_
_
_
_
_
Editorial
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La gestión de la pandemia no corresponde al poder judicial

La decisión del Gobierno, de nuevo a través de un decreto ley, abre un frente de previsible confusión, inseguridad jurídica y judicialización

CINCO DÍAS

La declaración del estado de alarma en marzo del año pasado y la gestión que llevó a cabo el Gobierno al amparo de ese instrumento generó ya durante la desescalada un debate jurídico sobre las restricciones impuestas a los derechos fundamentales y sobre el modo de articular su cobertura legal. Desde distintos sectores se advirtió del riesgo, no solo en términos civiles y sanitarios, sino también económicos, de una gestión gubernamental abundante en desmentidos, contradicciones e improvisaciones, así como del recurso excesivo a gobernar bajo la fórmula del decreto ley. Poco más de un año después, el decaimiento del estado de alarma, que se hizo efectivo ayer, ha venido acompañado del respaldo a las comunidades autónomas para que puedan adoptar medidas de restricción de derechos fundamentales fuera de ese marco legal, así como del traspaso al poder judicial del deber de controlar la legalidad de las restricciones antes de su implantación.

La decisión del Gobierno, de nuevo a través de un decreto ley, abre un frente de previsible confusión, inseguridad jurídica y judicialización de la gestión de la pandemia, que ha recibido ya críticas desde el propio Tribunal Supremo. Desde el alto tribunal, al que el decreto atribuye la potestad de resolver los recursos contra las resoluciones de los tribunales autonómicos, se ha recordado al Gobierno que la labor de los jueces no es gobernar ni adoptar decisiones administrativas que corresponden a los poderes públicos, sin perjuicio de que posteriormente estas puedan impugnarse ante la justicia. La falta de una legislación sanitaria de gestión de la pandemia, para cuya promulgación el Gobierno ha dispuesto de todo un año y que ha sido aprobada por otros países europeos, explica esta estrategia técnicamente deficiente y legislativamente incierta.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de rechazar la propuesta del Gobierno vasco de extender el toque de queda y decretar el cierre perimetral de la región sienta un primer precedente de lo heterogénea que puede ser a partir de ahora la gestión de la pandemia en España. Delegar en los jueces una función que corresponde a la Administración y que debería contar con una regulación clara y homogénea es un error desde el punto de vista sanitario, agrava la fragmentación del mercado y de las normativas autonómicas, crea el riesgo de instrumentalización política de las medidas de restricción y transmite el mensaje de que el Gobierno sigue gestionando esta crisis sanitaria con precipitación, sin claridad y a golpe de ocurrencia.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Archivado En

_
_