Las dudas sobre el registro de jornada hacen necesario un reglamento
La mayor parte de las empresas no se han preparado para una norma que genera muchas y muy razonables incógnitas
El desconcierto, las dudas y hasta la indiferencia por desconocimiento reinaban ayer en muchas empresas españolas respecto a la obligación de registro de la jornada laboral de los trabajadores que entró en vigor el pasado domingo. Con la excepción de algunas grandes compañías y de aquellos sectores en los que tradicionalmente ya existe esta práctica, la mayor parte de las empresas no se han preparado para cumplir una norma cuya aplicación sobre el terreno genera muchas y muy razonables incógnitas. Aunque algunos empresarios han optado por implantar un registro manual de las entradas y salidas de sus plantillas en un intento por cumplir el decreto, que contempla sanciones superiores a 6.000 euros, los interrogantes sobre cómo resolver la casuística generada en torno al texto han sido la nota dominante en muchas empresas.
Pese a que no es ninguna novedad que el desconocimiento de la ley no excluye su cumplimiento y aunque las empresas, al igual que los ciudadanos, son responsables de conocer y acatar la legislación, hay razones objetivas no atribuibles a las compañías que explican la confusión que está generando el decreto. El hecho de que el Ministerio de Trabajo haya esperado hasta ayer para publicar una guía práctica que ayude a los empresarios a instaurar los registros constituye una señal suficientemente significativa sobre la escasa o al menos insuficiente planificación con la que parece haberse afrontado este tema. La necesidad de esa guía no es casual, sino la consecuencia lógica de una norma cuyo enunciado es aparentemente sencillo, pero también lo suficientemente general como para hacer necesario un desarrollo reglamentario que el Gobierno de momento no contempla.
A ello hay que sumar la falta de un diálogo reposado y previo con las empresas, una iniciativa que hubiese subsanado muchas dudas, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas, que son las que cuentan con menor asesoramiento y a las que resultará más gravoso el cumplimiento de la norma. A la vista de las dificultades que está generando la aplicación del decreto, Trabajo ha acertado con su decisión de no imponer sanciones durante estos primeros días, aunque anunciar expresamente ese periodo de gracia tampoco ayudará a concienciar a las empresas para implantar el registro. En cualquier caso, el deber de controlar la jornada laboral es una medida pensada para luchar contra la precariedad en el mercado de trabajo, el fraude en la contratación y el impago de horas extras, tres problemas lo suficientemente serios como para pulir, desarrollar y aclarar al máximo la ley.