Desacuerdo
Más allá de las dudas que despierta el procedimiento seguido, que ha supuesto pasar de una excesiva sacralización del texto constitucional a su reforma con escaso debate en un par de semanas, lo que no dejará de tener un coste, no estoy de acuerdo con la reforma por varios motivos. Tampoco lo estoy con otras medidas anunciadas últimamente.
El primer motivo es que no creo que la recuperación de la credibilidad perdida se pueda hacer introduciendo rígidas limitaciones al déficit en la norma fundamental. La credibilidad se gana con el ejercicio del rigor, no haciendo leyes que obliguen a ser riguroso. Me recuerda al intento del Gobierno argentino de ganar credibilidad con la rigidez del currency board, experiencia que terminó tan mal, frente a la paulatina y firme adquisición de credibilidad por parte de los Gobiernos brasileños de Cardoso y Lula.
Por otra parte, en España el incumplimiento de leyes por parte de la propia Administración no es infrecuente (estamos muy lejos de seguir los buenos consejos de Don Quijote a Sancho cuando le hicieron gobernador de Barataria). Con el agravante en este caso de que en muchas situaciones será discutible si se ha incumplido o no el nuevo precepto constitucional.
Efectivamente, y ese es el segundo motivo de desacuerdo, el concepto de déficit estructural resulta poco operativo. Un ejemplo extremo que refleja con crudeza esa dificultad es lo ocurrido el año 2007, en el que se produjo un superávit del 1,2% del PIB, pero se podría argumentar que realmente había un déficit estructural superior al límite del 0,4% -que parece va a ser el límite que contemplará la prevista ley orgánica- porque los ingresos no recurrentes asociados a la burbuja inmobiliaria que estallaría el año siguiente eran superiores al 2% del PIB. Pero nadie lo hubiera aceptado entonces y no se hubieran tomado mediadas correctoras. Dos años después el deterioro de las cuentas públicas fue de 13 puntos del PIB y se extendió, con más justificación de lo que indicaba el bajo nivel de endeudamiento, la desconfianza sobre las cuentas públicas españolas.
Otros casos menos extremos que el vivido entonces se presentarán sin duda en el futuro y se abrirá una discusión sobre si está o no inculcando la Constitución (lo cual no será ni muy útil ni muy tranquilizador para los mercados) y sobre la intensidad y rapidez con la que hay que actuar, debate no muy distinto del que surgiría sin reforma constitucional. El resultado dependerá de la credibilidad que hayan adquirido los emisores españoles en los mercados internacionales. Y ni siquiera la aberrante implicación de la reforma de que los tenedores de bonos tendrían prelación en caso de suspensión de pagos sobre el resto de receptores del gasto público garantizará por sí sola la credibilidad.
El tercer motivo de desacuerdo es la rigidez que se introduce en la política fiscal. Un 0,4% del PIB supone, con un endeudamiento del 70%, más de 2 puntos del PIB de superávit primario, que está muy bien en momentos de fuerte crecimiento del endeudamiento y de tipos de interés superiores a la tasa de crecimiento nominal de la economía, pero que resulta excesivo en otros escenarios. Esta política fiscal, si se cumple, conducirá a una reducción de la ratio de endeudamiento, lo que hoy contribuiría a reducir la prima de riesgo. Pero una vez conseguido ese objetivo, ¿hasta cuando resulta razonable reducir la ratio de endeudamiento? Obviamente, un endeudamiento nulo, al que se tendería, sería una indeseable aberración.
En este verano también se ha alterado la normativa sobre los contratos temporales acordada hace solo unos meses, facilitando la renovación de los mismos. Lejos de seguir la propuesta del contrato único, se profundiza sobre la desgraciada dualidad de los contratados. Tanta tozudez resulta inexplicable. Se escucha que el Gobierno que salga de las urnas va a impulsar la construcción. Baja productividad, alta temporalidad e hipertrofia de la construcción. Solo falta una deficiente supervisión bancaria y ya tenemos de nuevo el modelo de la década de los 2000 que tan buenos resultados dio.
Tampoco las medidas fiscales son para aplaudir. Adelantar el pago del impuesto de sociedades a unas empresas que están teniendo problemas para financiar su circulante debido a las fuertes restricciones crediticias (y al impago de las Administraciones públicas) no parece muy razonable. Y reducir el IVA en la adquisición de viviendas sin tocar el ITP (cuya normativa, y no solo su gestión, está cedida) tendrá pocas consecuencias. Para estimular el mercado primario de viviendas tiene que revitalizarse también el secundario. Por lo demás, la sequía en ambos mercados está dominada por la falta de crédito.
Carlos Sebastián. Catedrático de Fundamentos del Análisis Económico de la Universidad Complutense