El Ayuntamiento de Madrid esquiva la Ley del Suelo de la comunidad
El Ayuntamiento de Madrid ha encontrado el modo de eludir la prohibición de realizar subastas de terreno impuesta por la nueva Ley del Suelo de la comunidad autónoma, una medida con la que la ley pretende evitar que el precio de la vivienda empiece a dispararse desde su materia prima. La Gerencia de Urbanismo se dispone a vender varias parcelas de suelo municipal para la construcción de vivienda libre para alquiler mediante lo que denomina concurso público, pero que es más una subasta encubierta a poco que se analicen los pliegos de condiciones.
Para la adjudicación de cada una de las distintas parcelas, la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid ha establecido seis criterios de valoración, siendo el referido a la oferta económica el que más puntúa. Según se recoge en los pliegos, el 'incremento en el precio de compra de la parcela se valorará de 0 a 25 puntos, asignando la máxima puntuación a la mejor oferta económica y proporcionalmente al resto de las ofertas presentadas'. Cada uno de los cinco criterios restantes establecidos puntúan de 0 a 15 puntos; es decir, 10 puntos menos que la mejora del precio. La máxima puntuación posible es 100, de manera que el concursante que presente la mejor oferta económica sobre el precio tipo tiene garantizados de entrada 25 puntos.
Además, de entre los cinco criterios restantes utilizados, dos de ellos hacen referencia al anteproyecto y programa de diseño, a aspectos urbanísticos, a la memoria de calidades y tecnología de la construcción, siendo lo suficientemente neutros y vagos en su redacción como para poder atribuírselos en principio a cualquiera de las ofertas. Estos dos criterios sumados al de la mejor oferta económica permiten hacerse con la adjudicación de la parcela.
La nueva Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid prohibe las subastas en un intento de atajar los fuertes incrementos de precios que viene experimentando la vivienda. En los últimos cinco años los pisos de nueva construcción subieron en Madrid un 68,8%, según las consultora inmobiliaria Grupo i.
Subvenciones
Estas parcelas municipales que salen a la venta están situadas, entre otros distritos, en los de Moncloa-Aravaca y Arganzuela. La Gerencia de Urbanismo las atribuye un precio en función de las circunstancias urbanísticas, de este precio deduce un 25% como subvención municipal de cuya deducción resulta el precio tipo por el que sale a concurso de venta.
La rebaja del 25% o subvención para fijar el precio tipo de salida a concurso se debe a que la venta de estas parcelas forma parte de un nuevo programa municipal de alquiler protegido. Los adjudicatarios construirán viviendas libres, pero deberán destinarlas a arrendamiento durante un periodo inicial de 10 años. Pasado este periodo, las viviendas se podrán vender o alquilar a precio de mercado.
Llama la atención el tope en el que se fijan los ingresos familiares para optar como inquilino a este programa municipal de alquiler en régimen protegido: 45.677 euros anuales (7.600.013 pesetas). El tope fijado por el Ayuntamiento de Madrid supera ampliamente los límites establecidos en el Plan Nacional de Vivienda.
Mientras que para beneficiarse de las ayudas del Plan Nacional de Vivienda los ingresos deberán ser inferiores a 34.049,4 euros (5,5 veces el salario mínimo interprofesional), el Ayuntamiento de Madrid sitúa el baremo de este programa en el equivalente a 7,3 veces el salario mínimo.