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Crear una empresa en España siendo extranjero. ¿Es factible? ¿Cómo logarlo?

Requisitos, trámites y documentación para extranjeros en España.

¿Eres extranjero y quieres emprender en España? ¿Tienes un proyecto innovador y quieres crear un negocio en España pero eres de otro país? ¿Los extranjeros pueden abrir una empresa en nuestro país? La respuesta es sí. Los convenios vigentes entre los países miembros de la UE y los territorios incluidos en el Espacio Económico Europeo, establecen que cualquier ciudadano de la UE tiene derecho a crear una empresa propia (incluso como titular único). También está permitido crear una sucursal de una empresa ya constituida, con domicilio social y registrada en la UE. Eso sí, deberá cumplir con una serie de requisitos, tener determinados aspectos en cuenta y realizar los trámites necesarios para poder operar legalmente.

Requisitos para que un extranjero emprenda en España

Un extranjero que quiera crear su negocio en España deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Diferencias entre extranjeros pertenecientes a la Unión Europea y los que no

A la hora de montar una empresa en nuestro país, también es importante diferenciar entre los ciudadanos europeos y los que no. En este sentido, además de los integrantes de la UE, se consideran comunitarios a los que pertenecen a Espacio Económico Europeo y a Suiza, Islandia, Noruega o Liechtenstein. Todos ellos pueden trabajar sin más requisitos que los anteriores. Sin embargo, si va a ser por un periodo superior a tres meses, también es preciso inscribirse en el Registro Central de Extranjero en la Oficina de Extranjería o en una Comisaría de Policía.

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Por su parte, los extranjeros no comunitarios deben solicitar un visado de emprendedor, además de una autorización de residencia para emprendedores, previo pago de las tasas que le corresponden.

Pasos para crear una empresa en España siendo de otro país

En caso de cumplir con los requisitos exigidos, es momento de poner en marcha el proyecto. Para ello, deberá presentar los siguientes documentos traducidos al español en la Oficina Consular correspondiente, y realizar los siguientes trámites.

  1. Modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 autorización inicial de residencia temporal.
  2. Modelo 790 Código 062, epígrafe 1.5 “autorizaciones de trabajo por cuenta propia.

Además de todo lo anterior, se deberá presentar la documentación que demuestre que se cumple con los requisitos solicitados: certificado médico, nulidad de antecedentes penales, justificación de capacidad de inversión, etc.

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La autorización inicial que se concede es de un año. Si la empresa no funciona, o el emprendedor decide no continuar con la actividad pero quiere trabajar como asalariado, se debe solicitar una autorización distinta, ya que no es la misma por cuenta propia que ajena. Sin embargo, si el emprendedor decide continuar con la actividad, se podrá renovar la solicitud para dos años más, según aseguran en el bufete experto en extranjería, JD Immigration. Pasados esos dos años, se puede renovar de nuevo otros dos, Y ya, una vez pasados cuatro años, tendrá carácter permanente.

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