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Ausbanc gana una batalla judicial ‘póstuma’ a Adicae

El Supremo considera que la libertad de expresión ampara las críticas de la organización de Pineda a la asociación de consumidores que preside Pardos

El presidente de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), Luis Pineda, custodiado por agentes de la Policía Nacional.
El presidente de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc), Luis Pineda, custodiado por agentes de la Policía Nacional.Efe

El enfrentamiento judicial que han venido manteniendo la asociación de consumidores Adicae, que preside Manuel Pardos, y la malograda Ausbanc, cuyo responsable, Luis Pineda, está siendo juzgado por una presunta trama de extorsión, acaba de protagonizar un último asalto con una paradójica victoria para esta última organización.

En concreto, el Tribunal Supremo acaba de tumbar una demanda que Adicae presentó contra Ausbanc y el periodista Enrique Carratalá, a los que acusó de atentar contra su honor, al considerar los magistrados que sobre la afrenta debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión.

Los hechos arrancan el 1 de mayo de 2011, cuando el periódico El día de Toledo, publicó un artículo escrito por Carratalá titulado “Adicae vive del sablazo a costa del consumidor”, entrecomillado que no aparecía en un texto que sostenía que la asociación había comenzado a ofrecer servicios de asesoramiento de inversión en su web, lo que la convertía en un “chiringuito financiero”; que había recibido subvenciones ilegalmente al no haber devuelto las que cobró indebidamente por representar a afectados de Fórum Filatélico y Afinsa; o que debía 1,2 millones de euros.

Tras remitir una carta al director, Adicae logró que 15 días después el periódico publicara una rectificación en la que admitía que el artículo contenía “afirmaciones que, una vez contrastadas, son erróneas o pueden dar lugar a confusión”.

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Dos días después, sin embargo, Ausbanc publicó en su web MercadoDinero.es una referencia al artículo, del que se mostraba una captura de imagen, y a cuya edición digital se facilitaba acceso.

Adicae, que asevera que tiempo después la organización de Pineda remitió además el texto en formato PDF a “un número indeterminado de destinatarios”, se dirigió a MercadoDinero.es para exigir la retirada del artículo, lo que reiteró por burofax ante la falta de respuesta.

El responsable de esta publicación contestó entonces que no atendería su petición porque consideraba el artículo de interés para garantizar “el derecho a la información de los consumidores”.

Finalmente, Adicae optó por demandar a Ausbanc y al autor del artículo original por vulnerar su derecho al honor en octubre de 2012. La demanda recayó en el Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid, que aceptó sus peticiones de condenar a los demandados a eliminar el contenido de la página de MercadoDinero, costear la publicación del fallo en El día de Toledo, y abonar a la asociación 30.000 euros de forma solidaria.

El fallo establecía que el artículo “no se trataba de una información veraz en cuanto contrastada con la debida diligencia”, por lo que no podían prevalecer sobre el derecho al honor los de libertad de expresión e información.

La sentencia fue recurrida por Carratalá ante la Audiencia Provincial de Madrid, que en 2017 falló en contra de Adicae al entender que en artículo original “los elementos valorativos tenían carácter preponderante sobre los informativos”, por lo que no era la libertad de información, sino la libertad de expresión, lo que había que enfrentar con el derecho al honor del demandante, en cuyo caso debía primar esa libertad.

Adicae acudió entonces al Supremo que acaba de emitir sentencia validando los argumentos de la Audiencia Provincial de Madrid, al asumir que el artículo y la difusión realizada por Ausbanc, “más que la difusión” de información lo que buscaban era “exteriorizar una opinión crítica acerca de la actuación de Adicae”.

Los magistrados del alto tribunal destacan además que ambas asociaciones ya venían protagonizando una serie de “contiendas judiciales” por “hechos semejantes”. En concreto, detalla que también Ausbanc demandó a Adicae por tildar su organización de “chiringuito financiero”. Una demanda que también acabó en el Supremo que, en 2009, falló a favor de Adicae al considerar que “el grado de afectación al honor de la demandante”, que además es una persona jurídica pública, “es débil frente a la superior protección que merece la libertad de expresión”.

Replicando los mismos argumentos que dio cuando falló contra Ausbanc, el Supremo falla ahora contra Adicae al entender que el cruce de acusaciones hay que enmarcarlo “en el contexto de enfrentamiento existente”, que incluye “declaraciones y polémicas anteriores, entre asociaciones competidoras”.

Así, 10 años después de que Adicae saliera airosa de llamar “chiringuito financiero” a Ausbanc, la firma que dirigía Pineda ha logrado exactamente lo mismo arrojando un último “sablazo” póstumo a la organización de Pardos.

En todo caso, será la justicia la que tenga la última palabra a la hora de calificar a Ausbanc, pues su responsable tiene pendientes juicios por estafa, extorsión, amenazas, fraude en subvenciones y administración desleal de la que en teoría era una asociación de defensa de los consumidores.

Por su parte, Carratalá asegura a este diario que la victoria judicial le corresponde a él puesto que Ausbanc no se personó ante el Supremo. Admitiendo que estuvo ligado la organización de Pineda, Carratalá critica abiertamente que Ausbanc nunca cumpliera su promesa de correr con los gastos del juicio.

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