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El caso Popular llega a la Sala para su juicio, más de siete años después de que se iniciara la investigación

El juzgado que ha llevado la instrucción ha elevado el sumario para que se designe el tribunal que juzgará las irregularidades en la ampliación de capital de 2016 y la fecha de la vista oral

Popular
Nuria Morcillo

Siete años y cuatro meses después de que la Audiencia Nacional comenzara a investigar las consecuencias que provocaron la caída del Banco Popular, la Sala de lo Penal ha recibido el procedimiento para poder celebrar el juicio. El juzgado de instrucción que dirige el magistrado José Luis Calama ha elevado a la Sala de lo Penal el sumario del conocido como caso Popular para que designe fecha y tribunal que juzgará al expresidente de la entidad Ángel Ron, a 12 exdirectivos, así como a la firma PwC y a dos auditores por las presuntas irregularidades en la ampliación de capital que tuvo lugar en mayo de 2016, un año antes de que la entidad fuera disuelta.

En una diligencia de ordenación con fecha de este martes, a la que ha tenido acceso CincoDías, la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Central de Instrucción número 4 remite el proceso “a la sección que por turno corresponda de la Ilustrísima Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, órgano competente para el enjuiciamiento y fallo en esta causa”. El trámite se ha realizado una vez que todos los recursos pendientes contra las decisiones del juez José Luis Calama han sido resueltos, tal y como detalla la resolución, y después de que el magistrado instructor acordara la apertura del juicio oral contra los acusados el pasado mes de noviembre tras recibir los distintos escritos de acusación.

El caso Popular, uno de los más complejos que ha tenido la Audiencia Nacional, se inició en octubre de 2017, cuatro meses después de que la entidad fuera resuelta por la Junta Única de Resolución (JUR). Las pesquisas se centraron en dos grandes aristas: por un lado, en la ampliación de capital en mayo de 2016 por el importe de 2.500 millones, junto a las operaciones de financiación llevadas a cabo a través del entramado Thesan Capital en Luxemburgo; y, por otro lado, la posible manipulación del mercado durante los 108 días de mandato de Emilio Saracho mediante filtraciones de noticias para provocar una caída de la cotización del banco. No obstante, el juicio se centrará en la primera línea de investigación.

“Engaño” a los inversores

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, José Luis Calama, concluyó la investigación en abril de 2023, tras cinco años y medio en curso, una vez que ninguna de las partes (ni la Fiscalía Anticorrupción, ni acusaciones particulares, ni investigados) solicitó una nueva prórroga de la causa, si bien el magistrado tardó casi un año más para dar a conocer cuáles de todos los investigados quedaban a un paso de sentarse en el banquillo de los acusados. En marzo de 2024, el instructor propuso juzgar a Ron, 12 exconsejeros, a PwC y a los dos auditores externos que revisaron las cuentas del banco, al entender los accionistas que participaron en la ampliación de capital de 2016 fueron “engañados” porque los estados financieros de ese año y de 2015 “no reflejaban la imagen fiel del balance ni del patrimonio”. Además, impuso unas fianzas totales de más de 2.277 millones de euros a los acusados y responsables civiles para garantizar indemnizaciones a los perjudicados, en caso de que se dicte una sentencia condenatoria. Se trata de una cantidad solicitada por algunas de las acusaciones, pero es provisional ya que algunas de ellas no concretaron una cifra o formularon una “petición desorbitada”.

Por otro lado, el instructor acordó el archivo con respecto a Saracho y a una veintena de exdirectivos del Banco Popular, al entender que no tuvieron ninguna intervención en las vulneraciones de la normativa contable. En relación al último presidente de la entidad, el juez señaló que no se ha podido acreditar que fuera responsable de las “graves filtraciones” a la prensa que aceleraron la fuga de depósitos que sufrió el Banco Popular y provocó la caída del banco. Así, dio carpetazo a la segunda pata que conformaba el caso Popular.

La Fiscalía Anticorrupción solicita seis años y medio de cárcel y multa de cerca de 250.000 euros para el expresidente del Banco Popular Ángel Ron, el exvicepresidente de la entidad Roberto Higuera y el ex miembro del consejo de administración Jorge Oroviogoicoechea por los delitos de falseamiento de cuentas y de información económico-financiera de los ejercicios 2015 y 2016. En cuanto al resto de directivos y los dos auditores, el ministerio público pide cuatro años de prisión para cada uno de ellos.

En el caso de la firma de la big four, la Fiscalía no dirige acusación penal como persona jurídica, y solo le atribuye la responsabilidad civil (al igual que al Banco Santander, como sucesor del negocio del Popular tras adquirirlo por un euro) si bien la auditora irá a juicio porque el resto de acusaciones particulares, excepto la asociación de consumidores OCU, sí le han acusado.

Escritos de defensa

Los acusados han presentado en las últimas semanas sus escritos para defender su inocencia. Ron asegura que, bajo su mandato, el banco cumplió toda la normativa y que nunca le llegó ninguna advertencia de que la ampliación de capital no se estuviera haciendo correctamente o que las cuentas fueran “falsas”. Para sostener su tesis, el que fuera el máximo responsable del banco ha pedido al tribunal que llame a declarar a testigos de máximo nivel, como el exministro de Economía y vicepresidente del Banco Central Europeo, Luis de Guindos, los expresidentes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) Elvira Rodríguez y Sebastián Albella, el consejero delegado de Unicredit y expresidente de UBS Andrea Orcel, o el exgobernador del Banco de España Luis María Linde.

PwC comparte estos argumentos y recuerda que la ampliación de capital se hizo “bajo la supervisión de la CNMV”. Con todo ello, tachó de “confuso” el relato con el que el juez ha justificado la necesidad de llevarla a juicio y le acusa de generar “indefensión”, ya que sus conclusiones ha dado pie a “acusaciones imprecisas y vagas”.

Por último, el Banco Santander señaló en su escrito que es un “contrasentido mayúsculo” tener que ir a juicio sobre todo cuando compensó a los clientes minoristas que perdieron su inversión en acciones, “en ocasiones en hasta más del 100% de su inversión en Banco Popular”, pese a que no tenía “obligación de hacerlo”. A ello añadió que la decisión del juez de darle el estatus procesal de responsable civil subsidiario vulnera la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en mayo de 2022 cerró la puerta a que los inversores en la ampliación de capital reclamaran indemnizaciones a la entidad heredera del Popular.

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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