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Aumentan las cotizaciones a la Seguridad Social de los autónomos

Impacto y detalles de la actualización del MEI en las cotizaciones de seguridad social para trabajadores autónomos

En el año 2024, las cotizaciones a la seguridad social de los trabajadores autónomos se incrementarán. Esto se relaciona de manera directa con la previsión de incremento del MEI, que en este año que comienza se incrementará hasta en un 0,7% de cotización. La distribución de este aumento, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, correspondería a un 0,58% a cargo de la empresa y 0,12% a cargo del trabajador. Sin embargo, el trabajador autónomo tendrá que asumir de manera íntegra el 0,7% de aumento.

El MEI, o Mecanismo de Equidad Intergeneracional, comenzó a aplicarse hace justo un año, en enero de 2023. Esta nueva figura vino a sustituir al Factor de Sostenibilidad, actuando como un modelo incremental de las cotizaciones (ingresos). Este modelo se diferencia del anterior en que, en este caso, no se ajusta el importe de las prestaciones en función del incremento de la esperanza de vida. Se prevé que esta figura se mantendrá en vigor, al menos, hasta el año 2050.

Cómo se incrementará el MEI hasta el año 2030

Durante el pasado 2023, el MEI supuso una cotización adicional del 0,60% sobre la base de cotización por contingencias comunes. En el caso de los trabajadores autónomos, este porcentaje se aplicaba de manera íntegra a su cargo; en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, se reparte entre empresa y trabajador.

Como se ha indicado anteriormente, se trata de una figura que se mantendrá activa al menos hasta el año 2050. Sin embargo, el proceso de escalada del porcentaje se realizará hasta el año 2030, momento en el que se mantendrá con un porcentaje estable hasta el año 2050.

El aumento progresivo implicará un crecimiento del 0,10% anual hasta el citado 2030. Es decir, si en el año 2024 será del 0,70%, en el año 2025 será del 0,80%. De esta manera, el porcentaje continuará escalando hasta el 1,2% que alcanzará en el año 2030. Este 1,2% será el que se mantenga estable hasta el año 2050, según podemos leer en el blog Jubilación de Futuro.

En el caso de los autónomos, este 1,2% se tendrá que asumir íntegramente. En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, se repartirá de modo que la empresa asumirá el 1% del aumento y el trabajador el 0,2%.

Otras cuestiones relevantes sobre la subida del MEI

Hay algunas cuestiones importantes a tener en cuenta sobre los importes de cotización del MEI. La primera de estas cuestiones es que no será posible la aplicación de reducciones o bonificaciones de ninguna clase. Esto implicaría que, por ejemplo, cualquier modificación o reducción por contribución empresarial a un plan de pensiones de empleo no repercutiría de ningún modo en el importe de cotización del MEI.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que esta figura se aplicará en todos los casos en los que se cotiza por la jubilación. Es decir, también en el caso de desempleo. Cuando se trata de trabajadores por cuenta ajena, el porcentaje que corresponde a la empresa lo asumiría el Servicio de Empleo Público.

Eso sí, hay que tener en cuenta que los trabajadores no incluidos en la cotización por contingencias de jubilación, por ejemplo, aquellos que se encuentran en activo tras haber alcanzado la edad de acceso a la pensión de jubilación, no aplicarán esta cotización, ya que se considera que ya no cotizan para la jubilación. Obviamente, se tratará de aquellos trabajadores incluidos en las situaciones que contempla la ley para poder ejercer actividad profesional tras la edad de jubilación.

Por qué se aplica el MEI y qué supone para las pensiones futuras

El MEI no va a generar ningún derecho de pensión adicional. Esto se explica porque se aplicará a la base de cotización por contingencia común, pero no se va a utilizar para las prestaciones. El objetivo es la recaudación a través del mecanismo de recursos destinados a la dotación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Este fondo de reserva, y su dotación, se destina a asumir la situación de extra coste que se deriva de los procesos de jubilación de la generación denominada Baby Boom, que se correspondería a las personas nacidas entre el año 1958 y 1978, y que ya han comenzado a jubilarse en 2023 y lo irán haciendo de manera progresiva en los próximos 20 años.

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