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El Constitucional admite el recurso contra la ley catalana que regula el precio del alquiler

También anula el decreto ley de vivienda aprobado en 2019 por el Govern

Pablo Sempere

El decreto catalán que limita los precios del alquiler en 60 municipios de la región y que prohíbe los desahucios a familias vulnerables está en la cuerda floja. El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite este jueves el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular contra la norma aprobada el pasado mes de septiembre por la Generalitat. El alto tribunal ha acordado dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno, al Parlamento de Cataluña y al Gobierno de la Generalitat para que puedan personarse en el proceso y formulen, en el plazo de 15 días, las alegaciones que consideren oportunas.

El principal motivo para que se haya admitido el recurso del PP, según fuentes del antiguo tribunal de garantías, es que la sala entiende que medidas de tal envergadura como son la limitación "del derecho a la propiedad" deben tener rango de ley, y no de decreto.

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El Constitucional, según estas fuentes, considera que una normativa de estas características, en la que se ven involucrados varios derechos fundamentales como el de la propiedad privada, debe estar respaldada por una ley de rango mayor. A su vez, sugiere que la facultad de los gobiernos para sacar adelante diferentes decretos ley en situaciones de urgencia o necesidad "no puede afectar" a largo plazo a otros derechos, deberes y libertades de la ciudadanía, "en conformidad con lo dispuesto en las leyes", según explican las mismas fuentes.

El TC, de esta forma, se inclina por lo que ya precisaba el Consell de Garanties Estatutàries (CGE) de la propia Generalitat en verano, cuando recordaba que en el marco legislativo actual los propietarios tienen autonomía para fijar las rentas en el mercado libre y que las administraciones regionales o municipales no tienen competencias para imponer índices de precios que sean vinculantes.

El alto tribunal, de esta forma, no entraría a valorar la inconstitucionalidad o no de establecer mecanismos para el control de las rentas, sino que se limitaría a dejar constancia de que, en el actual marco legislativo, estos límites no tienen solidez jurídica y necesitan de un marco legislativo superior para poder operar.

El movimiento del Constitucional llega en plenas negociaciones internas del Gobierno de coalición para sacar adelante la Ley estatal de vivienda, en la que previsiblemente se incluirán medidas que permitan a las Administraciones limitar las rentas en las zonas más tensionadas. El criterio, a priori, se fijará a partir Sistema estatal de índices de referencia del precio del alquiler, presentado en verano por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

El decreto fue presentado en verano por el Sindicat de Llogaters (sindicato de inquilinos), ERC, los Comuns y la CUP, y aprobado dos meses después con el voto favorable de los tres grupos parlamentarios junto a JxCat (salvo cuatro diputados del PDeCat). PSC, Cs y PP se opusieron. En lo relativo al alquiler, la normativa establecía que las rentas no podrían subir respecto al contrato anterior firmado entre propietario e inquilino y que además tendrían que aproximarse a los valores máximos que establece el índice de precios de la Generalitat en cada zona, obligando a las rebajas de los alquileres que excediesen el coste medio en hasta 60 municipios de Cataluña, incluidas las cuatro capitales y el área metropolitana de Barcelona.

Fallo contra el decreto de 2019

Además de admitir a trámite el recurso, el tribunal ha anulado también este jueves el decreto ley de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda impulsado en 2019 por el Govern, que obligaba a grandes tenedores a ofrecer alquiler social a las personas vulnerables que ocupen ilegalmente una vivienda.

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que el Pleno el tribunal de garantías ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad del decreto de vivienda de Cataluña, que fue recurrido por más de 50 diputados del PP en el Congreso, en una sentencia que tiene efecto inmediato.

El principal argumento tiene que ver con una cuestión formal por la insuficiencia del cauce legal empleado, es decir, por haberse aprobado de nuevo por decreto y no por ley. Según las fuentes, el tribunal barajó la posibilidad de aplazar esta sentencia para evitar problemas en plena campaña electoral, que empieza esta medianoche, pero finalmente se acordó su resolución.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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