_
_
_
_
_
Consejo de Ministros

La Ley de Movilidad hará a las empresas negociar planes de transporte sostenible para empleados

La norma en tramitación da un año y medio para que el sector público y las empresas con centros de trabajo de más de 500 trabajadores dispongan de estos planes

Getty Images
Raquel Pascual Cortés

El anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible aprobada ayer por el Consejo de Ministros y que pasará ahora a ser tramitado en el Parlamento, incluye una modificación del Estatuto de los Trabajadores para establecer “el deber de negociar” en los convenios colectivos medidas para promover la elaboración de planes de transporte sostenible de los empleados al trabajo. Además, dará año y medio para que las empresas con centros de trabajo con más de 500 trabajadores dispongan obligatoriamente de este tipo de planes en dichos centros.

Concretamente, la disposición final tercera de este anteproyecto de ley recoge una nueva redacción del apartado uno del artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores, que regula el contenido de los convenios colectivos, para añadir que en la negociación de estos acuerdos existirá “el deber de negociar medidas para promover la elaboración de planes de movilidad sostenible al trabajo con el alcance y contenido previstos en el artículo 27 de la Ley de Movilidad Sostenible, orientados a buscar soluciones de movilidad que contemplen el impulso del transporte colectivo, la movilidad de cero emisiones, la movilidad activa y la movilidad compartida o colaborativa, de cara a conseguir los objetivos de calidad del aire y reducción de emisiones, así como a evitar la congestión y prevenir los accidentes en los desplazamientos al trabajo”.

Así, las patronales y empresas deberán negociar si así lo plantea la representación legal de los trabajadores este tipo de medidas orientadas a diseñar, ejecutar y seguir planes de transporte sostenible en los sectores y compañías. Si bien, las empresas “solo deberán negociar estos planes si lo pide la representación de los trabajadores, pero la ley no obligará a que se incorporen como contenido mínimo obligatorio en todos los convenios, porque no los incluye en el apartado 3 del artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores” explica Daniel Cifuentes, socio de Laboral de Pérez Llorca.

Este experto laboralista aclara también que el texto del anteproyecto no especifica tampoco con quién deben de negociar las empresas estos planes de tansporte, por lo que en ausencia de representación legal de los trabajadores la compañía no estaría obligada a realizar dicha negociación.

Además, el anteproyecto de ley se establece que “en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor de la ley tanto las entidades pertenecientes al sector público de acuerdo con su régimen jurídico, como las empresas privadas deberán disponer de planes de transporte sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con más de 500 personas trabajadoras o 250 por turno. Asimismo, la norma prevé que tras dos años desde la aprobación de estos planes “las entidades públicas y empresas, deberán elaborar un informe de seguimiento sobre el nivel de implantación de las actuaciones y medidas del plan, que se repetirá cada dos años”.

Y no son estas las únicas obligaciones para empresas y entidades públicas que prevé la futura ley. La propuesta del Ministerio de Transportes también precisa que en los centros de trabajo de más de 1.000 personas trabajadoras situados en municipios o áreas metropolitanas de más de 500.000 habitantes, “las entidades públicas y empresas deberán incluir medidas que permitan reducir la movilidad de las personas trabajadoras en las horas punta y promover el uso de medios de transporte de bajas o nulas emisiones”.

En la elaboración de estos planes se recomienda también evitar desplazamientos innecesarios o a horas punta, para lo que es aconsejable la adopción de horarios flexibles, jornadas continuadas o directamente teletrabajo. En aras de estos futuros planes de transporte sostenible, Cifuentes asegura también que "las empresas cada vez van a tener más complicado negarse a tener lo que ha venido en denominarse como jornadas a la carta".

Costear el abono de transporte público, incentivar el coche compartido y otras medidas

Las medidas sobre el transporte no son ni mucho menos nuevas en los convenios colectivos. Empresas y sindicatos llevan años acordando iniciativas al respecto, si bien ahora se trata de fomentar que dichas medidas fomenten el transporte sostenible de los empleados. No obstante, existe ya un abanico de posibles iniciativas que van desde la más genérica que consistiria en planes de concienciación a los trabajadores a otras más clásicas como la de costear parte o todo el abonto de transporte público al trabajador. En algunos convenios empiezan también a incluirse iniciativas que fomentan el transporte al centro de trabajo en coches compartidos, bonificando parte o todos los automóviles en los que viaje más de un empleado. También se están negociando cambios de vehículos de gasolina o gasoil por otros eléctricos en las flotas de empresa. Otra forma de incentivar el transporte sostenible sería la de considerar tiempo efectivamente trabajado el del transporte de ida o vuelta del trabajo si este se realiza en transporte público o en vehículos no contaminantes como bicicletas o patinetes.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

Más información

Archivado En

_
_