Telefónica ofrece el 68% del salario en su plan de bajas voluntarias
La teleco plantea subidas salariales del 1,5% anual en 2019, 2020 y 2021
Telefónica ha presentado hoy a los sindicatos las líneas básicas de su plan de bajas voluntarias para sus filiales españolas así como una nueva oferta para el nuevo convenio colectivo. En gran medida coinciden con las establecidas en el anterior PSI, aprobado en 2015.
La operadora garantiza la percepción de una renta mensual equivalente al 68% del salario regulador acreditado en el momento de la suspensión hasta que cumpla 65 años. Además, la empresa realizará las aportaciones obligatorias del Promotor al Plan de Pensiones.
Con respecto a la asistencia sanitaria, los empleados tendrán derecho a la póliza básica de asistencia sanitaria complementaria de ANTARES.
El plan será universal y voluntario al 100%, con vigencia desde la firma del nuevo convenio hasta el 31 de diciembre de 2019.
Entre los requisitos destaca una antigüedad del empleado reconocida igual o superior a 15 años en el momento de la baja, con 53 años o más cumplidos durante 2019
El plazo de adscripción estará abierto hasta el 31 de octubre de 2019.
Además, Telefónica ha hecho una nueva oferta para el conjunto de convenio colectivo. Así, para 2019, la teleco ofrece un incremento de la masa salarial teórica global del 1,5% que tendría carácter consolidable, en 2020 otro incremento de la masa salarial teórica global del 1,5% que también tendría carácter consolidable y para 2021 otro aumento de la masa salarial teórica global del 1,5% que tendría carácter consolidable.
La empresa ofrece garantía de Empleo y de no movilidad geográfica con una vigencia desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021, con posibilidad de prórroga de un año.
Además, se incorpora la promoción de la deslocalización de actividades y la recuperación de actividades de mayor valor para asegurar la empleabilidad en las provincias en los casos que sea posible.
En relación a los criterios de obligatorio cumplimiento, se incorpora junto con la igualdad de oportunidades y la diversidad como principios rectores de la gestión de recursos humanos, el respeto y la promoción de la igualdad efectiva de las personas trabajadoras del colectivo LGTBI.
Otra novedad es el establecimiento de la jubilación forzosa de los empleados de las tres jurídicas incluidas en el ámbito del convenio, en la medida que se cumplan los requisitos exigidos en la Ley General de Seguridad Social para acceder a la jubilación ordinaria. Dicha medida prentenden ligarla al número de empleados jóvenes menores de 35 años que se incorporen dentro de un compromiso de creación de empleo. Dicho número estaría ligado al número de empleados que accedan a la jubilación por este mecanismo.