autónomo que en 2019 tenga 35 años (nació en 1984) deberá plantearse primero a qué edad quiere jubilarse. Si aspira a jubilarse a los 67 (edad legal cuando le llegue el turno) deberá tener en cuenta que sus pagos a la Seguridad Social se incluirán en la pensión desde que cumple los 42 años. Si bien tendrá hasta los 47 años para poder cambiar libremente su base.

Aún así, "son pocos los autónomos que eligen altos niveles de cotización" a los 47 años y muchos economistas "lo han atribuido a una estrategia racional basada en la pensión mínima". Y lo atribuye a una expectativa del trabajador de que la pensión mínima subirá más que las bases mínimas. Esto es, hay un rango de bases de cotización por encima de la base mínima en las que cotizar un euro adicional "reduce la riqueza de ciclo vital del autónomo" 

Lo normal, señala el informe, es que "no haya incentivo a aumentar la cotización, ya que las cotizaciones en exceso de la mínima no aumentan la pensión". Además, la pensión mínima es lo suficientemente elevada para que genere unas "tasas de retorno implícitas muy altas (las mayores del sistema)". 

Hasta la reforma de la Seguridad Social 2011, la estrategia para el autónomo "era realmente sencilla", dado que podía cambiar libremente su base de cotización hasta que cumplía los 50 años. Entonces, la edad óptima para empezar a cotizar por encima de la base mínima (en caso de querer cobrar una pensión superior) era similar para todos, y coincidía en esos 50 años (resultado de combinar 65 años de edad de jubilación con el periodo de 15 años que se tenía en cuenta la base reguladora de la pensión). La mejor manera de optimizar era "cotizar la mayor parte de la vida laboral por la base mínima y cambiar a la mayor cotización posible en los años incluidos en la base reguladora”. 

Cobrar el 100% de la pensión: ¿cuántos años se debe cotizar?

Otra cuestión que debe plantearse el autónomo es cuántos años debe trabajar para poder cobrar el 100% de la pensión. En este aspecto, el trabajador autónomo no se diferencia del asalariado. 

En primer lugar, para cobrar una pensión contributiva se exige que el trabajador haya cotizado al menos durante 15 años. Pero con ese periodo, la pensión que se cobra es muy baja: se aplica un 50% a la base reguladora.

Esto es así porque la cuantía de la pensión de jubilación es el resultado de aplicar a la base reguladora un porcentaje en función de los años que el trabajador ha cotizado. Así, por los primeros 15 años cotizados se aplicará el 50% y a partir del año 16 de cotización se añadirá un 0,19% por cada mes adicional. Para los que superen el mes 248 se añade el 0,18%. 

De esta forma, por ejemplo en el año 2019 será necesario haber cotizado 35 años y seis meses para poder jubilarse con el 100% de la pensión pública en la edad legal, es decir, 65 años y ocho meses. Si se quiere jubilar con 65 años, será necesario haber cotizado 36 años y 9 meses. 

Sobre la firma

Cecilia Castelló Llantada
Es redactora jefa de la mesa digital en Cinco Días, periódico donde trabaja desde el año 2000. Licenciada en Economía y Periodismo, ha escrito en la sección de Mercados, en Empresas y, en los últimos años, ha formado parte del equipo que ha impulsado la transformación digital del diario económico decano de España

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