Trámites y aspectos a tener en cuenta antes de darte de alta como autónomo
Gestiones para emprender un negocio y ayudas vigentes.
Cuando una persona se decide a emprender su propio negocio, debe darse de alta como autónomo en el RETA para poder ejercer la actividad de manera legal.
Sin embargo, antes de poder empezar con la actividad profesional como tal, se han de realizar una serie de gestiones y trámites que, muchas veces, los emprendedores no saben por dónde hay que empezar. Por ello, vamos a despejar estas dudas y explicar cuáles son los trámites que se han de llevar a cabo para darse de alta como autónomo antes de poder ejercer la actividad.
Primeros trámites para ser autónomo en España
Para formar parte del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA),la persona interesada se ha de afiliar (darse de alta) en la Seguridad Social previamente al comienzo de la prestación de servicios por el trabajador, siempre que sea antes de los 60 días naturales anteriores al previsto para el inicio de la actividad.
Esta gestión, desde el año 2018 se ha de realizar de manera telemática, a través del programa Import@ss. Es sencillo e intuitivo. En el propio programa se especifica qué datos y documentación se necesita para poder comenzar la actividad legalmente.
Además, es importante que el autónomo sepa que se permite causar alta y baja en el RETA hasta tres veces al año. Esta posibilidad está pensada para determinadas actividades estacionales, para que el profesional pueda ahorrarse la cuota en momentos en los que haya menos trabajo.
Además del alta en la Seguridad Social, para poder ejercer una actividad profesional, el autónomo deberá darse de alta en Hacienda. En concreto en el Censo de Empresarios, mediante la presentación de la declaración censal de los modelos 036 y 037.
Esta gestión se realiza en la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que corresponda, en función del territorio o la región donde se ubique el trabajador.
Por último, también es obligatorio darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Están exentos de pagar este impuesto aquellos contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente, cuando su importe neto del negocio sea inferior al millón de euros.
Con todo ello, ya se podría empezar a ejercer la actividad profesional, a no ser que, para ello, sea necesario un centro de trabajo. En este caso, se deberá comunicar la apertura de este nuevo centro (con la licencia correspondiente en caso de ser necesaria) en la sede de la Comunidad Autónoma donde se ubique.
Aspectos a considerar antes de ser autónomo
Asimismo, también es recomendable que el profesional que vaya a darse de alta como autónomo se informe antes de algunos aspectos como, por ejemplo, la tarifa plana.
Esta medida continuará en vigor en 2023 tras los cambios introducidos en el sistema de autónomos y sus cotizaciones. Los nuevos profesionales autónomos que no hubieran estado dados de alta en el RETA durante los 2 años anteriores al inicio de la actividad (o durante los 3 años últimos, si ya se ha disfrutado de la ayuda) pueden acogerse a esta zonificación. Se trata de una reducción de la cuota mensual de manera que los dos primeros años el autónomo pagará 80 euros al mes.
Al igual que la tarifa plana, hay otras ayudas vigentes para fomentar el trabajo autónomo, así como subvenciones ligadas a determinadas actividades, y ayudas para la financiación que pueden ser muy útiles en los inicios.
Incluso hay servicios de asesoramiento y mentoring para el fomento del autoempleo, así como para elaborar los planes de negocio. También existen incubadoras de empresas y aceleradoras que pueden ayudar a que un proyecto vea la luz y, con el tiempo, sea un negocio de éxito.
Por ello, es muy recomendable que el emprendedor se informe de todas estas bonificaciones y subvenciones disponibles antes de comenzar.