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En colaboración conLa Ley
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Sancionada la empresa que obligó a empleados subrogados a renunciar a la antigüedad

El juez anula la cláusula al considerar que vulnera los derechos de los trabajadores

Getty Images

Sancionada una empresa que hizo firmar a sus trabajadores subrogados una renuncia a la antigüedad. Así lo determina el Juzgado de lo Social de Toledo en una reciente sentencia (cuyo texto íntegro puede consultar aquí) en la que confirma que se ha producido una infracción "muy grave" del convenio colectivo y del Estatuto de Trabajadores (ET) y fija una sanción de 16.000 euros.

Según consta en el relato de los hechos probados, una empresa de transporte de autobuses cedió a sus ocho trabajadores, con los que tenía contraídas deudas que rondaban los 12.000 euros por empleado, a una segunda compañía, también dedicada al transporte de autobuses. La demandada suscribió un acuerdo con los empleados por el que se comprometió a abonar créditos de 8.000 euros a cada uno con la condición de que estos renunciaran con carácter indefinido a la antigüedad en cuanto complemento económico en su salario. Además, obligó a los empleados a firmar un documento por el que declararon que no tenían nada que reclamar a ambas empresas por su relación laboral.

A raíz de esto, la inspección de trabajo sancionó a la empresa con 16.000 euros al entender que el pacto sujeto a controversia vulneraba los derechos de los trabajadores e infringía tanto el ET como el convenio de aplicación en este caso (el de las compañías de transportes de viajeros por carretera). No obstante, la Consejería de economía, empresas y empleo anuló la sanción al respaldar el argumento de ambas compañías, que defendían que no eran empleados subrogados.

Situación de inferioridad

En su sentencia, la juez afirma que "no llega a entender cómo es posible que se dejara sin efecto el acta de la inspección en cuanto a la existencia de la sucesión de empresa". En este sentido, confirma que todos los elementos de la actividad son constitutivos de una operación de subrogación (cesión de concesiones, vehículos y trabajadores). Así, y "por mucho que lo niegue la empresa demandada", la juez confirma la condición de los trabajadores como subrogados.

Por otro lado, el juzgado considera que los trabajadores se encontraban en una "situación de inferioridad respecto al empresario". La compañía, explica la juez, conociendo de la posibilidad que tenían los trabajadores de reclamar los pagos pendientes que tenían con la anterior empleadora, "firmó un acuerdo con ellos para zanjar tales deudas". Ante una pérdida de empleo y de posibilidad de cobro, los trabajadores optaron por aceptar cualquier condición, renunciando a un derecho reconocido en convenio, consolidado y que además, forma parte del salario.

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