La reforma, la huelga y los sindicalistas
Finalizada la huelga, Carlos Sebastián analiza la conveniencia de reformar el sistema de protección del paro. Concluye, entre otras cosas, en la necesidad de la reforma previa de lnem
Pasada la huelga general quiero insistir en la opinión de un economista sobre la conveniencia de reformar el sistema de protección del paro. Lo hago pasando por alto la escasa disposición a dialogar mostrada por las partes, la pésima gestión del conflicto por parte del Gobierno e, incluso, los detalles de la reforma propuesta.
La conveniencia de la reforma no se debe fundamentalmente a las irregularidades y corruptelas que se producen en el sistema. Las hay, y probablemente más en el PER, pero esos comportamientos están muy arraigados en nuestro país en casi todas las áreas (cometen corruptelas e irregularidades muchos contribuyentes, conductores, empresarios, asalariados, funcionarios, perceptores de subvenciones, pescadores, promotores inmobiliarios, y un largo etcétera). No en balde, en las clasificaciones internacionales sobre el cumplimiento de leyes y contratos y sobre el control de la corrupción, España está a la cola de los países desarrollados.
La conveniencia de la reforma viene determinada por la necesidad de corregir incentivos indeseables en la conducta de los beneficiarios, que alteran significativamente su actitud como buscador de empleo. Incentivos que: a) aparecen en todos los países; b) se han identificado en numerosos estudios como una de las principales causas (junto a la forma de la negociación colectiva) de la persistencia de tasas de paro altas; c) se han corregido en algunos países europeos con medidas del tenor de las propuestas aquí por el Gobierno. Hay que destacar la experiencia de Dinamarca y de Holanda, donde se introdujeron (sin la oposición de los sindicatos) penalizaciones a los beneficiarios de la prestación por desempleo que no aceptasen ofertas (más estrictas que las contenidas en el decreto-ley español). Y los resultados han sido muy positivos.
La mayor diferencia con los países citados, además de la reacción de los sindicatos, es que el sistema público de gestión del empleo es allí mucho más eficiente que nuestro Inem. En parte porque aquí siempre se le ha otorgado una función pasiva, poco estimuladora. En parte, también, porque no se le ha formado y dotado para realizar la función más activa que ahora se le encomienda. La reforma del Inem debería haber sido previa a la del sistema de prestaciones. Un aspecto más para juzgar de precipitada la acción del Gobierno.
En el decreto-ley se incluye la supresión de los salarios de tramitación, que es realmente una reducción del coste de despido y, por tanto, no se justifica por el objetivo de eliminar los incentivos inadecuados de la prestación por desempleo. No existe evidencia de que el coste de despido sea un factor decisivo en la persistencia de altas tasas de paro. Sí que parece afectar negativamente y de forma significativa al empleo de los más jóvenes. æscaron;ltimamente hay evidencia, aún no definitiva, de que la combinación de altos costes de despido y negociación colectiva sectorial (la situación española) afecta negativamente al crecimiento de la productividad, siendo este un problema muy grave a largo plazo. Estos son algunos de los resultados del análisis económico relacionados con las cuestiones que se han debatido (?). Los economistas no tenemos muy buen cartel, quizá justificadamente. Pero hay personas que se pasan el día hablando de economía sin haber tenido la disposición, o la posibilidad, de estudiarla seriamente. Lo que me recuerda la Segunda Ley de Bentley: 'La única cosa más dañina que un economista es un economista amateur'.