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Los 60 motivos económicos susceptibles de avalar el traslado de Ferrovial, según los fiscalistas

Centralizar recursos para financiar las actividades o proyectar la imagen de organización unitaria, entre las bazas que puede utilizar el grupo

Soledad Fernández, directora de la Agencia Tributaria.
Soledad Fernández, directora de la Agencia Tributaria.Pablo Monge
Pablo Sempere

El más que previsible traslado de la sede social de Ferrovial a Países Bajos va a ser examinado con lupa por la Agencia Tributaria a fin de confirmar que la mudanza no obedece a motivos tributarios. En caso de que Hacienda estime que el movimiento está enfocado a conseguir un ahorro fiscal, la multinacional que preside Rafael del Pino tendría que tributar a un tipo del 25% –el que se aplica en el impuesto de sociedades– por las grandes plusvalías que afloren en la fusión inversa, enfrentándose a una regularización con un coste “muy elevado”, según explicó ayer el presidente del REAF del Consejo General de Economistas, Agustín Fernández.

En la misma línea se había posicionado un día antes la propia directora de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández, al recordar que el fisco investigará de oficio el traslado para cerciorarse de que los motivos no son de índole fiscal. Este proceso, que Fernández aseguró que entra dentro de la “normalidad” y que se inicia en todos los casos similares, puede tardar entre uno y dos años en hacerse efectivo.

Según explicaron los asesores fiscales durante la presentación del trigésimo cuarto manual para hacer la declaración de la Renta, Ferrovial dispone de una amplia batería legal compuesta por casi 60 motivos económicos válidos que justificarían el cambio de sede. En el listado ofrecido por el REAF se contabilizan varias razones que conforman parte del argumentario utilizado por el grupo de infraestructuras para defender el cambio de sede.

Uno de ellos es centralizar recursos para financiar las actividades de las sociedades participadas que lo requieran y nuevos proyectos empresariales, así como “facilitar el movimiento de fondos de una sociedad a otra permitiendo efectuar posibles futuras inversiones canalizando los dividendos de las dos sociedades existentes hacia la sociedad dedicada al arrendamiento u otras que se pudieren constituir con posterioridad”.

Desde que anunció su marcha, a finales del mes de febrero, Ferrovial ha explicado que, entre otros motivos, necesita estar en mercados de capitales donde haya mayor liquidez y mayor apoyo a las inversiones internacionales para obtenerlas en mejores condiciones de financiación.

Otros motivos son poder proyectar la imagen de organización unitaria, algo que también ha esgrimido la constructora, o crear una estructura válida para, “de creerse oportuno en un futuro”, aplicar el régimen de consolidación fiscal.

La justificación de que el traslado no obedece a razones fiscales es vital para Ferrovial. La empresa, según confirmaron fuentes conocedoras tras la primera reunión que mantuvieron en marzo la empresa y la delegación de grandes contribuyentes de la agencia, tiene intención de acogerse al régimen especial de fusiones, adquisiciones y canjes, un movimiento que permitiría al grupo no tributar por las plusvalías que afloren en la operación.

Sin embargo, para poder hacer uso de este régimen, explican fuentes jurídicas, Ferrovial tendrá que justificar que la operación no se ha hecho por motivos tributarios, sino de negocio. En caso contrario, la agencia podría tumbar esta opción y la empresa podría enfrentarse a pagos millonarios.

En una fusión de este tipo, más si cabe en el caso de un gigante como Ferrovial, suelen surgir beneficios derivados del movimiento de activos, en este caso desde España a Países Bajos. Estas plusvalías que se detectan tienen que tributar a no ser que la empresa en cuestión se acoja al régimen especial. “Si la Agencia Tributaria considera que no se cumplen estos requisitos, estas plusvalías tendrán que tributar al 25%, por lo que serían cantidades muy importantes”, dijo el presidente de los asesores.

A la larga lista de motivos que ofrece el REAF se le unen otras causas como centralizar los costes administrativos y de gestión, estar sujeto a una fusión apalancada, reforzar el balance patrimonial o separar los riesgos inherentes a cada línea de negocio.

La ley también contempla casuísticas de índole familiar, como centralizar la planificación y la toma de decisiones para concentrar en una única sociedad las participaciones titularidad de la familia, así como evitar conflictos entre los hermanos que pudiesen poner en peligro la gestión común de los negocios históricos de las sociedades familiares.

Para otro tipo de casos, además, la normativa abre la puerta a que los motivos sean válidos cuando estén justificados por la “falta de claridad” en relación al marco legal aplicable. En esta línea, por ejemplo, una de las justificaciones previstas consiste en “minimizar el riesgo por el Brexit ante la incertidumbre causada sobre la futura relación entre la Unión Europea y el Reino Unido”.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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