Primera fase: autónomo. Segunda fase: SL
¿Por qué empezar como autónomo y formar una SL con el tiempo?
Cuando un emprendedor tiene en mente lanzar un proyecto se suele plantear la disyuntiva de si darse de alta como autónomo o si formar una sociedad. Está extendida la idea de que, para empezar, lo ideal es comenzar como trabajador autónomo, y, con el tiempo, formar una Sociedad Limitada. Pero, ¿por qué se aconseja que sea así? ¿Qué es lo que marca que sea mejor que haya dos fases?
Primera fase: autónomo
Para empezar, la recomendación para lanzar un negocio como autónomo se basa en la sencillez. Los requisitos para dar de alta como profesional autónomo son prácticamente nulos. Es decir, no es necesario tener un capital inicial, ni se tienen que llevar a cabo una serie de trámites que puedan ralentizar el proceso. Para ser autónomo simplemente se debe entregar la documentación necesaria en la Seguridad Social y, prácticamente en el mismo día es posible que el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) sea efectiva.
Además, los emprendedores pueden acceder a una serie de bonificaciones interesantes, especialmente en los inicios de un negocio. Un ejemplo conocido es la tarifa plana. Aunque el autónomo deberá pagar desde el primer día su correspondiente cuota a la Seguridad Social, durante los doce primeros meses puede optar a esta ayuda en la que la cuantía mensual es de 60 euros. Es decir, queda exento de pagar la parte correspondiente a cese de actividad y formación profesional. Únicamente se cotiza por contingencias comunes y profesionales.
Por tanto, el alta en el RETA para un emprendedor es un trámite sencillo, barato y ágil. Razones principales por las que se recomienda comenzar bajo este modelo.
Características a tener en cuenta siendo autónomo
Esto no significa que el profesional autónomo no tenga obligaciones o demás aspectos a considerar. Para empezar, la responsabilidad del autónomo es ilimitada. Esto significa que, en caso de deudas, el trabajador autónomo responde con su propio patrimonio personal. No hay diferenciación entre empresa y persona, por lo que sus bienes pueden verse comprometidos.
También se debe considerar que, en función del tipo de cotización elegido, se obtienen más o menos prestaciones. Si se opta por la tarifa plana de 60 euros al mes, sería elegir cotizar por la base mínima, que son unos 944,4 euros al mes. La máxima se sitúa en los 4.070,1 euros. A mayor cotización, mayor cuota mensual y también prestaciones más interesantes: bajas laborales, jubilación, etc. Cada trabajador por cuenta propia deberá valorar su situación y escoger el tramo que mejor se adapte.
Los autónomos deberán cumplir con una serie de obligaciones fiscales y pagar sus impuestos de manera periódica. Los más importantes son el IVA y el IRPF. El IVA se liquida trimestralmente, pero el autónomo funciona como un recaudador de Hacienda. Es decir, emite una factura con este tributo, el cliente se la paga, y el autónomo lo declara cada tres meses junto a todas las facturas que haya realizado en el periodo. Sin embargo, el IRPF es la clave para decidir el momento para dar el salto a constituir una SL. Esto se debe a que la cuantía a pagar depende de los ingresos recibidos en un trimestre. De manera que en 2020 los tamos quedaban de la siguiente manera:
- Hasta 12.450 euros se paga el 19%
- Entre 12.450 euros y 20.200 euros, el porcentaje aumenta al 24%.
- Entre los 20.200 euros a 35.200 euros, el 30%.
- De 35.200 euros a 60.000 euros, el 37%
- Más de 60.000 euros, un 45% de los ingresos.
Segunda fase: constitución de una SL
Una vez que el negocio está más o menos asentado puede ser el momento de plantearse formar una SL. Esto requiere una serie de trámites y requisitos, pero que puede compensar en caso de tener unos ingresos superiores a los 20.200 euros. Y es que en una Sociedad Limitada el porcentaje es siempre el 25%. Se trata del impuesto de sociedades y se paga este porcentaje de los beneficios. Es decir, a los ingresos se le restan los gastos y, de ese resultado, se paga el 25%. Además, pata las sociedades de nueva creación, el porcentaje es del % en un primer periodo. Y se está estudiando que después todas las sociedades con una facturación inferior al millón de euros al año tengan un IS del 23%.
Además, al constituir la sociedad, la responsabilidad del empresario es limitada. Es decir, en caso de deuda se responderá con el patrimonio de la empresa, y el del socio no se verá amenazado.
Sí es cierto que los trámites y gestiones son más complejas y conllevan un gasto inicial. Para poder formar una SL se debe aportar un capital inicial mínimo de 3.000 euros.
Por ello, una vez el negocio está más rodado, lo normal es tener una mayor facturación. Es ahí cuando es recomendable pasar a una segunda fase, como SL, para ahorrar en impuestos y tener una responsabilidad limitada, separando negocio de patrimonio personal.