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Propiedad intelectual
Tribuna
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Marcas de la UE y diseños comunitarios, pendientes del Brexit

La manera en que las empresas españolas van a poder proteger sus derechos de propiedad industrial va a cambiar radicalmente

Reuters

Con nuevos giros cada semana, algunos de ellos dramáticos, como el sacrificio que Theresa May, la premier británica, ha puesto sobre la mesa al objeto de lograr salvar el acuerdo de salida que ha negociado con Bruselas, el abandono efectivo de la Unión Europea por parte del Reino Unido continúa rodeado de una gran incertidumbre.

A día de hoy, lo único que está más o menos claro es que, tarde o temprano, el Reino Unido dejará de formar parte de la Unión Europea, ya sea de forma abrupta, ya sea de forma acordada. Opciones como la anulación de un Brexit votado por la mayoría de los británicos o la repetición del referéndum son ahora mismo escenarios improbables, si bien no se puede descartar nada, dada la incapacidad del Parlamento británico para acordar prácticamente nada, tal y como se vio este pasado miércoles, cuando se escenificó una vez más la situación de bloqueo en la que se encuentra el país.

Dicha salida de la Unión Europea por parte de un estado miembro, conllevará lógicamente una serie de cambios legislativos, por cuanto la legislación comunitaria comúnmente acordada por los estados miembros dejará de ser aplicable en el Reino Unido el día que se produzca finalmente el Brexit. Entre otras muchas cosas, la manera en que las empresas españolas van a poder proteger algunos de sus derechos de Propiedad Industrial en el Reino Unido va a cambiar radicalmente.

Cabe aclarar en primer lugar que no va a producirse ningún cambio en relación con las patentes. Ello se debe a que las patentes europeas están reguladas en un tratado internacional, el Convenio de la Patente Europea, que han suscrito todos los estados miembros de la UE además de otros países no pertenecientes a la Unión, tales como Suiza, Noruega o Turquía, por ejemplo. Así pues, el hecho de que el Reino Unido abandone la UE no tendrá consecuencias en este sentido, por no tratarse dicho tratado de legislación comunitaria.

Otra cosa muy distinta son las marcas de la Unión Europea y los diseños comunitarios, que sí se van a ver afectados por el Brexit, puesto que los Reglamentos que los regulan son en cambio legislación comunitaria.

Todas aquellas empresas que ya tienen registrada una marca de la Unión Europea o un diseño comunitario concedido deben estar tranquilos, porque el gobierno británico se ha comprometido a respetar dichos registros vigentes, mediante la creación automática de marcas y diseños nacionales británicos idénticas a los comunitarios. La Oficina de Propiedad Industrial del Reino Unido (UKIPO) tiene incluso previsto ya cómo hacerlo, hasta el punto de tener ideada incluso la numeración de los expedientes.

Las empresas titulares de solicitudes de marcas en la Unión Europea o de diseños comunitarios en trámite, sí deben estar vigilantes. En el momento en que se produzca oficialmente el Brexit -cuando sea que ello suceda, puede que, dentro de unos días, puede que dentro de un par de años incluso- todo expediente que todavía no se haya concedido, deberá ser solicitado nuevamente como marca o diseño nacional británico ante la UKIPO, para que ésta respete la fecha de presentación o prioridad de la solicitud original europea.

Para lo anterior se ha previsto otorgar a los solicitantes un plazo de nueve meses, durante los cuales será posible hacerlo; pero una vez transcurrido dicho plazo, de no haberse presentado nuevamente la solicitud idéntica en Reino Unido, el solicitante perderá la expectativa de derecho que constituía su solicitud europea en dicho país.

Así pues, una vez se produzca el Brexit, las empresas deberán proteger sus marcas y sus diseños en el Reino Unido presentando solicitudes nacionales ante la UKIPO. La legislación británica en materia de marcas y diseños es, a día de hoy, en cierto modo similar, por así decirlo, a la del resto de países comunitarios, dada la armonización que se ha llevado a cabo durante las últimas décadas de todas las regulaciones europeas.

No obstante, es de esperar que, una vez se produzca el Brexit, con el paso de los años, la legislación y práctica británicas en materia de marcas y diseños se vaya alejando de la europea, pues se trata de una jurisdicción que será entonces independiente, y que irá recorriendo su propio camino en función de los intereses nacionales. Pero esto ya será otra historia.

Carlos Pires es socio de Balder IP.

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