Más allá del debate electoral
Hace unas semanas tuve la oportunidad de publicar en esta misma columna mi opinión sobre la reforma fiscal anunciada por el partido de la oposición, que consistía en eximir del IRPF a todos los ciudadanos con rentas de hasta 16.000 euros. La valoración allí hecha era negativa, por un doble motivo. De un lado, por lo irreal del cálculo de su coste. De otro lado, ya que rebajas tan importantes en la imposición directa podían obligar, en un futuro próximo, a acometer incrementos en la tributación indirecta.
Tras este fin de semana hemos conocido una de las propuestas fiscales del partido que sustenta al Gobierno: la introducción de una deducción lineal de 400 euros para los perceptores de rentas del trabajo y que sería objeto de un pago directo. No nos encontramos, frente a lo que he podido leer en la prensa escrita, ante dos propuestas comparables. La de la oposición constituye una reforma estructural del impuesto y que se mantendría de forma indefinida en el tiempo. Su coste, en caso de que se articulara de forma correcta, ascendería hasta los 25.000 millones de euros. La que ahora examinamos parece coyuntural y tiene un coste mucho más moderado, en concreto, unos 5.000 millones.
Encuentro varias ventajas asociadas a la implantación de esta deducción, presentada como una devolución de impuestos. En primer lugar, constituye un apoyo a las familias, que están empezando a verse castigadas por el alza de los precios de productos básicos y de las hipotecas. Puede contribuir a la recuperación de la confianza y, por ello mismo, del consumo interno. En este sentido, debe recordarse que una institución tan solvente como el Fondo Monetario Internacional (FMI) -y tan partidaria de la disciplina presupuestaria- ha recomendado la introducción de incentivos fiscales para hacer frente a la crisis financiera norteamericana.
Se trata de una medida progresiva, ya que la importancia relativa de la ayuda decrece en la medida en que aumentan las rentas de su perceptor
En segundo lugar, su coste no parece desproporcionado. Y ello es importante en estos momentos, donde las incertidumbres económicas aconsejan la prudencia, ya que es posible que sea necesaria una mayor inversión del Estado en políticas de I+D, que contribuyan al cambio de patrón de crecimiento, y en obra pública, al objeto de apoyar a nuestro sector de la construcción.
En tercer lugar, no distorsiona la estructura del impuesto ya que, tal y como se ha presentado, resulta ser una medida aplicable únicamente en 2008. Por último, se trata de una medida progresiva, ya que la importancia relativa de la ayuda decrece en la medida en que aumentan las rentas de su perceptor.
En el lado negativo, son varias las críticas que se están formulando, obviando ahora su posible carácter electoralista. En primer lugar, al establecerse como una devolución del impuesto pagado, no afecta o no la hace en la misma medida, a aquellos sujetos con una cuota inferior a 400 euros. Sin embargo, dicha deficiencia va implícita en la concepción de la medida, que se establece, insisto, como una devolución del IRPF pagado durante 2007. Por tanto, quien no lo ha pagado o lo pague en menor cuantía de los 400 euros, no se verá beneficiado o se verá por un importe menor.
En segundo lugar, puede criticarse también que la ayuda sólo afecta a los perceptores de rentas del trabajo, pero no a los autónomos, que también están pasando dificultades. Sin embargo, debemos tener presente que el tratamiento de estos colectivos en el IRPF es muy distinto. Los primeros tienen sus rentas absolutamente bajo control y, lo que es peor, un sistema de gastos tasados muy restrictivo. Por el contrario, los pequeños empresarios pueden acogerse, mayoritariamente, al régimen de módulos, cuyos resultados -y esto no es muy popular decirlo- están muy alejados -por lo bajo- de la realidad.
Por último, también puede criticarse el que se haya extendido a todos los trabajadores, sin exigir un umbral de renta. Esto es, la medida tal vez sería más perfecta si tuviera un mayor valor unitario pero sólo se aplicara a los trabajadores que no superen determinado nivel de ingresos. Esta crítica es, sin duda, certera. Pero también es verdad que el establecimiento de umbrales es una decisión convencional, que da lugar a situaciones no siempre justas y a posibles errores de salto.
En resumen, creo que estamos ante una medida que si no fuera por el tiempo electoral en el que nos movemos no sería cuestionada, más bien todo lo contrario. Lo que sucede es que sí estamos ante un escenario electoral.
Jesús Rodríguez Márquez Profesor titular de Derecho Financiero y Tributario