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Tribuna
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El reto de la hipérbole normativa en la UE

No quedan prácticamente ámbitos de la vida cotidiana que no se regulen desde Bruselas

Las sociedades contemporáneas se están viendo confrontadas con retos y desafíos que eran desconocidos hasta hace algunos años; en este sentido, la crisis económica y financiera ha puesto de manifiesto la debilidad de nuestra gobernanza económica. Pero esta no ha sido más que la punta del iceberg que sobresale entre una serie de cuestiones colaterales y que son percibidas como amenazas a los principios que hemos propugnado desde nuestras democracias: la crisis migratoria, el auge de los populismos en Europa, la revisión de la pertenencia a entes de integración nacional o supranacional –Escocia, Cataluña y ahora Reino Unido con su brexit– o la deslocalización y la globalización, por citar algunas de ellas.

Pero en nuestra opinión, uno de los desafíos más acuciantes a los que se enfrenta nuestra sociedad avanzada es el del exceso regulatorio, que puede también ser calificado de abuso reglamentario, hipérbole normativa, inflación legislativa, invasión regulatoria o, simplemente, como nos gusta denominarlo, hiperregulación. No son imputaciones sin fundamento ni afirmaciones gratuitas: en los últimos 15 años, la UE ha promulgado más de 40.000 disposiciones jurídicas vinculantes, de las cuales alrededor de 24.000 son normas de Derecho derivado, que en muchas ocasiones –por si no fuesen ya suficientes– necesitan de una actividad legislativa complementaria en los Estados miembros que las reciben; y esto ocurre, además, en un escenario de atribución de competencias limitadas: la UE solo tiene competencia exclusiva, conforme al Tratado de Lisboa, sobre unas materias muy tasadas: la unión aduanera, la política monetaria, la conservación de recursos pesqueros y la política comercial común.

Sin embargo, no quedan prácticamente ámbitos de la vida cotidiana que no se regulen desde Bruselas: por poner un ejemplo, los productos alimenticios y su composición –por la trascendencia que tienen para la protección del consumidor europeo–, de aquí que se regulen exhaustivamente los aditivos permitidos, los métodos y los procesos de producción; pero también se regula el tamaño de los tetrabriks e incluso la altura y el tamaño de las estanterías en los hipermercados, y ahora también se contempla regular las bebidas azucaradas, las alcohólicas y los alimentos procesados. Es decir, más allá de competencias, se regulan conceptos y concepciones vitales porque los enfoques de consumo a veces no son más que el reflejo de una forma de entender la realidad. En muchos casos, y como justificación, aportando ejemplos extremos y carentes de evidencia científica suficiente que los respalde. Elegir una cajetilla de tabaco es un acto de voluntariedad, pero si –como podría llegar a proponerse– estas no pudieran ser identificables por sus signos externos, llevaría a que el consumidor se viese cercenado en su libertad de elección, y en sus parámetros de consumo, y esto es así porque la marca registrada cuenta, y mucho.

Es cierto, por otra parte, que las instituciones europeas están inmersas en un proceso de mejora regulatoria –la Normativa Inteligente o Smart Regulation–, que pretende que las disposiciones dictadas desde Europa sean mejores en todos los sentidos: desde la calidad de su redacción a su comprensibilidad y a la mejor ponderación y valoración del impacto que van a tener sobre los sectores afectados. Pero todo ello no servirá de nada si los Estados en la transposición de las normas europeas no se guían por unos parámetros similares y buscan el menor perjuicio posible para las empresas que deban someterse a la regulación. La Ley 39/2015 incluye, por primera vez, unos principios de buena regulación, esperemos que se cumplan.

Por otra parte, la hiperregulación no es sino una evidente manifestación de una tendencia regulatoria expansiva, a la que subyace una mentalidad intervencionista. Pero también es la constatación de un fracaso conceptual: Europa siempre ha sido un ámbito de libertad, un espacio para el desarrollo de los derechos de la personalidad, un lugar para la libertad de empresa; pero estamos en una encrucijada, en un momento decisivo y crucial: la pregunta de hasta dónde se puede regular, sin socavar la libertad o los derechos individuales de la persona, no es casual, intrascendente o impertinente. Resulta necesaria, evidente y obligada. Retos tiene, y muchos, la Unión Europea. También desafíos y amenazas. Sin embargo, a veces, las dificultades y los retos están más dentro de nuestras fronteras que fuera de las mismas.

José Carlos Cano es presidente de Foro Europa Ciudadana.

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