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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una solución contra el agujero concursal

Hay un viejo proverbio que recomienda caerse siete veces para levantarse definitivamente a la octava. Este axioma, popular entre los manuales de autoayuda y gestión de negocios, recuerda algo que debería ser una obviedad: el hecho de que para aprender a nadar hay que chapotear primero e, incluso, a veces, hasta naufragar. Sin embargo, las consecuencias de los naufragios en el ámbito económico no son iguales en tiempo de vacas gordas que en tiempos de escasez. En estos últimos, el deterioro constante del tejido empresarial constituye un profundo agujero negro cuya voracidad se lleva todo por delante, comenzando por el empleo. Fruto de esa realidad, que en España se ha convertido en algo cotidiano, la Ley de Apoyo a los Emprendedores y a su Internacionalización, aprobada ayer en el Congreso de los Diputados, ha incluido una suerte de vacuna antiquiebras cuyo objetivo es evitar que las empresas en dificultades se vean abocadas a declararse en concurso y terminen –casi inexorablemente– en liquidación.

La norma establece que los acuerdos de refinanciación podrán salir adelante con el apoyo de los acreedores que representen el 55% del pasivo de la empresa, en lugar del 75% que se requería hasta el momento. Una importante modificación de la actual legislación que, por medio de la refinanciación de la deuda, facilitará extraordinariamente los intentos de evitar el concurso. El texto da respuesta así a una insistente solicitud que ha sido planteada no solo por las empresas, sino especialmente por los expertos jurídicos que las asesoran en los procesos. A la vista de las escalofriantes estadísticas concursales –que indican que el 95% de las sociedades que se declaran en concurso terminan desapareciendo–, el cambio de esta disposición resultaba tan necesario como urgente.

En realidad, la reforma de la normativa concursal aprobada ayer en el marco de la Ley de Emprendedores es una vuelta de tuerca más sobre la extraordinaria rigidez con la que nuestra legislación ha regulado la homologación judicial de los acuerdos de refinanciación. En las sucesivas reformas introducidas en la Ley Concursal en los últimos años se ha pasado de la obligatoriedad de unanimidad en los acuerdos –lo que permitía bloquear la negociación a una minoría de acreedores, por pequeña que esta fuese– a la exigencia de un apoyo del 75% y, ahora, finalmente, de un 55%. Se trata de una rebaja escalonada que ha logrado finalmente aproximar nuestra regulación a la de otros países –es el caso de las legislaciones anglosajonas– en las que el juego de las mayorías no actúa de forma legalmente perversa en contra de la supervivencia de las empresas.

Más allá de esa disposición, el texto incluye otras novedades en el mismo sentido. Entre ellas, la regulación del denominado acuerdo extrajudicial de pagos, una nueva figura cuyo objetivo es sacar de los juzgados los procesos concursales de las pequeñas empresas y facilitar que estas alcancen acuerdos extrajudiciales con sus acreedores. Se trata sin duda de un verdadero balón de oxígeno para los millares de pymes que gastan en los juzgados unos recursos y un tiempo que no tienen, pero también es una forma de aligerar la enorme cantidad de trabajo que tienen los jueces en esta materia.

El grueso del nuevo marco legal para los emprendedores se ha ido dando a conocer a lo largo de su tramitación y, como no puede ser de otra forma, tiene como principal destinatario a las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad productiva. Disposiciones como la que reduce los plazos y el capital social necesario para crear una empresa, la que cambia el criterio de devengo por el de caja en el IVA o la que declara inembargable la vivienda del empresario en caso de tener que hacer frente a las deudas del negocio constituyen facilidades para quienes, en último término, son el motor de creación de riqueza y de empleo en la economía. No en vano, en España el 99% del tejido empresarial está constituido por pequeñas y medianas empresas. Un capital lo suficientemente importante como para diseñar una legislación a medida que lo incentive y también que lo proteja.

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