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A Fondo
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Renovables al servicio del Estado de justicia

Conviene más distribuir recursos naturales, como el sol, en lugar de rentas, más inseguras

La Comisión Europea presentó a principios de mes el primer borrador de la nueva Directiva de Renovables, que persigue que el 32% de la energía de la UE proceda de fuentes renovables en 2030. Desgraciadamente, el Gobierno, entretenido como está en otros asuntos, sigue sin revertir los reales decretos 413/2014 y 900/2015 del ministro Soria. El primero establecía el concepto de rentabilidad razonable para las renovables, definida como la del bono a 10 años más 300 puntos básicos; y, el segundo instauraba el impuesto al sol. Todo ello ha terminado por arruinar a un montón de inversores, y por condenar al bono social eléctrico a millones de consumidores vulnerables severos. Ser receptor del bono eléctrico, en lugar de una ayuda adicional del Estado de bienestar, se ha convertido en un estigma social para aquellos ciudadanos españoles más desatendidos.

Por eso, quizás valga la pena ampliar el horizonte de reflexión sobre las renovables y sobre las sinergias entre la transición energética que propone la UE y la migración conceptual desde el Estado de bienes­tar al Estado de justicia. Entre otras razones, porque el Estado de bienestar confunde la protección de derechos básicos, que es propia del Estado de justicia, con la satisfacción de deseos ilimitados, expresados bajo el lema utilitarista del mayor bienestar para el mayor número. El meollo de la cuestión reside en que la justicia es un ideal de la razón, mientras que el bienestar lo es de la imaginación (Kant) y está asociado a un derecho psicológico de felicidad. Por eso, el bienestar ha de procurárselo cada cual y depende del nivel de renta de cada cual o de cada Estado, mientras que la satisfacción de derechos básicos tiene un aroma kantiano que obliga a la justicia (Cortina, 2010) y, por esta razón, no puede ser función del nivel de renta. De ahí que confundir justicia con felicidad induzca a dar por justas las manifestaciones de los pensionistas que, hace unos meses, reclamaban mejorar unas pensiones obscenamente reducidas, sin reparar en que las bases de cotización sobre las que se calculan son asimismo minúsculas.

Las exigencias irrenunciables de justicia no pueden quedar en manos privadas: reclaman una forma de Estado (de justicia) que establezca unas relaciones renovadas con la sociedad civil, satisfaga las obligaciones inherentes a la noción de ciudadanía social –derechos básicos de primera y segunda generación–, y fortalezca el autorrespeto de los ciudadanos al proporcionarles un estatus en lugar de un estigma social que resulta más de una privación real de oportunidades que de desigualdades privativas.

Todo esto no tiene por qué conducir necesariamente al igualitarismo, pero es primordial que las condiciones iniciales de la vida de los ciudadanos no sean el resultado de factores que escapan a su control, debido a las dotaciones materiales y culturales que se reciban en cada familia, y a la mala fortuna de sufrir accidentes inesperados en la vida. A pesar de que, en general, los Estados occidentales han aplicado políticas redistributivas muy potentes, el bienestar material ha crecido a la par con las desigualdades. Esto invita a poner el acento en las políticas pre-distributivas que privilegian las ideas de igualación, proporcionalidad y compensación.

Un primer enfoque pre-distributivo se centra en hacer efectivos los derechos ciudadanos, darles poder y suprimir barreras de acceso a los bienes sociales primarios (Rawls) y a los recursos (Dworkin) para que satisfagan sus necesidades básicas (Streeten et al.), y puedan defender sus derechos humanos (Pogge) y aprovisionarse de aquellas capacidades que les permitan desarrollar funcionamientos para llevar una vida que tengan buenas razones para valorar (Sen, Nussbaum).

Un segundo enfoque pre-distributivo se centra en las dotaciones originales de recursos (riqueza), al acceso a su propiedad, y a la noción de democracia de propietarios que Rawls (1971) entiende como una estructura institucional donde se aplican políticas orientadas a: (i) dispersar el capital y la riqueza entre ciudadanos; (ii) bloquear la transferencia, mediante herencia u otros medios, de las ventajas económicas y sociales entre generaciones, para que una parte reducida de la sociedad no controle la economía; y, (iii) evitar que la política democrática sea parasitada por el poder de las grandes corporaciones y conglomerados financieros.

Rawls prefiere las políticas pre-distributivas porque desconfía de la capacidad de las economías capitalistas, y de sus políticas redistributivas, para atajar las desigualdades. Además, si somos capaces de garantizar el valor equitativo de la igual libertad para todos los ciudadanos estaremos contribuyendo a que el ciudadano no pierda progresivamente la riqueza económica ni vea deteriorarse su estatus social, y, con él, la consiguiente dominación social. Una democracia de propietarios distribuiría desde el origen los recursos nacionales, y cualquier ciudadano contaría ab initio, y debido a su condición, con una cuota-parte de la riqueza, recursos o patrimonio nacionales.

Este tipo de pre-distribución difiere de la Renta Básica Universal mediante la cual el Estado garantiza un ingreso recurrente al ciudadano. Además de tener dudosa viabilidad financiera, pues todo dependería de la solvencia financiera del Estado, nos parece injusta – y similar a la infausta poll tax que intentó aplicar, sin éxito, Margaret Thatcher–, porque asignaría una cuantía a prorrata, sin modularla por el nivel de renta o patrimonio del beneficiario. No olvidemos que no hay peor desigualdad que la igualdad entre desiguales. Aquellos países que han aplicado políticas pre-distributivas de rentas han barajado un capital inicial en torno a 80.000 euros, pero sus resultados no son concluyentes. En Alaska, por ejemplo, los recursos petrolíferos no son renovables, mientras que las ganancias del fondo soberano noruego no excluyen las pérdidas. Nuestra propuesta se centra en distribuir recursos naturales, y no rentas, porque estas son siempre inseguras y sujetas a restricciones presupuestarias.

Para España, la propuesta más obvia consistiría en explotar el sol mediante, por ejemplo, la instalación de paneles solares. Ello ayudaría a reducir las emisiones de CO2 y a cumplir los compromisos de Kioto. Además, al ser la energía solar un bien no-rival y no-excluible, obtendríamos rendimientos crecientes con su uso, pues cuantas más personas lo explotasen, mayores serían las ganancias. Eludiríamos así la ley de hierro de los rendimientos decrecientes, y ello nos ayudaría a crecer sin restricciones en este tipo de capital. Otra posibilidad consistiría en que el Estado subvencionase la compra de robots, u otros artilugios de inteligencia artificial, en montantes establecidos según el nivel de ingresos del ciudadano, que sería quien se apropiaría de los incrementos de productividad resultantes. Esto es particularmente pertinente para los trabajadores de bajos salarios, que son quienes están más desprotegidos ante estos cambios tecnológicos, y por esa razón, más temen la robotización, la inteligencia artificial y la globalización.

El ahorro resultante del menor gasto energético y/o de la apropiación de la productividad de los robots aumentaría la renta disponible del ciudadano y le ayudaría a alcanzar un umbral mínimo de justicia que le permitiría elegir, por sus propios medios y recursos, su proyecto de vida personal. Más allá de estas ideas generales, la plasmación práctica y el diseño concreto quedarían reservados a los expertos y políticos, a los que les deberíamos desear el mayor de los aciertos.

Manuel Sanchis I Marco es Profesor de Economía Aplicada de la Universdad de Valencia, Visiting Researcher en el Canada Blanch Centre de la London School of Economics, y miembro de la Junta Directiva de Sociedad Civil Valenciana

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