Los hijos en la declaración de la renta
Las familias pueden beneficiarse de las deducciones por maternidad y guardería
Las familias con hijos disfrutan de ciertos beneficios en la declaración de la renta, para cubrir los costes que estos generan. Desde mínimos familiares exentos hasta las deducciones por maternidad o guardería. Vamos a repasarlos en este artículo.
En la base liquidable del IRPF, existe un mínimo personal y familiar que está exento de tributación, dado que se considera que está destinado a cubrir necesidades básicas del contribuyente. Este es, con carácter general, de 5.550 euros. Y, si la persona tiene descendientes o ascendientes a su cargo, se le suman otras cantidades, que amplían la parte exenta.
Así, en el caso de los hijos, menores de 25 años (o de cualquier edad si tiene una discapacidad del 33% o mayor) que no tengan rentas superiores a 8.000 euros anuales, entre otros requisitos, se suma 2.400 euros de mínimo por descendiente por el primer hijo (se eleva a 2.800 si tiene menos de 3 años), 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 por cada uno de los siguientes.
Por otra parte, en la declaración de 2018, se incluye la deducción de maternidad de hasta 1.200 euros en la cuota diferencial del IRPF que se aplica, con carácter general, a las madres con hijos de hasta tres años y trabajan (por cuenta propia o ajena). Y la cuota diferencial puede reducirse en otros 1.000 euros anuales por cada hijo (menor de 3 años) cuando el contribuyente que tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendientes haya pagado durante el periodo impositivo gastos de guardería.
Se pueden deducir los gastos de preinscripción y matrícula, y los costes de asistencia al niño en horario habitual o ampliado, así como la alimentación del menor, pero no se incluyen en este beneficio los pagos por medios de cheques o tarjeta guardería, ni las cantidades que pagan las empresas a los padres por este concepto. Esta deducción se puede solicitar desde el comienzo de la campaña de la Renta 2018 (desde el día 2 de abril hasta el 1 de julio de 2019).
Por otra parte, hay que recordar que las familias numerosas de categoría general con tres hijos (la deducción aumenta con más hijos), las familias monoparentales con dos hijos (si no recibe pensión del otro progenitor) y las familias que tienen hijos con discapacidad se pueden deducir hasta 1.200 euros anuales en la declaración (o cobrarlos de forma anticipada mensualmente).
Cabe recordar también que, cuando la unidad familiar está formada por uno de los progenitores y los hijos que convivan con él o ella, pueden realizar la declaración conjunta, en determinados casos, como explicábamos en este post.
Y, para terminar, como ya explicamos en otro artículo en este blog, las anualidades por alimentos a los hijos, tributan de manera diferente en función de si se prestan por decisión judicial o no.