¿Perderán los de siempre con las criptomonedas?
Desde el blanqueo al fraude fiscal y las estafas: urge regular este instrumento
En los últimos tiempos no cesan de aparecer artículos relacionados con el uso de las criptomonedas, en general, y del bitcoin, en particular. La mayoría de este tipo de noticias inciden sobre el peligro que tienen estas monedas virtuales como instrumentos de estafa individual o colectiva, o para blanquear el dinero procedente de actividades delictivas, lo que evidencia la urgente necesidad de regulación.
Hace unos meses, alguien me intentaba convencer de las bondades del bitcoin, moneda virtual en la que había invertido parte de sus ahorros. Su único argumento era que la tecnología que se utiliza, Blockchain (cadena de bloques), no admitía errores, manipulaciones ni fraudes, porque había una legión de “mineros” repartidos por todo el mundo que efectuaban las operaciones, sin estar interconectados entre ellos. Este entusiasta de su incierta inversión no supo decirme dónde estaba invertido su dinero, ni quién se lo devolvería en caso de que hubiera un desastre y desaparecieran esos “mineros virtuales”, ya que lo único que tenía como justificación de su inversión eran unas claves.
Son ya numerosas las estafas que han salido a la luz, algunas de ella curiosas e inverosímiles como la ideada por un valenciano que ahora se juzga en la Audiencia Nacional, quien puso en circulación el unete, una ciberdivisa equivalente a un dólar con la que prometía una rentabilidad anual del 275 %. En esta estafa “picaron” 22.000 inversores, de 78 países diferentes, que han perdido 228 millones de euros entre 2013 y 2015. El conocimiento de que el bitcoin logró que su cotización llegase a multiplicarse por 19 durante todo el año 2017 animó a la aparición de más criptomonedas que incrementaron su valor también de forma espectacular.
Pero junto a estas estafas fruto de la avaricia existe otro peligro del uso de las criptomonedas, el referido a su manejo para operaciones de blanqueo de capitales, o lo es que lo mismo, para dar legalidad a las ganancias procedentes del crimen organizado y de cualquier otra actividad delictiva.
Mucho me temo que la lentitud de reacción de los organismos ante un fenómeno de este tipo, unido a la rapidez vertiginosa de las nuevas técnicas digitales, y al hecho de que los delincuentes siempre van por delante de cualquier actuación o regulación normativa, se convierta en una carrera en la que ya se sabe de antemano quiénes son los perdedores. Así, hay quien distingue ya entre una internet oscura (Darknet), y una internet profunda (Deepweb), existiendo ya en esta segunda páginas webs en las que se facilita la transformación de otras monedas virtuales procedentes de actividades ilícitas en bitcoins limpios, capaces de no dejar rastro sobre quién hizo qué, ni de quién es quién.
Nos encontramos en un momento crucial en el que resulta imprescindible que se regulen estas nuevas realidades que son ya las criptomonedas, que han encendido todas las alarmas de muchos estados y organismos internacionales. Uno de los primeros organismos en hacer saltar la señal de alarma fue la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA por sus siglas en inglés), que ha publicado informes advirtiendo del peligro de perder lo invertido en criptomonedas ante su faltar de regulación y garantías. En el mismo sentido se ha pronunciado, la Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos (SEC en inglés), que dice que todas las seguridades que tienen los inversores en Estados Unidos por sus regulaciones, desaparecen al invertir en criptomonedas.
Así pues, habría que empezar por definir si el bitcoin es una divisa, un activo financiero, un activo intangible o un activo digital, y en función de ello regular las actuaciones de vigilancia que deben cumplir los diferentes órganos supervisores de cada país-el Banco de España, la CNMV u otros en España- así como las garantías para los inversores. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea la define como una divisa, y el Banco Central Europeo como un activo digital.
Se debería incluir entre los sujetos obligados a comunicar operaciones sospechosas de blanqueo de capitales a los que intervengan en operaciones con estas monedas, por lo que la Unión Europea debería ponerse manos a la obra y modificar las Directivas sobre prevención del blanqueo de capitales, que supondría en España la modificación de la Ley10/2010, de prevención del blanqueo de capitales.
También se tienen que regular todos los aspectos tributarios. En España se han dado ya algunos pasos con la publicación de consultas de la Dirección General de Tributos sobre determinados aspectos de este tipo de inversiones. Respecto del control de las operaciones con estas criptomonedas, también en el Plan Anual de Control Tributario de 2018 se contempla como una de las líneas de actuación de la Administración Tributaria, el estudio de la incidencia fiscal de nuevas tecnologías, como blockchain, y, en especial, las criptomonedas. Consta también en dicho Plan que la Agencia Tributaria continuará con su labor de prevención y represión del contrabando, el narcotráfico, la delincuencia criminal organizada y el blanqueo de capitales procedente de dichos ilícitos, potenciando para ello el uso de las unidades de investigación, las unidades de nuevas tecnologías y de recopilación y análisis de información en todo tipo de redes. Todo un reto.
Urge tomar conciencia de que las criptomonedas son instrumentos que han venido para quedarse, como otros muchos avances tecnológicos y digitales, y han de hacerlo con las mayores garantías posibles para todos. Con una regulación clara se evitaría que resulten estafados los de siempre, y se tendrían que poner todos los impedimentos posibles para que los delincuentes no las utilicen para blanquear el dinero de sus actividades ilícitas. También sabemos que no será una tarea fácil.
José María Peláez Martos es Inspector de Hacienda del Estado