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A Fondo
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Reino Unido tiene todas las cartas en la mano

La sentencia que reconoce la opción de revocar unilateralmente el Brexit sienta un duro precedente

Ciudadanos en contra del Brexit se manifestaron ayer ante el Parlamento, en Londres.
Ciudadanos en contra del Brexit se manifestaron ayer ante el Parlamento, en Londres.REUTERS

Varapalo. Inequívocamente, tanto para la Comisión Europea como para una obcecada premier británica. Cartas boca arriba. Siempre lo han estado, pero no se han querido ver. La interpretación jurídica del Tribunal de Justicia de la Unión sienta un claro pero durísimo precedente. Hay marcha atrás. Incluso una fecha donde una declaración de voluntad unilateral puede paralizar la salida del primer socio de la Unión Europea. Todo es ignoto. Impensable. Como la rapidez de este fallo judicial. Pero este, un auténtico dilema jurídico, puede causar un terremoto político considerable. Reino Unido puede dar marcha atrás. Tiene una oportunidad hasta la medianoche del 29 de marzo próximo. Pero la pregunta que, además, deberíamos hacernos es: ¿acaso no puede la Unión, en realidad los 27, forzar definitivamente la salida de quien no quiere estar en el barco común? O es que, por la interpretación ahora del tribunal, que está buscando la ratio y el sentido común jurídico a algo que nunca se había dado, ¿puede forzar a que el club de los 27 acepte la permanencia de quien votó no estar en él?

Estos días el Parlamento británico debe votar si acepta o no el acuerdo de salida “negociado” entre unos y otros. La incertidumbre y la indefinición, amén del cainismo y cambalache político en clave interna británica es total. En medio ya no solo está la credibilidad y la continuidad de Theresa May, sino del propio sistema político británico y su divorcio con una gran parte del electorado y los ciudadanos.

Nunca una cuestión prejudicial ha sido tan clave ni tan certera y oportuna en su momento político. Los jueces europeos interpretan el contrato, y aunque no lo llamen así, no cabe entenderlo de otro modo, en el que la parte que pidió la resolución pueda retractarse o desistir, por lo que interpretan que es solo Reino Unido quien tiene esa potestad de echarse atrás y revocar la efectiva salida de la Unión Europea, incluso más allá del acuerdo de salida alcanzado pero aún no refrendado por el Gobierno. Pero cuidado, esta revocación o renuncia unilateral a la salida tiene un plazo preclusivo, amén de un elemento esencial, a saber, siempre que no haya entrado en vigor el acuerdo de salida entre el Estado y la Unión Europea. Hemos de tener en cuenta que, así lo dice también la sentencia, es el punto de no retorno, el de la eficacia del acuerdo. Y en estos momentos, Londres tiene la sartén y su propio destino dentro o fuera de la Unión en su mano. Por lo pronto, May ha suspendido la sesión del Parlamento para la próxima semana. La tensión es máxima. Si Reino Unido revoca su decisión, y solo él puede hacerlo, ha de exteriorizarlo de un modo inequívoco en declaración de voluntad recepticia.

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Esto da un giro a la exégesis aparentemente clara, y nada en derecho es aparentemente claro, sino interpretable, del artículo 50 del TFUE. Este artículo se activó el 29 de marzo de 2017 aprovechando al máximo los plazos y generando un colchón de 24 meses donde el tira y afloja con Bruselas, pero también con los partidos de la oposición, ha sido visceral.

En la balanza interpretativa de los jueces europeos prima, ante todo, preservar la Unión. Favorecer esta, no la separación ni salida de ningún miembro. Y para ello, entre las armas jurídicas cuestionan precisamente la unanimidad del resto de miembros de la Unión a la hora de aprobar definitivamente la salida de un socio. Eso sí, socio que ha decidido no estar, ni querer estar y que siempre ha sido reticente a estar. No sé hasta qué punto aludir en la sentencia a los objetivos del Tratado y de la Unión cuando alguien ha manifestado su voluntad de querer apartarse del proyecto común, debe o no primar y sobredimensionarse. Hay mucho voluntarismo en los jueces, sin duda, pero es una interpretación. Los tratados contienen su desiderátum en esa cohesión y creación de un vínculo cada vez más estrecho, pero por encima de los tratados están los sujetos, los países que evidencian su deseo de ruptura de ese marco de unión y su ansia de salir de ese espacio común.

¿Debe el tratado primar por encima de la voluntad de los Gobiernos de los Estados que en referéndum han aprobado la salida de la Unión Europea? Este es el dilema, esta vez político y metajurídico que los jueces acaban de introducir en un debate cada vez más aciago, espinoso y que levantará aún más una polvareda y polémica tremenda en Londres donde se enconan los dos extremos, los de aquellos que ahora sí quieren un Brexit más duro y una ruptura traumática y los que quieren una vuelta atrás pero con un sempiterno estatus de pseudoprivilegio como al fin y al cabo han estado los británicos desde que en 1973 entraron en la Comunidad Económica Europea.

Tanto Bruselas como la premier británica han vendido y proclamado a los cuatro vientos que el acuerdo de salida alcanzado no solo era el mejor de los posibles, sino el único. Lo cual dista mucho de ser realidad. Pero, sin duda, sí puede, vistas las circunstancias, ser o estar entre los más pragmáticos posibles.

May sabe que, de aprobar el acuerdo, tendrá un amplio colchón de 21 meses transitorios para ir graduando la salida, pero donde se les seguirá aplicando la normativa comunitaria con todo su acervo jurídico pero también que la unión aduanera, punto clave en toda negociación, amén de las fronteras por el tema irlandés, es indefinida. Todo queda en el aire, pero en un aire que hoy más que nunca está del lado de la isla.

Abel Veiga es Profesor de Derecho Mercantil en la Universidad Comillas

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