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Las empresas con participación estatal limitarán sueldo y bonus de sus directivos

La CE detalla las condiciones para que los Estados puedan intervenir en el capital de las compañías golpeadas por la crisis

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen.
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen.
Pablo Sempere

El pasado mes de abril, la Comisión Europea abrió la puerta a una posible 'nacionalización' eventual y temporal de las empresas que sufren contratiempos económicos derivados de la crisis sanitaria. Este lunes, el organismo dirigido por Ursula von der Leyen ha decretado cuáles son las condiciones y en qué terminos los Estados miembros pueden intervenir en el capital de todas sus compañías, tanto las grandes como las pequeñas, así como las cotizadas y no cotizadas. Para ello, podrán emitirse nuevas acciones, aunque también se permiten los bonos convertibles en capital, así como los préstamos participativos.

Con todo, Bruselas avisa: las ayudas de recapitalización, que ya pueden llevarse a cabo, "solo deberán concederse si no se dispone de otra solución adecuada", recoge la Comisión en un documento. Esta fórmula valdrá, por ejemplo, "para evitar dificultades sociales y deficiencias del mercado debido a una pérdida significativa de empleos".

Entre otros puntos, Bruselas solicitará la notificación de las ayudas a empresas que superen el umbral de los 250 millones de euros, a efectos de evaluarlas individualmente. España era partidaria de bajar esa cota lo máximo posible, frente a países como Alemania, que quería subirla a los 500 millones. Además, las empresas que ya estaban "en crisis" el 31 de diciembre de 2019, no podrán recibir ayudas con arreglo al Marco Temporal. Por último, las ayudas se limitarán a permitir la viabilidad de la empresa y no deberán ir más allá del restablecimiento de la estructura de capital del beneficiario previo a la crisis del coronavirus

Riesgos y salida

El Estado que acceda a intervenir en el capital de una empresa en apuros, explica la Comisión, deberá recibir una remuneración suficiente por los riesgos asumidos al conceder estas ayudas. Además, el mecanismo de remuneración deberá incentivar a los beneficiarios y a los propietarios de las empresas a recomprar las acciones adquiridas por el Estado mediante ayudas estatales para garantizar el carácter temporal de la intervención, que debe prolongarse por un periodo máximo de seis años en el caso de que la compañía cotice en Bolsa, plazo que se amplía por un año en el resto de organizaciones.

Así, los beneficiarios y los Estados miembros "deberán desarrollar una estrategia de salida", en particular en lo que se refiere a las grandes empresas que hayan recibido importantes ayudas de recapitalización por parte del Estado. Si seis años después de la concesión a empresas que cotizan en bolsa, o hasta siete años en el caso de otras empresas, la salida del Estado no está clara, deberá notificarse a la Comisión un plan de reestructuración.

Gobernanza

Hasta que el Estado haya salido totalmente, los beneficiarios estarán sujetos a prohibiciones sobre el reparto de dividendos y la recompra de acciones. Además, hasta que al menos el 75% de la recapitalización haya sido rescatada, se aplicará una estricta limitación de la remuneración de los gestores, incluida la prohibición del pago de bonificaciones. Estas condiciones, detalla el documento de Bruselas, también están pensadas para "incentivar a los beneficiarios y sus propietarios a recomprar las acciones propiedad del Estado tan pronto como lo permita la situación económica".

Competencia

Los socios comunitarios vieron con cierto recelo la propuesta de Bruselas, que en un primer momento, sin nada detallado, podía dar pie a alteraciones en el mercado único. Por eso, para que los beneficiarios "no se lucren indebidamente de las ayudas de recapitalización concedidas en detrimento de la competencia leal en el mercado único, no podrán utilizarlas para apoyar las actividades económicas de empresas integradas que estuviesen en crisis económica antes del 31 de diciembre de 2019". Además, añade el texto, hasta que no se rescate "al menos el 75% de la recapitalización", se prohíbe a los beneficiarios distintos de las pequeñas y medianas empresas (pymes), adquirir una participación superior al 10% en competidores u otros operadores en la misma línea de negocio, tanto en la fase anterior como en la posterior de las operaciones de la empresa.

Transparencia

Si las ayudas de recapitalización se conceden a beneficiarios en el marco de regímenes, los Estados miembros tendrán que publicar los detalles sobre la identidad de las empresas que han recibido las ayudas y los correspondientes importes de las mismas en un plazo de tres meses a partir de la recapitalización. Además, los beneficiarios que no sean pymes deberán publicar información sobre el uso de las ayudas recibidas, incluida la forma en que dicho uso apoya las actividades de la empresa en consonancia con las obligaciones nacionales y de la UE relacionadas con la transformación ecológica y digital, detalla el documento.

Deuda subordinada

La modificación aprobada este lunes al Marco Temporal introduce también la posibilidad de que los Estados miembros apoyen a las empresas que se enfrentan a dificultades financieras debido a la pandemia del coronavirus facilitándoles deuda subordinada en condiciones favorables. Es decir, la deuda se subordina a acreedores privilegiados que pueden responder con más rotundidad y rapidez en caso de insolvencia. Además, esta deuda subordinada no puede convertirse en capital mientras la empresa no se haya recuperado.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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